{"id":59951,"date":"2024-03-21T21:45:39","date_gmt":"2024-03-21T12:45:39","guid":{"rendered":"https:\/\/monolith.law\/es\/?p=59951"},"modified":"2024-04-10T17:19:42","modified_gmt":"2024-04-10T08:19:42","slug":"mail-privacy-law","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/monolith.law\/es\/internet\/mail-privacy-law","title":{"rendered":"\u00bfEs una violaci\u00f3n de la privacidad enviar la informaci\u00f3n personal de otra persona por correo electr\u00f3nico?"},"content":{"rendered":"\n<p>Es muy probable que publicar informaci\u00f3n personal de terceros en foros o redes sociales constituya una violaci\u00f3n de la privacidad. Sin embargo, tambi\u00e9n puede haber disputas legales sobre la violaci\u00f3n de la privacidad en relaci\u00f3n con los correos electr\u00f3nicos que contienen informaci\u00f3n personal.<\/p>\n\n\n\n<p>El delito de difamaci\u00f3n se define en el C\u00f3digo Penal Japon\u00e9s como &#8220;Cualquier persona que difame a otra al exponer hechos en p\u00fablico, independientemente de si los hechos son verdaderos o no, ser\u00e1 castigada con hasta tres a\u00f1os de prisi\u00f3n o una multa de hasta 500,000 yenes&#8221; (Art\u00edculo 230, p\u00e1rrafo 1 del C\u00f3digo Penal Japon\u00e9s). Dado que la mayor\u00eda de los correos electr\u00f3nicos son correspondencia privada entre individuos, a menudo no se considera que cumplan con el requisito de &#8220;exposici\u00f3n p\u00fablica&#8221; para la difamaci\u00f3n, lo que puede llevar a la complacencia. Sin embargo, incluso si no se considera difamaci\u00f3n, todav\u00eda puede haber una violaci\u00f3n de la privacidad. No debemos tomar a la ligera ni ser imprudentes al proporcionar informaci\u00f3n personal de otros en correos electr\u00f3nicos, ya que esto puede violar su privacidad.<\/p>\n\n\n\n<div id=\"ez-toc-container\" class=\"ez-toc-v2_0_53 counter-hierarchy ez-toc-counter ez-toc-grey ez-toc-container-direction\">\n<div class=\"ez-toc-title-container\">\n<span class=\"ez-toc-title-toggle\"><\/span><\/div>\n<nav><ul class='ez-toc-list ez-toc-list-level-1 ' ><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-1\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/internet\/mail-privacy-law\/#Invasion_de_privacidad_por_correo_electronico_a_terceros\" title=\"Invasi\u00f3n de privacidad por correo electr\u00f3nico a terceros\">Invasi\u00f3n de privacidad por correo electr\u00f3nico a terceros<\/a><ul class='ez-toc-list-level-3'><li class='ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-2\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/internet\/mail-privacy-law\/#Informacion_de_la_enfermedad_e_invasion_de_la_privacidad\" title=\"Informaci\u00f3n de la enfermedad e invasi\u00f3n de la privacidad\">Informaci\u00f3n de la enfermedad e invasi\u00f3n de la privacidad<\/a><\/li><\/ul><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-3\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/internet\/mail-privacy-law\/#Envio_de_correos_electronicos_que_contienen_contenido_basado_en_interes_o_deseo_sexual\" title=\" Env\u00edo de correos electr\u00f3nicos que contienen contenido basado en inter\u00e9s o deseo sexual \"> Env\u00edo de correos electr\u00f3nicos que contienen contenido basado en inter\u00e9s o deseo sexual <\/a><ul class='ez-toc-list-level-3'><li class='ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-4\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/internet\/mail-privacy-law\/#Si_el_contenido_del_correo_electronico_excede_el_rango_permitido_por_las_normas_sociales\" title=\" Si el contenido del correo electr\u00f3nico excede el rango permitido por las normas sociales \"> Si el contenido del correo electr\u00f3nico excede el rango permitido por las normas sociales <\/a><\/li><\/ul><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-5\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/internet\/mail-privacy-law\/#Provision_de_correos_privados_a_terceros\" title=\"Provisi\u00f3n de correos privados a terceros\">Provisi\u00f3n de correos privados a terceros<\/a><ul class='ez-toc-list-level-3'><li class='ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-6\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/internet\/mail-privacy-law\/#Provision_de_correo_electronico_sin_ocultar_la_direccion_de_correo_electronico_etc\" title=\"Provisi\u00f3n de correo electr\u00f3nico sin ocultar la direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico, etc.\">Provisi\u00f3n de correo electr\u00f3nico sin ocultar la direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico, etc.<\/a><\/li><\/ul><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-7\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/internet\/mail-privacy-law\/#Resumen\" title=\" Resumen \"> Resumen <\/a><\/li><\/ul><\/nav><\/div>\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Invasion_de_privacidad_por_correo_electronico_a_terceros\"><\/span>Invasi\u00f3n de privacidad por correo electr\u00f3nico a terceros<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n\n\n\n<p>Hubo un caso en el que se discuti\u00f3 si el hecho de que un empleado de una compa\u00f1\u00eda de seguros de vida, C, enviara un correo electr\u00f3nico a un tercero, B, que conten\u00eda informaci\u00f3n personal que hab\u00eda aprendido cuando un conocido, B, le consult\u00f3 sobre la suscripci\u00f3n a un seguro, que A hab\u00eda sido certificado como discapacitado mental de tercer grado, constitu\u00eda difamaci\u00f3n y violaci\u00f3n de la privacidad.<\/p>\n\n\n\n<p>A conoci\u00f3 a C a trav\u00e9s de B y supo que C trabajaba como agente de seguros de vida en una compa\u00f1\u00eda de seguros de vida, por lo que consult\u00f3 sobre la suscripci\u00f3n a un seguro. En ese momento, se le explic\u00f3 que hab\u00eda seguros a los que no pod\u00eda suscribirse si ten\u00eda antecedentes m\u00e9dicos, por lo que revel\u00f3 que hab\u00eda sufrido de depresi\u00f3n o enfermedad mental en el pasado y que hab\u00eda sido certificado como discapacitado mental de tercer grado.<\/p>\n\n\n\n<p>Despu\u00e9s de esto, A hizo comentarios cr\u00edticos sobre las descripciones en el diario que C publicaba en Internet sobre su pasatiempo com\u00fan, la vida al aire libre, y tambi\u00e9n difam\u00f3 a C a terceros. C, que no estaba contento con esto, envi\u00f3 un correo electr\u00f3nico a B, un conocido com\u00fan, expresando que A era un &#8220;adicto a Internet que no puede adaptarse a la sociedad&#8221; y una &#8220;persona que carece de sentido com\u00fan&#8221;, y tambi\u00e9n incluy\u00f3 el hecho de que A hab\u00eda sido certificado como discapacitado mental de tercer grado.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo relacionado: <a href=\"https:\/\/monolith.law\/reputation\/privacy-invasion\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">Explicaci\u00f3n exhaustiva del derecho a la privacidad. \u00bfCu\u00e1les son los tres requisitos de infracci\u00f3n?[ja]<\/a><\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo relacionado: <a href=\"https:\/\/monolith.law\/reputation\/defamation\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">\u00bfCu\u00e1les son las condiciones para demandar por difamaci\u00f3n? Explicaci\u00f3n de los requisitos reconocidos y el promedio de compensaci\u00f3n por da\u00f1os y perjuicios[ja]<\/a><\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Informacion_de_la_enfermedad_e_invasion_de_la_privacidad\"><\/span>Informaci\u00f3n de la enfermedad e invasi\u00f3n de la privacidad<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>Cuando A se enter\u00f3 de esto, inici\u00f3 un juicio contra C buscando da\u00f1os y perjuicios por difamaci\u00f3n e invasi\u00f3n de la privacidad, pero fue rechazado en el Tribunal de Distrito de Tokio y apel\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>El tribunal no reconoci\u00f3 la difamaci\u00f3n, a pesar de que conten\u00eda expresiones problem\u00e1ticas, porque &#8220;s\u00f3lo se envi\u00f3 a un conocido espec\u00edfico y no se puso a disposici\u00f3n de un gran n\u00famero de terceros adem\u00e1s del apelante y el apelado, por lo que no se puede decir que el env\u00edo de los correos electr\u00f3nicos por parte del apelado haya disminuido inmediatamente la evaluaci\u00f3n social objetiva del apelante&#8221;. En otras palabras, no se revel\u00f3 p\u00fablicamente la verdad.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otro lado, en cuanto a la invasi\u00f3n de la privacidad, <\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote\">\n<p>Esta informaci\u00f3n relacionada con la privacidad, dependiendo de c\u00f3mo se maneje, puede da\u00f1ar los derechos e intereses personales de una persona, por lo que debe ser manejada con cuidado. El apelado, que aprendi\u00f3 esta informaci\u00f3n personal cuando fue consultado por el apelante sobre la suscripci\u00f3n a un seguro, no deber\u00eda haber revelado esta informaci\u00f3n a otros sin el consentimiento del apelante. El acto del apelado de transmitir esta informaci\u00f3n personal a B, un conocido com\u00fan que no tiene nada que ver con la suscripci\u00f3n al seguro, por correo electr\u00f3nico, no tiene ninguna necesidad, traiciona las expectativas razonables del apelante de una gesti\u00f3n adecuada de la informaci\u00f3n relacionada con la privacidad que proporcion\u00f3 voluntariamente, y constituye un acto il\u00edcito que invade la privacidad del apelante.<br><\/p>\n<cite> Sentencia del Tribunal de Distrito de Tokio, 6 de noviembre de 2009 <\/cite><\/blockquote>\n\n\n\n<p>Reconoci\u00f3 esto, pero &#8220;debido a la invasi\u00f3n de la privacidad, se reconoce que el apelante sufri\u00f3 angustia mental. La informaci\u00f3n personal en cuesti\u00f3n puede considerarse informaci\u00f3n de alta confidencialidad para el apelante. Por otro lado, en cuanto a la forma de invasi\u00f3n de la privacidad, se limita a enviar un correo electr\u00f3nico a un conocido espec\u00edfico. El apelante ha estado hablando a conocidos comunes del apelante y del apelado que ha sufrido de depresi\u00f3n o enfermedad mental&#8221;, por lo que consider\u00f3 que 30,000 yenes era una cantidad apropiada para la compensaci\u00f3n por da\u00f1os y perjuicios.<br><\/p>\n\n\n\n<p>Aunque la informaci\u00f3n sobre la enfermedad es informaci\u00f3n de alta confidencialidad, &#8220;la forma de invasi\u00f3n de la privacidad se limita a enviar un correo electr\u00f3nico a un conocido espec\u00edfico&#8221;, y B simplemente no lo sab\u00eda, pero &#8220;el apelante ha estado hablando a conocidos comunes del apelante y del apelado que ha sufrido de depresi\u00f3n o enfermedad mental&#8221;, por lo que la cantidad de compensaci\u00f3n por da\u00f1os y perjuicios fue baja.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo relacionado: <a href=\"https:\/\/monolith.law\/reputation\/disease-information-and-privacy-infringement\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">\u00bfSe puede decir que es una invasi\u00f3n de la privacidad si se publica informaci\u00f3n sobre enfermedades en Internet?[ja]<\/a><\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Envio_de_correos_electronicos_que_contienen_contenido_basado_en_interes_o_deseo_sexual\"><\/span> Env\u00edo de correos electr\u00f3nicos que contienen contenido basado en inter\u00e9s o deseo sexual <span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/monolith.law\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/shutterstock_593351747-1-1024x812.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-9684\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>Ha habido casos en los que una mujer ha reclamado da\u00f1os significativos tanto f\u00edsicos como mentales debido a la recepci\u00f3n persistente de correos electr\u00f3nicos maliciosos que incluyen acoso sexual. Solicit\u00f3 una compensaci\u00f3n basada en actos il\u00edcitos. Intent\u00f3 mediar en el Tribunal de Distrito de Tokio alegando angustia mental causada por los correos electr\u00f3nicos enviados, pero debido a que la mediaci\u00f3n no tuvo \u00e9xito, el demandante present\u00f3 una demanda en el Tribunal de Distrito de Tokio.<\/p>\n\n\n\n<p>Aunque hay muchas contradicciones y preguntas en la historia, la demandante (mujer de 35 a\u00f1os) y el demandado (hombre de 42 a\u00f1os) se conocieron en el lugar de trabajo del supervisor de ex\u00e1menes, donde ambos fueron enviados por la misma agencia de empleo temporal. El demandado entreg\u00f3 a la demandante una tarjeta de presentaci\u00f3n con su direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico de tel\u00e9fono m\u00f3vil. Como resultado de la demandante enviando un correo electr\u00f3nico a la direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico del demandado, comenzaron a enviarse correos electr\u00f3nicos mutuamente, y durante aproximadamente medio mes, el demandado envi\u00f3 alrededor de 120 correos electr\u00f3nicos a la demandante y la demandante envi\u00f3 alrededor de 90 correos electr\u00f3nicos al demandado.<\/p>\n\n\n\n<p>Durante este tiempo, la demandante alega que se enviaron correos electr\u00f3nicos maliciosos que incluyen acoso sexual. Por ejemplo, un correo electr\u00f3nico en el que el demandado escribi\u00f3 &#8220;La prostituci\u00f3n es mala&#8221; fue en respuesta a un correo electr\u00f3nico de la demandante que dec\u00eda que estaba buscando un trabajo de pago diario. El demandado respondi\u00f3: &#8220;Si est\u00e1s buscando un trabajo de pago diario a corto plazo, creo que XX es la mejor opci\u00f3n. Es 10,000 yenes por d\u00eda para inspeccionar los tel\u00e9fonos m\u00f3viles. La prostituci\u00f3n es mala&#8221;. Cuando la demandante pregunt\u00f3 qu\u00e9 significaba &#8220;La prostituci\u00f3n es mala&#8221;, el demandado respondi\u00f3 &#8220;Perd\u00f3n si te confund\u00ed&#8221; y continuaron envi\u00e1ndose cinco correos electr\u00f3nicos cada uno ese mismo d\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, en otro d\u00eda, un correo electr\u00f3nico en el que el demandado escribi\u00f3 &#8220;Intent\u00e9 entrar en un hotel de amor en Shibuya y forzar un beso, pero ella resisti\u00f3 intensamente diciendo &#8216;No, no puedo, mi esposo, despu\u00e9s de todo, soy leal a mi esposo&#8230;&#8217; y me retir\u00e9 con remordimiento \u2192 autoexplosi\u00f3n er\u00f3tica&#8221; fue en respuesta a un correo electr\u00f3nico de la demandante que dec\u00eda &#8220;Estaba saliendo con una ex azafata de JAL International, hace 3 a\u00f1os&#8230;&#8221;. La demandante respondi\u00f3 &#8220;\u00bfEn serio?&#8221; y el demandado escribi\u00f3 &#8220;Nos llam\u00e1bamos &#8216;hermana mayor&#8217; y &#8216;Y-kun&#8217;. Intent\u00e9 entrar en un hotel de amor en Shibuya y forzar un beso, pero ella resisti\u00f3 intensamente diciendo &#8216;No, no puedo, mi esposo, despu\u00e9s de todo, soy leal a mi esposo&#8230;&#8217; y me retir\u00e9 con remordimiento \u2192 autoexplosi\u00f3n er\u00f3tica&#8221;. Ese mismo d\u00eda, el demandado envi\u00f3 nueve correos electr\u00f3nicos y la demandante envi\u00f3 seis.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Si_el_contenido_del_correo_electronico_excede_el_rango_permitido_por_las_normas_sociales\"><\/span> Si el contenido del correo electr\u00f3nico excede el rango permitido por las normas sociales <span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>El tribunal sostuvo que &#8220;Despu\u00e9s de los correos electr\u00f3nicos que se consideran maliciosos, incluido el acoso sexual, la demandante continu\u00f3 intercambiando correos electr\u00f3nicos con el demandado, y no se puede afirmar que rechaz\u00f3 fuertemente estos correos electr\u00f3nicos ni que comenz\u00f3 a rechazar al demandado despu\u00e9s de estos correos electr\u00f3nicos. Se puede reconocer que el demandado no pudo reconocer que la demandante estaba rechazando sus correos electr\u00f3nicos&#8221;. Adem\u00e1s, dado que solo se hab\u00edan encontrado dos veces, no hubo acoso, y<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote\">\n<p>Considerando el contenido, la manera, el n\u00famero total de correos electr\u00f3nicos enviados por el demandado, el contenido, la manera, el n\u00famero de correos electr\u00f3nicos enviados por la demandante, y el prop\u00f3sito de los correos electr\u00f3nicos enviados por el demandado que se puede inferir de estos, no se puede reconocer que el env\u00edo de correos electr\u00f3nicos por parte del demandado excedi\u00f3 el rango permitido por las normas sociales y fue ilegal, y a\u00fan no se puede decir que constituye un acto il\u00edcito.<br><\/p>\n<cite> Sentencia del Tribunal de Distrito de Tokio, 30 de septiembre de 2009 (2009) <\/cite><\/blockquote>\n\n\n\n<p>Y rechaz\u00f3 la demanda de la demandante.<br><br> En este caso, no se reconoci\u00f3 la invasi\u00f3n de la privacidad, pero en la sentencia, <\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote\">\n<p>El acto de enviar un correo electr\u00f3nico que contiene contenido basado en inter\u00e9s o deseo sexual en contra de la voluntad de la otra parte, considerando el prop\u00f3sito, contenido, manera, etc. del correo electr\u00f3nico, el grado y la manera de rechazo de la otra parte, etc., cuando excede el rango permitido por las normas sociales, debe considerarse que constituye un acto il\u00edcito que infringe los derechos de personalidad de la otra parte, como la libertad sexual, los sentimientos de honor y la privacidad.<br><\/p>\n<cite> Sentencia del Tribunal de Distrito de Tokio, 30 de septiembre de 2009 (2009) <\/cite><\/blockquote>\n\n\n\n<p>Est\u00e1 dicho.<br><br> Incluso en el caso de actos realizados en correos electr\u00f3nicos uno a uno, el env\u00edo de &#8220;correos electr\u00f3nicos que contienen contenido basado en inter\u00e9s o deseo sexual&#8221; en contra de la voluntad de la otra parte puede &#8220;constituir un acto il\u00edcito que infringe los derechos de personalidad de la otra parte, como la libertad sexual, los sentimientos de honor y la privacidad&#8221; &#8220;cuando excede el rango permitido por las normas sociales&#8221;. Aunque es una decisi\u00f3n de un tribunal inferior, es una indicaci\u00f3n notable.<br><br> Aunque se concluy\u00f3 que no se cometi\u00f3 tal acto en este caso, es una advertencia de que si se env\u00edan correos electr\u00f3nicos que contienen contenido basado en inter\u00e9s o deseo sexual que la otra parte rechaza, pensando &#8220;Es solo un correo electr\u00f3nico&#8221; o &#8220;Probablemente no se har\u00e1 p\u00fablico&#8221;, puede haber casos en los que se considere una invasi\u00f3n de la privacidad. <\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Provision_de_correos_privados_a_terceros\"><\/span>Provisi\u00f3n de correos privados a terceros<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n\n\n\n<p>Existe un caso en el que se demand\u00f3 por violaci\u00f3n de la privacidad debido a que se proporcion\u00f3 un correo electr\u00f3nico, en el que se denunciaba acoso sexual, a la persona acusada sin permiso. Esto ocurri\u00f3 entre Y2, quien es el representante de la corporaci\u00f3n Y1 que fue establecida con el prop\u00f3sito principal de llevar a cabo actividades para promover y apoyar las actividades art\u00edsticas y realiza talleres de teatro participativos para ciudadanos en general, y su esposa Y3, quien colabora en la realizaci\u00f3n de los talleres.<\/p>\n\n\n\n<p>El 13 de enero de 2008 (a\u00f1o 20 de la era Heisei), se celebr\u00f3 una fiesta de A\u00f1o Nuevo en la oficina y sala de pr\u00e1cticas de la casa de Y2, que tambi\u00e9n es su oficina. Participaron voluntarios con experiencia en los talleres, incluyendo miembros de la corporaci\u00f3n demandada, as\u00ed como Y2, Y3, el demandante y B.<\/p>\n\n\n\n<p>Despu\u00e9s de la fiesta de A\u00f1o Nuevo, el demandante consult\u00f3 con Y3 por correo electr\u00f3nico y por tel\u00e9fono, alegando que hab\u00eda sido objeto de actos obscenos por parte de B. El 24 de ese mismo mes, se celebr\u00f3 una reuni\u00f3n sobre este incidente en la oficina, en la que participaron Y3, ocho miembros del personal de la oficina y el demandante.<\/p>\n\n\n\n<p>Alrededor de mayo del mismo a\u00f1o, el demandante solicit\u00f3 mediaci\u00f3n al Centro de Resoluci\u00f3n de Disputas de la Asociaci\u00f3n de Abogados de Tokio con respecto a este incidente, con B como la parte contraria. Sin embargo, B consult\u00f3 con Y2 y otros, alegando que estaba tan borracho que no recordaba lo que hab\u00eda sucedido en ese momento. Y2 proporcion\u00f3 a B un documento que explicaba el progreso del caso, y Y3 proporcion\u00f3 a B los correos electr\u00f3nicos que hab\u00eda recibido del demandante sin ocultar la direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico. B present\u00f3 estos documentos en el procedimiento de mediaci\u00f3n. Posteriormente, el demandante retir\u00f3 su solicitud de mediaci\u00f3n, pero el 19 de agosto del mismo a\u00f1o, present\u00f3 una denuncia ante la Polic\u00eda Metropolitana de Tokio por el delito de intento de acto obsceno forzado, que fue aceptada. El 27 de octubre del mismo a\u00f1o, se lleg\u00f3 a un acuerdo entre el demandante y B, y el demandante retir\u00f3 su denuncia. No se sabe con certeza el contenido del acuerdo, pero se puede inferir que B pag\u00f3 una cierta cantidad de dinero al demandante y se disculp\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>Despu\u00e9s de esto, el demandante present\u00f3 una demanda alegando que Y2 y Y3 ten\u00edan la responsabilidad de indemnizar por da\u00f1os y perjuicios, y que la corporaci\u00f3n demandada ten\u00eda la responsabilidad del empleador, porque Y2 y Y3 hab\u00edan proporcionado todos los correos electr\u00f3nicos, incluyendo los que no ten\u00edan nada que ver con B, directamente a B sin su permiso y sin tomar ninguna precauci\u00f3n, como ocultar la direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico del demandante, a pesar de que el demandante hab\u00eda enviado los correos electr\u00f3nicos como correspondencia privada confiando en Y3. Como resultado, el demandante sufri\u00f3 angustia mental por temor a que B leyera el contenido del correo electr\u00f3nico y tomara represalias enviando correos electr\u00f3nicos difamatorios al demandante, o divulgara el acto de acoso sexual a terceros, o divulgara la informaci\u00f3n personal del demandante a terceros.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Provision_de_correo_electronico_sin_ocultar_la_direccion_de_correo_electronico_etc\"><\/span>Provisi\u00f3n de correo electr\u00f3nico sin ocultar la direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico, etc.<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>El tribunal reconoci\u00f3 que Y3 hab\u00eda proporcionado el correo electr\u00f3nico en cuesti\u00f3n a B sin ocultar la direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico, etc., porque pensaba que el demandante y B eran compa\u00f1eros ya que hab\u00edan participado en la fiesta de A\u00f1o Nuevo, que era una reuni\u00f3n de voluntarios, y declar\u00f3 que:<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote\">\n<p>En este caso, el demandante plante\u00f3 el incidente en cuesti\u00f3n como acoso sexual, y B afirm\u00f3 que estaba tan borracho que no recordaba nada, por lo que era f\u00e1cil suponer que hab\u00eda una alta probabilidad de que hubiera diferencias en la percepci\u00f3n o actitud hacia el incidente en cuesti\u00f3n entre el demandante y B. Dado que ambos estaban en una situaci\u00f3n de conflicto de intereses, se puede decir que es inapropiado y una violaci\u00f3n de la privacidad que Y3 proporcionara el correo electr\u00f3nico privado que hab\u00eda recibido de una de las partes a la otra parte sin su consentimiento y sin ocultar la direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico, etc., y que constituye un acto il\u00edcito.<br><\/p>\n<cite> Sentencia del Tribunal de Distrito de Tokio, 11 de enero de 2012 (a\u00f1o 24 de la era Heisei) <\/cite><\/blockquote>\n\n\n\n<p>Sin embargo, no se produjo ning\u00fan acto de invasi\u00f3n concreto, como la recepci\u00f3n de correos electr\u00f3nicos sospechosos o el acoso, como resultado de la divulgaci\u00f3n del correo electr\u00f3nico en cuesti\u00f3n, y se lleg\u00f3 a un acuerdo con B, a quien se le hab\u00eda divulgado el correo electr\u00f3nico, por lo que la probabilidad de que se produzcan actos de invasi\u00f3n en el futuro es extremadamente baja. Adem\u00e1s, Y3 actu\u00f3 de esta manera porque pensaba que los participantes en la fiesta de A\u00f1o Nuevo se conoc\u00edan entre s\u00ed y conoc\u00edan sus datos de contacto, y no ten\u00eda la intenci\u00f3n de cometer un acto de invasi\u00f3n contra el demandante en particular. Adem\u00e1s, se disculp\u00f3 antes de que se presentara la demanda con respecto a la divulgaci\u00f3n del correo electr\u00f3nico en cuesti\u00f3n. Adem\u00e1s, dado que la fiesta de A\u00f1o Nuevo no fue organizada por la corporaci\u00f3n, no hay lugar para interpretar que el acto de Y3 fue un acto de un empleado de la corporaci\u00f3n, por lo que se determin\u00f3 que Y2 y la corporaci\u00f3n no tienen responsabilidad por actos il\u00edcitos o responsabilidad del empleador, y s\u00f3lo se reconoci\u00f3 una indemnizaci\u00f3n por da\u00f1os y perjuicios de 10,000 yenes para Y3.<\/p>\n\n\n\n<p>En realidad, fue afortunado que el demandante no sufriera ning\u00fan da\u00f1o, pero si, como tem\u00eda el demandante, hubiera recibido correos electr\u00f3nicos difamatorios o amenazantes, o si se hubiera divulgado a terceros que hab\u00eda sido acosado sexualmente, o si se hubiera divulgado a terceros su direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico y otra informaci\u00f3n personal, podr\u00eda haber causado un da\u00f1o grave. Fue un acto imprudente que podr\u00eda decirse que proporcion\u00f3 informaci\u00f3n sobre el da\u00f1o al &#8220;delincuente&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p>Incluso en ausencia de tales circunstancias, no se debe informar a terceros de la direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico de otra persona sin su permiso, ni proporcionar correos electr\u00f3nicos que sean correspondencia privada.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Resumen\"><\/span> Resumen <span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n\n\n\n<p>Si sospechas que tu privacidad ha sido violada por correo electr\u00f3nico, es recomendable que consultes con un abogado experimentado lo antes posible.<\/p>\n\n\n\n<p>La invasi\u00f3n de la privacidad por correo electr\u00f3nico es similar al acoso, y en muchos casos, la persona que lo realiza puede no ser consciente de ello. Precisamente por eso, si se deja sin control, puede escalar. Puede llegar a ser m\u00e1s malicioso y convertirse en un comportamiento de acoso, como &#8220;enviar mensajes continuamente a pesar de que la persona se siente inc\u00f3moda&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p>En julio de 2013 (a\u00f1o 2013 del calendario gregoriano), la Ley Japonesa de Regulaci\u00f3n de Acoso fue modificada, y los correos electr\u00f3nicos persistentes tambi\u00e9n se consideraron un acto de acoso, lo que se convirti\u00f3 en un delito.<\/p>\n\n\n\n<p>Es una situaci\u00f3n que puede sucederle a cualquiera. Podr\u00edas convertirte repentinamente en v\u00edctima o agresor. Es importante cambiar nuestra percepci\u00f3n y tener cuidado.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo relacionado: <a href=\"https:\/\/monolith.law\/reputation\/stalker-regulation-law\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">\u00bfQu\u00e9 es un acosador en l\u00ednea? Explicaci\u00f3n de c\u00f3mo manejarlo[ja]<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Es muy probable que publicar informaci\u00f3n personal de terceros en foros o redes sociales constituya una violaci\u00f3n de la privacidad. 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