{"id":69338,"date":"2024-07-16T19:43:15","date_gmt":"2024-07-16T10:43:15","guid":{"rendered":"https:\/\/monolith.law\/es\/?p=69338"},"modified":"2024-07-20T17:01:55","modified_gmt":"2024-07-20T08:01:55","slug":"trademark-design-amendment-r6","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/trademark-design-amendment-r6","title":{"rendered":"Puntos clave de la reforma de la Ley de Marcas y la Ley de Dise\u00f1os que entrar\u00e1 en vigor en abril de 2024 (Reiwa 6) &#8211; \u00bfCu\u00e1les son los cambios que debes conocer?"},"content":{"rendered":"\n<p>En el a\u00f1o 5 de la era Reiwa (2023), se modificaron algunas partes de la Ley de Marcas Japonesa y la Ley de Dise\u00f1os Japonesa, y dichas modificaciones se implementaron en abril del a\u00f1o 6 de la era Reiwa (2024). Debido a esta revisi\u00f3n de la era Reiwa 5, es posible que las estrategias de operaci\u00f3n de marcas y dise\u00f1os cambien, por lo que es importante comprender el prop\u00f3sito de las enmiendas y los detalles de los cambios.<\/p>\n\n\n\n<p>En este art\u00edculo, explicaremos el contenido de las disposiciones modificadas y los puntos que deben tenerse en cuenta en la pr\u00e1ctica. Presentaremos los principales puntos de la reforma de la Ley de Marcas Japonesa y la Ley de Dise\u00f1os Japonesa, as\u00ed que por favor util\u00edcelos como referencia.<\/p>\n\n\n\n<div id=\"ez-toc-container\" class=\"ez-toc-v2_0_53 counter-hierarchy ez-toc-counter ez-toc-grey ez-toc-container-direction\">\n<div class=\"ez-toc-title-container\">\n<span class=\"ez-toc-title-toggle\"><\/span><\/div>\n<nav><ul class='ez-toc-list ez-toc-list-level-1 ' ><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-1\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/trademark-design-amendment-r6\/#Resumen_de_los_cambios_en_la_Ley_de_Marcas_y_la_Ley_de_Disenos_Industriales_en_vigor_desde_abril_de_Reiwa_6_2024\" title=\"Resumen de los cambios en la Ley de Marcas y la Ley de Dise\u00f1os Industriales, en vigor desde abril de Reiwa 6 (2024)\">Resumen de los cambios en la Ley de Marcas y la Ley de Dise\u00f1os Industriales, en vigor desde abril de Reiwa 6 (2024)<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-2\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/trademark-design-amendment-r6\/#Punto_de_Reforma_1_Introduccion_del_Sistema_de_Consentimiento_Ley_de_Marcas_Japonesa\" title=\"Punto de Reforma 1: Introducci\u00f3n del Sistema de Consentimiento (Ley de Marcas Japonesa)\">Punto de Reforma 1: Introducci\u00f3n del Sistema de Consentimiento (Ley de Marcas Japonesa)<\/a><ul class='ez-toc-list-level-3'><li class='ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-3\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/trademark-design-amendment-r6\/#Contenido_de_las_disposiciones_anteriores\" title=\"Contenido de las disposiciones anteriores\">Contenido de las disposiciones anteriores<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-4\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/trademark-design-amendment-r6\/#Contexto_de_la_Reforma\" title=\"Contexto de la Reforma\">Contexto de la Reforma<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-5\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/trademark-design-amendment-r6\/#Contenido_de_la_Reforma\" title=\"Contenido de la Reforma\">Contenido de la Reforma<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-6\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/trademark-design-amendment-r6\/#La_relacion_con_la_reforma_de_la_Ley_de_Competencia_Desleal\" title=\"La relaci\u00f3n con la reforma de la Ley de Competencia Desleal\">La relaci\u00f3n con la reforma de la Ley de Competencia Desleal<\/a><\/li><\/ul><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-7\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/trademark-design-amendment-r6\/#Punto_de_Reforma_2_Flexibilizacion_de_los_Requisitos_para_el_Registro_de_Marcas_que_Incluyen_Nombres_de_Terceros_Ley_de_Marcas_Japonesa\" title=\"Punto de Reforma 2: Flexibilizaci\u00f3n de los Requisitos para el Registro de Marcas que Incluyen Nombres de Terceros (Ley de Marcas Japonesa)\">Punto de Reforma 2: Flexibilizaci\u00f3n de los Requisitos para el Registro de Marcas que Incluyen Nombres de Terceros (Ley de Marcas Japonesa)<\/a><ul class='ez-toc-list-level-3'><li class='ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-8\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/trademark-design-amendment-r6\/#Disposiciones_Anteriores\" title=\"Disposiciones Anteriores\">Disposiciones Anteriores<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-9\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/trademark-design-amendment-r6\/#Contexto_de_la_Reforma-2\" title=\"Contexto de la Reforma\">Contexto de la Reforma<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-10\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/trademark-design-amendment-r6\/#Contenido_de_la_Reforma-2\" title=\"Contenido de la Reforma\">Contenido de la Reforma<\/a><\/li><\/ul><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-11\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/trademark-design-amendment-r6\/#Punto_de_Reforma_3_Flexibilizacion_de_los_Requisitos_de_las_Disposiciones_Excepcionales_sobre_la_Perdida_de_Novedad_en_Disenos_Ley_de_Disenos_Japonesa\" title=\"Punto de Reforma 3: Flexibilizaci\u00f3n de los Requisitos de las Disposiciones Excepcionales sobre la P\u00e9rdida de Novedad en Dise\u00f1os (Ley de Dise\u00f1os Japonesa)\">Punto de Reforma 3: Flexibilizaci\u00f3n de los Requisitos de las Disposiciones Excepcionales sobre la P\u00e9rdida de Novedad en Dise\u00f1os (Ley de Dise\u00f1os Japonesa)<\/a><ul class='ez-toc-list-level-3'><li class='ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-12\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/trademark-design-amendment-r6\/#Contenido_de_las_disposiciones_anteriores-2\" title=\"Contenido de las disposiciones anteriores\">Contenido de las disposiciones anteriores<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-13\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/trademark-design-amendment-r6\/#Contexto_de_la_Reforma-3\" title=\"Contexto de la Reforma\">Contexto de la Reforma<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-14\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/trademark-design-amendment-r6\/#Contenido_de_la_Reforma-3\" title=\"Contenido de la Reforma\">Contenido de la Reforma<\/a><\/li><\/ul><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-15\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/trademark-design-amendment-r6\/#Impacto_de_la_reforma_en_la_practica_empresarial_y_medidas_a_tomar\" title=\"Impacto de la reforma en la pr\u00e1ctica empresarial y medidas a tomar\">Impacto de la reforma en la pr\u00e1ctica empresarial y medidas a tomar<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-16\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/trademark-design-amendment-r6\/#Conclusion_Consulte_a_un_experto_sobre_las_reformas_de_la_Ley_de_Marcas_y_la_Ley_de_Disenos\" title=\"Conclusi\u00f3n: Consulte a un experto sobre las reformas de la Ley de Marcas y la Ley de Dise\u00f1os\">Conclusi\u00f3n: Consulte a un experto sobre las reformas de la Ley de Marcas y la Ley de Dise\u00f1os<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-17\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/trademark-design-amendment-r6\/#Presentacion_de_medidas_por_parte_de_nuestro_despacho\" title=\"Presentaci\u00f3n de medidas por parte de nuestro despacho\">Presentaci\u00f3n de medidas por parte de nuestro despacho<\/a><\/li><\/ul><\/nav><\/div>\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Resumen_de_los_cambios_en_la_Ley_de_Marcas_y_la_Ley_de_Disenos_Industriales_en_vigor_desde_abril_de_Reiwa_6_2024\"><\/span>Resumen de los cambios en la Ley de Marcas y la Ley de Dise\u00f1os Industriales, en vigor desde abril de Reiwa 6 (2024)<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n\n\n\n<p>Las reformas de la Ley de Marcas y la Ley de Dise\u00f1os Industriales en Reiwa 5 (2023) tienen como principal objetivo adaptar el sistema legal a la digitalizaci\u00f3n y la internacionalizaci\u00f3n recientes.<\/p>\n\n\n\n<p>Los principales cambios en la Ley de Marcas son los siguientes:<\/p>\n\n\n\n<ul>\n<li>Introducci\u00f3n del sistema de consentimiento<\/li>\n\n\n\n<li>Flexibilizaci\u00f3n de los requisitos para registrar marcas que incluyen el nombre de otra persona<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>En cuanto a la Ley de Dise\u00f1os Industriales, se destaca la flexibilizaci\u00f3n de los requisitos para las excepciones a la p\u00e9rdida de novedad.<\/p>\n\n\n\n<p>Este paquete de enmiendas fue promulgado el 14 de junio de Reiwa 5 (2023) y entr\u00f3 en vigor el 1 de abril de Reiwa 6 (2024). Sin embargo, las disposiciones modificadas de la Ley de Dise\u00f1os Industriales han estado en vigor desde el 1 de enero de Reiwa 6 (2024).<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Punto_de_Reforma_1_Introduccion_del_Sistema_de_Consentimiento_Ley_de_Marcas_Japonesa\"><\/span>Punto de Reforma 1: Introducci\u00f3n del Sistema de Consentimiento (Ley de Marcas Japonesa)<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/monolith.law\/wp-content\/uploads\/2024\/05\/Shutterstock_2289741125.jpg\" alt=\"Punto de Reforma 1: Introducci\u00f3n del Sistema de Consentimiento (Ley de Marcas Japonesa)\" class=\"wp-image-87790\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>El sistema de consentimiento permite que, si el titular de una marca registrada previamente da su consentimiento, se pueda reconocer el registro de una marca similar presentada posteriormente. La introducci\u00f3n de este sistema de consentimiento en la ley de marcas, que hab\u00eda sido objeto de consideraci\u00f3n desde hace tiempo, se ha llevado a cabo con esta reforma. Expliquemos detalladamente por qu\u00e9 se ha realizado esta modificaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Contenido_de_las_disposiciones_anteriores\"><\/span>Contenido de las disposiciones anteriores<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>La Ley de Marcas Japonesa (\u5546\u6a19\u6cd5) establece que en los siguientes casos, no se puede obtener el registro de una marca:<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote\">\n<p>(Marcas que no pueden obtener registro)<br>Art\u00edculo 4: A pesar de las disposiciones del art\u00edculo anterior, las siguientes marcas no pueden obtener registro:<\/p>\n\n\n\n<p>11. Una marca que sea id\u00e9ntica o similar a otra marca registrada por otra persona o a una marca relacionada con una solicitud de registro anterior a la fecha de la solicitud de registro de la marca en cuesti\u00f3n, y que se use para los productos o servicios designados (los cuales se refieren a los productos o servicios especificados de acuerdo con las disposiciones del p\u00e1rrafo 1 del art\u00edculo 6, incluyendo los casos aplicables por analog\u00eda del p\u00e1rrafo 1 del art\u00edculo 68. Lo mismo se aplica en adelante.) o para productos o servicios similares a estos.<\/p>\n<cite><a href=\"https:\/\/elaws.e-gov.go.jp\/document?lawid=334AC0000000127\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">Ley de Marcas Japonesa | B\u00fasqueda de leyes e-Gov[ja]<\/a><\/cite><\/blockquote>\n\n\n\n<p>En pocas palabras, el derecho de marca es el derecho a monopolizar el uso de un signo distintivo (marca) para productos o servicios. En los negocios, este signo distintivo sirve para que los consumidores elijan los productos o servicios de una empresa en lugar de los de otra, diferenci\u00e1ndolos de los dem\u00e1s. Este signo distintivo es la &#8220;marca&#8221;, y el derecho a monopolizar este signo distintivo es el derecho de marca.<\/p>\n\n\n\n<p>El art\u00edculo 4, apartado 1, n\u00famero 11 de la Ley de Marcas Japonesa es una disposici\u00f3n que rechaza el registro de marcas que infringen marcas registradas anteriormente, lo cual podr\u00eda considerarse una disposici\u00f3n obvia.<\/p>\n\n\n\n<p>Se dice que el prop\u00f3sito de esta disposici\u00f3n es:<\/p>\n\n\n\n<ol>\n<li>Proteger los derechos del titular de la marca registrada previamente.<\/li>\n\n\n\n<li>Prevenir la confusi\u00f3n sobre el origen de los productos o servicios.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Estos son los objetivos que se persiguen.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Contexto_de_la_Reforma\"><\/span>Contexto de la Reforma<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>El contexto de la reforma incluye los siguientes problemas con las disposiciones anteriores:<\/p>\n\n\n\n<ol>\n<li>El alto costo de responder cuando una marca comercial es rechazada en su registro<\/li>\n\n\n\n<li>Los inconvenientes en los contratos globales<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Bajo el sistema anterior, exist\u00eda el problema de que si una marca comercial aplicada era rechazada debido a la existencia de una marca comercial previamente registrada id\u00e9ntica o similar, la carga de la respuesta correspondiente era significativa.<\/p>\n\n\n\n<p>En el caso de que no se pueda realizar una correcci\u00f3n en el contenido que infringe la marca comercial cuyo registro ha sido rechazado, es necesario tomar medidas como la presentaci\u00f3n de un escrito de argumentaci\u00f3n en contra o un litigio para la cancelaci\u00f3n de los derechos de la marca comercial previamente registrada. Para buscar nuevamente la aprobaci\u00f3n del registro, el costo en tiempo y dinero se convierte en una carga considerable.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, en pa\u00edses de Europa y Am\u00e9rica, existe desde hace tiempo un sistema que permite el registro conjunto de ambas marcas comerciales, incluso si una marca comercial que infringe una marca comercial previamente registrada de otra persona es aplicada, siempre y cuando haya consentimiento del titular de los derechos de la marca comercial previamente registrada.<\/p>\n\n\n\n<p>Debido a que el sistema de consentimiento no estaba reconocido bajo la ley japonesa, no era posible celebrar un contrato de acuerdo de coexistencia para la existencia de dos marcas comerciales, lo que tambi\u00e9n se\u00f1alaba el problema de causar inconvenientes en los contratos globales.<\/p>\n\n\n\n<p>Por lo tanto, teniendo en cuenta las necesidades de las empresas y la armonizaci\u00f3n con los sistemas internacionales, se decidi\u00f3 introducir el sistema de consentimiento tambi\u00e9n en Jap\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Contenido_de_la_Reforma\"><\/span>Contenido de la Reforma<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>Tomando en cuenta el contexto mencionado anteriormente, se han establecido las siguientes disposiciones.<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote\">\n<p>Ley de Marcas, Art\u00edculo 4<br>4. Incluso si una marca es aplicable bajo el Art\u00edculo 4, P\u00e1rrafo 1, \u00cdtem 11, si el solicitante de la marca ha obtenido el consentimiento de otra persona conforme a dicho \u00edtem para el registro de la marca, y siempre que no exista riesgo de confusi\u00f3n entre los productos o servicios que usar\u00e1n dicha marca y los productos o servicios relacionados con la marca registrada de otra persona, el titular de la marca registrada, el titular de los derechos de uso exclusivo o el titular de los derechos de uso normal, entonces las disposiciones del \u00edtem mencionado no se aplicar\u00e1n.<\/p>\n<cite><a href=\"https:\/\/elaws.e-gov.go.jp\/document?lawid=334AC0000000127\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">Ley de Marcas | B\u00fasqueda de Legislaci\u00f3n e-Gov[ja]<\/a><\/cite><\/blockquote>\n\n\n\n<p>De esta disposici\u00f3n se desprende que, incluso para las marcas que corresponden al Art\u00edculo 4, P\u00e1rrafo 1, \u00cdtem 11 de la Ley de Marcas, ahora es posible obtener el registro de la marca bajo los siguientes dos requisitos:<\/p>\n\n\n\n<ol>\n<li>Haber obtenido el consentimiento del titular de la marca registrada previamente.<\/li>\n\n\n\n<li>No existir riesgo de confusi\u00f3n con la marca registrada previamente.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, para asegurar el prop\u00f3sito del Art\u00edculo 4, P\u00e1rrafo 1, \u00cdtem 11, se han establecido los siguientes sistemas:<\/p>\n\n\n\n<ul>\n<li>El titular de una de las marcas coexistentes puede solicitar al titular de la otra marca que aplique una indicaci\u00f3n para prevenir la confusi\u00f3n (Ley de Marcas, Art\u00edculo 24-4, \u00cdtem 1).<\/li>\n\n\n\n<li>Cualquier persona puede solicitar la cancelaci\u00f3n del registro de una marca si uno de los titulares de la marca la usa con el prop\u00f3sito de competencia desleal y para causar confusi\u00f3n de origen (Ley de Marcas, Art\u00edculo 52-2).<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Aunque se ha reconocido la introducci\u00f3n del sistema de consentimiento, es importante tener en cuenta que la protecci\u00f3n de los derechos de la marca registrada previamente y la prevenci\u00f3n de la confusi\u00f3n de origen siguen siendo de suma importancia.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"La_relacion_con_la_reforma_de_la_Ley_de_Competencia_Desleal\"><\/span>La relaci\u00f3n con la reforma de la Ley de Competencia Desleal<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>Con la reforma de la Ley de Marcas, la Ley de Prevenci\u00f3n de la Competencia Desleal (Ley Japonesa de Prevenci\u00f3n de la Competencia Desleal) tambi\u00e9n ha sido parcialmente modificada.<\/p>\n\n\n\n<p>El problema radica en que, con la introducci\u00f3n del sistema de consentimiento, de las dos marcas que coexisten, si una adquiere la notoriedad o la fama establecida en los art\u00edculos 2.1.1 y 2.1.2 de la Ley de Competencia Desleal, surge una situaci\u00f3n compleja.<\/p>\n\n\n\n<p>El titular de la marca que ha adquirido notoriedad, etc., puede solicitar medidas cautelares contra el otro titular de la marca bas\u00e1ndose en la Ley de Competencia Desleal. Sin embargo, si se admite esta solicitud de medidas cautelares, podr\u00eda obstaculizar el uso fluido del sistema de consentimiento.<\/p>\n\n\n\n<p>Por lo tanto, se ha estipulado en el art\u00edculo 19.1.3 de la Ley de Competencia Desleal que los titulares de ambas marcas que coexisten debido al sistema de consentimiento no pueden realizar reclamaciones de medidas cautelares basadas en los art\u00edculos 2.1.1 y 2.1.2 de la Ley de Competencia Desleal contra el otro titular.<\/p>\n\n\n\n<p>Para m\u00e1s informaci\u00f3n sobre otros puntos de la reforma de la Ley de Competencia Desleal, consulte el siguiente art\u00edculo relacionado.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo relacionado: \u00bfCu\u00e1les son los puntos clave de la Ley de Prevenci\u00f3n de la Competencia Desleal reformada que entrar\u00e1 en vigor en abril de 2024 (Reiwa 6)? Explicaci\u00f3n de los cambios que debe conocer<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Punto_de_Reforma_2_Flexibilizacion_de_los_Requisitos_para_el_Registro_de_Marcas_que_Incluyen_Nombres_de_Terceros_Ley_de_Marcas_Japonesa\"><\/span>Punto de Reforma 2: Flexibilizaci\u00f3n de los Requisitos para el Registro de Marcas que Incluyen Nombres de Terceros (Ley de Marcas Japonesa)<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n\n\n\n<p>En la reforma del a\u00f1o 2023 (Reiwa 5), se ha flexibilizado los requisitos para el registro de marcas que incluyen nombres de terceros.<\/p>\n\n\n\n<p>Explicaremos el contexto y las disposiciones de la reforma.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Disposiciones_Anteriores\"><\/span>Disposiciones Anteriores<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>Bajo la ley de marcas anterior, el art\u00edculo 4, secci\u00f3n 1, \u00edtem 8, no permit\u00eda el registro de marcas que incluyeran el nombre de otra persona.<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote\">\n<p>(Marcas que no pueden ser registradas)<br>Art\u00edculo 4. A pesar de las disposiciones del art\u00edculo anterior, no se puede registrar como marca:<\/p>\n\n\n\n<p>8. Una marca que incluya el retrato de otra persona o el nombre de otra persona o un nombre o un apodo famoso, un nombre art\u00edstico o un pseud\u00f3nimo o sus abreviaturas conocidas (excepto cuando se cuente con el consentimiento de esa persona).<\/p>\n<cite><a href=\"https:\/\/elaws.e-gov.go.jp\/document?lawid=334AC0000000127\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">Ley de Marcas Japonesa | B\u00fasqueda de Leyes e-Gov[ja]<\/a><\/cite><\/blockquote>\n\n\n\n<p>El prop\u00f3sito de esta disposici\u00f3n es proteger los intereses personales de los individuos. Es decir, el objetivo es evitar que los nombres o denominaciones sean utilizados en marcas comerciales sin el consentimiento de la persona.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Contexto_de_la_Reforma-2\"><\/span>Contexto de la Reforma<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>Aunque existe un inter\u00e9s legal en la protecci\u00f3n de los intereses personales, se hab\u00eda identificado como un problema el hecho de que no se pudieran registrar como marcas los nombres de fundadores, dise\u00f1adores, entre otros, que se deseaban utilizar como nombres de marca.<\/p>\n\n\n\n<p>Es posible registrar una marca con el consentimiento de la persona, pero no es pr\u00e1ctico obtener el consentimiento de todas las personas con el mismo nombre y apellido. Si no se reconocen los derechos de marca en estos casos, se puede decir que falta protecci\u00f3n para las marcas compuestas por nombres.<\/p>\n\n\n\n<p>En respuesta a este problema, en varios pa\u00edses occidentales, se han abordado las marcas que incluyen el nombre de otra persona estableciendo la notoriedad como un requisito. La necesidad de armonizar los sistemas internacionales tambi\u00e9n fue un factor en el fondo de esta reforma de la secci\u00f3n 8 del art\u00edculo 4, \u00edtem 1 de la Ley de Marcas.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Contenido_de_la_Reforma-2\"><\/span>Contenido de la Reforma<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>El art\u00edculo 4, secci\u00f3n 1, \u00edtem 8 de la Ley de Marcas fue reformado en 2023 (Reiwa 5) como sigue:<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote\">\n<p>Art\u00edculo 4, secci\u00f3n 1<br>8. Una marca que incluya el retrato de otra persona o el nombre de otra persona (limitado a los nombres ampliamente reconocidos entre los consumidores en el campo de los productos o servicios donde se usar\u00e1 la marca) o un nombre o un apodo famoso, un nombre art\u00edstico o un pseud\u00f3nimo o sus abreviaturas conocidas (excepto cuando se cuente con el consentimiento de esa persona) o una marca que incluya el nombre de otra persona que no cumpla con los requisitos establecidos por decreto.<\/p>\n<cite><a href=\"https:\/\/elaws.e-gov.go.jp\/document?lawid=334AC0000000127\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">Ley de Marcas Japonesa | B\u00fasqueda de Leyes e-Gov[ja]<\/a><\/cite><\/blockquote>\n\n\n\n<p>Con esta reforma, se permite el registro de marcas que incluyan el nombre de otra persona, siempre y cuando dicho nombre no sea ampliamente reconocido entre los consumidores en el campo de los productos o servicios donde se usar\u00e1 la marca.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, se ha establecido que las marcas que incluyan el nombre de otra persona y que no cumplan con los requisitos establecidos por decreto no podr\u00e1n ser registradas. Ser\u00e1 necesario prestar atenci\u00f3n al contenido de los futuros decretos que se establezcan.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, el Subcomit\u00e9 del Sistema de Marcas ha indicado que las solicitudes abusivas que infrinjan los intereses personales de terceros ser\u00e1n rechazadas, incluso si el nombre de la persona no tiene un cierto nivel de notoriedad.<\/p>\n\n\n\n<p>Mediante el dise\u00f1o de un sistema que incluya decretos y que proteja los intereses personales, se puede decir que se mantiene el prop\u00f3sito original de esta disposici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Punto_de_Reforma_3_Flexibilizacion_de_los_Requisitos_de_las_Disposiciones_Excepcionales_sobre_la_Perdida_de_Novedad_en_Disenos_Ley_de_Disenos_Japonesa\"><\/span>Punto de Reforma 3: Flexibilizaci\u00f3n de los Requisitos de las Disposiciones Excepcionales sobre la P\u00e9rdida de Novedad en Dise\u00f1os (Ley de Dise\u00f1os Japonesa)<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/monolith.law\/wp-content\/uploads\/2024\/05\/Shutterstock_2354627201.jpg\" alt=\"Punto de Reforma 3: Flexibilizaci\u00f3n de los Requisitos de las Disposiciones Excepcionales sobre la P\u00e9rdida de Novedad en Dise\u00f1os (Ley de Dise\u00f1os Japonesa)\" class=\"wp-image-87791\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>El &#8220;derecho de dise\u00f1o&#8221; es uno de los derechos de propiedad intelectual que se puede utilizar para combatir la imitaci\u00f3n de productos, como las copias y los productos similares. Para que se reconozca un derecho de dise\u00f1o, es necesario que este sea nuevo. Si se publica el dise\u00f1o en publicaciones o sitios web antes de la solicitud de registro de dise\u00f1o, la p\u00e9rdida de novedad puede resultar en la denegaci\u00f3n del registro de dise\u00f1o. Sin embargo, si se cumplen ciertos requisitos, se considera que la novedad del dise\u00f1o no se ha perdido. En esta \u00faltima reforma, se han flexibilizado los requisitos de las disposiciones excepcionales relacionadas con la p\u00e9rdida de novedad.<\/p>\n\n\n\n<p>Veamos en detalle el contexto y el contenido de la reforma.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Contenido_de_las_disposiciones_anteriores-2\"><\/span>Contenido de las disposiciones anteriores<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>Aunque la novedad de un dise\u00f1o haya sido perdida debido a las acciones de la persona que tiene el derecho a obtener el registro de dise\u00f1o, se considerar\u00e1 que no se ha perdido la novedad si se cumplen las siguientes disposiciones.<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote\">\n<p>(Excepci\u00f3n a la p\u00e9rdida de novedad de un dise\u00f1o)<br>Art\u00edculo 4<br>2. Incluso los dise\u00f1os que han llegado a corresponder a lo estipulado en el art\u00edculo 3, apartado 1, punto 1 o 2, debido a las acciones de la persona que tiene el derecho a obtener el registro de dise\u00f1o (excluyendo aquellos que han llegado a corresponder a dichos puntos debido a su publicaci\u00f3n en un bolet\u00edn oficial relacionado con patentes, modelos de utilidad, dise\u00f1os o marcas), se tratar\u00e1n de la misma manera que el apartado anterior, en relaci\u00f3n con la aplicaci\u00f3n de las disposiciones de dicho apartado y del apartado 2 del mismo art\u00edculo, si la solicitud de registro de dise\u00f1o relacionada con dicho dise\u00f1o se realiza dentro de un a\u00f1o desde la fecha en que correspondi\u00f3 a dichos puntos.<\/p>\n\n\n\n<p>3. La persona que desee acogerse a las disposiciones del apartado anterior debe presentar un escrito en el que se indique tal intenci\u00f3n al Comisionado de la Oficina de Patentes de Jap\u00f3n al mismo tiempo que la solicitud de registro de dise\u00f1o, y adem\u00e1s, debe presentar un escrito que demuestre que el dise\u00f1o que ha llegado a corresponder a los puntos 1 o 2 del apartado 1 del art\u00edculo 3 es un dise\u00f1o que puede acogerse a las disposiciones del apartado anterior (en adelante, &#8220;certificado&#8221; en este art\u00edculo y en el art\u00edculo 60-7) dentro de los treinta d\u00edas siguientes a la fecha de la solicitud de registro de dise\u00f1o.<\/p>\n<cite><a href=\"https:\/\/elaws.e-gov.go.jp\/document?lawid=334AC0000000125\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">Ley de Dise\u00f1os Industriales | B\u00fasqueda de leyes e-Gov[ja]<\/a><\/cite><\/blockquote>\n\n\n\n<p>Estas disposiciones est\u00e1n pensadas para casos en los que se realiza una solicitud de registro de dise\u00f1o despu\u00e9s de haber divulgado el propio dise\u00f1o en exposiciones, publicaciones o sitios web.<\/p>\n\n\n\n<p>El objetivo es no restringir las acciones que pueden ser entendidas como parte de la misma gama de actividades y expresi\u00f3n del creador del dise\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Contexto_de_la_Reforma-3\"><\/span>Contexto de la Reforma<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>En las disposiciones anteriores, se hab\u00eda se\u00f1alado que la carga de la solicitud era considerable al presentar el &#8220;Certificado de Aplicaci\u00f3n de Excepci\u00f3n&#8221; establecido en el Art\u00edculo 4, P\u00e1rrafo 3 de la Ley de Dise\u00f1os Japonesa.<\/p>\n\n\n\n<p>En los \u00faltimos a\u00f1os, se ha llevado a cabo la promoci\u00f3n y venta a trav\u00e9s de redes sociales y sitios de comercio electr\u00f3nico, lo que ha diversificado y complicado la manera en que se hacen p\u00fablicos los dise\u00f1os. Adem\u00e1s, es cada vez m\u00e1s com\u00fan ver casos en los que los dise\u00f1os se publican primero en plataformas de financiamiento colectivo antes de pasar a la producci\u00f3n, durante el proceso de desarrollo.<\/p>\n\n\n\n<p>En tales circunstancias, crear un certificado que cubra todas las actividades de divulgaci\u00f3n dentro de los 30 d\u00edas puede representar una carga significativa para el solicitante.<\/p>\n\n\n\n<p>Por lo tanto, en la reforma del a\u00f1o 5 de la era Reiwa (2023), los requisitos del Art\u00edculo 4, P\u00e1rrafo 3 han sido relajados.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Contenido_de_la_Reforma-3\"><\/span>Contenido de la Reforma<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>El Art\u00edculo 4, P\u00e1rrafo 3 de la Ley de Dise\u00f1os Industriales Japonesa (\u610f\u5320\u6cd5) fue enmendado en la reforma del a\u00f1o 5 de la era Reiwa (2023).<\/p>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote\">\n<p>Art\u00edculo 4 de la Ley de Dise\u00f1os Industriales Japonesa<br>\n3\u3000La persona que desee acogerse a las disposiciones del p\u00e1rrafo anterior, deber\u00e1 presentar un escrito que as\u00ed lo indique junto con la solicitud de registro de dise\u00f1o al Comisionado de la Oficina de Patentes de Jap\u00f3n, y adem\u00e1s, dentro de los treinta d\u00edas a partir de la fecha de la solicitud de registro de dise\u00f1o, deber\u00e1 presentar un escrito que demuestre que el dise\u00f1o que ha llegado a ser aplicable bajo el n\u00famero uno o dos del p\u00e1rrafo primero del art\u00edculo tres, es un dise\u00f1o que puede recibir la aplicaci\u00f3n de las disposiciones del p\u00e1rrafo anterior (en este art\u00edculo y en el art\u00edculo 60-7 se le denomina &#8220;certificado&#8221;). No obstante, si existen dos o m\u00e1s actos por parte de la persona que tiene el derecho de obtener el registro de dise\u00f1o de un dise\u00f1o id\u00e9ntico o similar que han llevado a que dicho dise\u00f1o sea aplicable bajo el n\u00famero uno o dos del p\u00e1rrafo primero del art\u00edculo tres, bastar\u00e1 con presentar el certificado correspondiente al acto realizado en la fecha m\u00e1s temprana.<\/p>\n<cite><a href=\"https:\/\/elaws.e-gov.go.jp\/document?lawid=334AC0000000125\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">Ley de Dise\u00f1os Industriales Japonesa | B\u00fasqueda de leyes e-Gov[ja]<\/a><\/cite><\/blockquote>\n\n\n\n<p>Antes de la reforma, era necesario crear un certificado de aplicaci\u00f3n de excepci\u00f3n que cubriera todos los dise\u00f1os divulgados. Con esta enmienda, al presentar un certificado del primer dise\u00f1o divulgado, se puede recibir la aplicaci\u00f3n de la disposici\u00f3n de excepci\u00f3n de la p\u00e9rdida de novedad.<\/p>\n\n\n\n<p>La carga sobre el solicitante se ha reducido y, al mismo tiempo, la inclusi\u00f3n del primer dise\u00f1o divulgado en el certificado tambi\u00e9n tiene en cuenta la previsibilidad para terceros.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Impacto_de_la_reforma_en_la_practica_empresarial_y_medidas_a_tomar\"><\/span>Impacto de la reforma en la pr\u00e1ctica empresarial y medidas a tomar<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n\n\n\n<p>Es crucial comprender completamente el contenido de las reformas de la Ley de Marcas y la Ley de Dise\u00f1os del a\u00f1o 5 de la era Reiwa (2023) en Jap\u00f3n. Es importante destacar que algunos de los decretos y criterios de revisi\u00f3n relacionados con la reforma a\u00fan no est\u00e1n establecidos. Ser\u00e1 prudente mantenerse atento a su promulgaci\u00f3n futura.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, la reforma ha hecho que el uso de marcas y dise\u00f1os sea m\u00e1s amplio y accesible. En particular, la reforma de la Ley de Marcas Japonesa incrementa la posibilidad de registrar marcas que anteriormente no pod\u00edan ser registradas. Se espera que, en el futuro, los empresarios desarrollen estrategias de marca m\u00e1s amplias.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuando se presente la oportunidad de aplicar las disposiciones reformadas, es importante profundizar en la comprensi\u00f3n de su contenido para poder utilizarlas de manera efectiva.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Conclusion_Consulte_a_un_experto_sobre_las_reformas_de_la_Ley_de_Marcas_y_la_Ley_de_Disenos\"><\/span>Conclusi\u00f3n: Consulte a un experto sobre las reformas de la Ley de Marcas y la Ley de Dise\u00f1os<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n\n\n\n<p>La reforma de la Ley de Marcas y la Ley de Dise\u00f1os en el a\u00f1o 5 de la era Reiwa (2023) se ha llevado a cabo con el objetivo principal de actualizar el sistema legal en el contexto de la digitalizaci\u00f3n y la internacionalizaci\u00f3n recientes.<\/p>\n\n\n\n<p>En la Ley de Marcas, se ha aumentado la posibilidad de registrar marcas que anteriormente no pod\u00edan ser registradas, y la Ley de Dise\u00f1os tambi\u00e9n se ha modificado para facilitar la presentaci\u00f3n de solicitudes de dise\u00f1o. Para aprovechar efectivamente las disposiciones de esta reforma y avanzar en una expansi\u00f3n empresarial m\u00e1s amplia, es esencial tener una comprensi\u00f3n adecuada de los cambios realizados.<\/p>\n\n\n\n<p>El registro de marcas y dise\u00f1os tiene un gran impacto en la estrategia empresarial de una compa\u00f1\u00eda, por lo que se requiere una respuesta r\u00e1pida y segura. Si tiene dudas sobre el contenido de la reforma, le recomendamos que busque el consejo de un experto.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Presentacion_de_medidas_por_parte_de_nuestro_despacho\"><\/span>Presentaci\u00f3n de medidas por parte de nuestro despacho<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n\n\n\n<p>El despacho de abogados Monolith es una firma legal altamente especializada en IT, y en particular en la intersecci\u00f3n entre Internet y la ley. En los \u00faltimos a\u00f1os, los derechos de propiedad intelectual, como las leyes de marcas y dise\u00f1os, han ganado gran atenci\u00f3n. Nuestro despacho ofrece soluciones en el \u00e1mbito de la propiedad intelectual. Los detalles se encuentran en el art\u00edculo a continuaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00c1reas de pr\u00e1ctica de Monolith Law Office: <a href=\"https:\/\/monolith.law\/practices\/itlaw\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">Asuntos legales de IT y propiedad intelectual para diversos clientes[ja]<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el a\u00f1o 5 de la era Reiwa (2023), se modificaron algunas partes de la Ley de Marcas Japonesa y la Ley de Dise\u00f1os Japonesa, y dichas modificaciones se implementaron en abril del a\u00f1o 6 de la era Reiwa [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":32,"featured_media":69428,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[18],"tags":[24,28],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/monolith.law\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/69338"}],"collection":[{"href":"https:\/\/monolith.law\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/monolith.law\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/monolith.law\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/32"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/monolith.law\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=69338"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/monolith.law\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/69338\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":69429,"href":"https:\/\/monolith.law\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/69338\/revisions\/69429"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/monolith.law\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/69428"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/monolith.law\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=69338"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/monolith.law\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=69338"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/monolith.law\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=69338"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}