{"id":71531,"date":"2025-10-08T16:49:36","date_gmt":"2025-10-08T07:49:36","guid":{"rendered":"https:\/\/monolith.law\/es\/?p=71531"},"modified":"2025-10-10T19:05:51","modified_gmt":"2025-10-10T10:05:51","slug":"overseas-investor-obligation-japan","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/overseas-investor-obligation-japan","title":{"rendered":"Obligaciones continuas de los notificantes de operaciones especiales para inversores extranjeros seg\u00fan la Ley de Instrumentos Financieros y Cambio de Jap\u00f3n"},"content":{"rendered":"\n<p>El mercado financiero de Jap\u00f3n est\u00e1 promoviendo pol\u00edticas para atraer inversiones extranjeras de manera activa, con el objetivo de establecer su posici\u00f3n como un centro financiero internacional. Como parte de esta iniciativa, el 19 de mayo de 2021 (Reiwa 3) se promulg\u00f3 una ley que entr\u00f3 en vigor el 22 de noviembre del mismo a\u00f1o, la cual introdujo una nueva categor\u00eda denominada &#8220;Operaciones Especiales para Inversores Extranjeros&#8221; en la Ley de Instrumentos Financieros y Bolsa de Jap\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El principal objetivo de este sistema es permitir que los fondos cuyos inversores principales sean corporaciones extranjeras o individuos residentes en el extranjero con ciertos activos puedan operar dentro de Jap\u00f3n mediante un proceso de &#8220;notificaci\u00f3n&#8221;. Esto busca atraer a instituciones financieras y fondos extranjeros al mercado japon\u00e9s, reduciendo las barreras de entrada para los operadores de fondos de inversi\u00f3n que atienden a inversores profesionales extranjeros, y as\u00ed maximizar la funci\u00f3n de Jap\u00f3n como un hub financiero internacional. Aunque el sistema est\u00e1 dise\u00f1ado principalmente para operadores de inversi\u00f3n extranjeros que buscan entrar en el mercado japon\u00e9s, tambi\u00e9n est\u00e1 disponible para operadores nacionales que cumplan con los mismos requisitos.<\/p>\n\n\n\n<p>Este art\u00edculo tiene como objetivo explicar en detalle las obligaciones continuas, as\u00ed como los requisitos de informes y divulgaci\u00f3n que deben cumplir los notificantes de Operaciones Especiales para Inversores Extranjeros, bas\u00e1ndose en la Ley de Instrumentos Financieros y Bolsa de Jap\u00f3n y legislaciones relacionadas. A trav\u00e9s de esta explicaci\u00f3n, se busca proporcionar una gu\u00eda pr\u00e1ctica para que las instituciones financieras extranjeras y los gestores de fondos que consideran hacer negocios en el mercado japon\u00e9s, o aquellos que ya han realizado la notificaci\u00f3n y se esfuerzan por mantener el cumplimiento diario, puedan comprender con precisi\u00f3n el complejo entorno regulatorio financiero de Jap\u00f3n y llevar a cabo una gesti\u00f3n empresarial adecuada.<\/p>\n\n\n\n<div id=\"ez-toc-container\" class=\"ez-toc-v2_0_53 counter-hierarchy ez-toc-counter ez-toc-grey ez-toc-container-direction\">\n<div class=\"ez-toc-title-container\">\n<span class=\"ez-toc-title-toggle\"><\/span><\/div>\n<nav><ul class='ez-toc-list ez-toc-list-level-1 ' ><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-1\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/overseas-investor-obligation-japan\/#Marco_legal_y_posicionamiento_de_las_actividades_especiales_para_inversores_extranjeros_en_Japon\" title=\"Marco legal y posicionamiento de las actividades especiales para inversores extranjeros en Jap\u00f3n\">Marco legal y posicionamiento de las actividades especiales para inversores extranjeros en Jap\u00f3n<\/a><ul class='ez-toc-list-level-3'><li class='ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-2\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/overseas-investor-obligation-japan\/#Definicion_de_actividades_especiales_bajo_la_Ley_de_Instrumentos_Financieros_y_Cambio_de_Japon\" title=\"Definici\u00f3n de actividades especiales bajo la Ley de Instrumentos Financieros y Cambio de Jap\u00f3n\">Definici\u00f3n de actividades especiales bajo la Ley de Instrumentos Financieros y Cambio de Jap\u00f3n<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-3\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/overseas-investor-obligation-japan\/#Alcance_y_requisitos_de_los_%E2%80%9Cinversores_extranjeros%E2%80%9D_sujetos_a_las_actividades_especiales\" title=\"Alcance y requisitos de los &#8220;inversores extranjeros&#8221; sujetos a las actividades especiales\">Alcance y requisitos de los &#8220;inversores extranjeros&#8221; sujetos a las actividades especiales<\/a><\/li><\/ul><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-4\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/overseas-investor-obligation-japan\/#Obligaciones_Continuas_de_los_Notificantes_de_Excepciones_para_Inversores_Extranjeros_en_Japon\" title=\"Obligaciones Continuas de los Notificantes de Excepciones para Inversores Extranjeros en Jap\u00f3n\">Obligaciones Continuas de los Notificantes de Excepciones para Inversores Extranjeros en Jap\u00f3n<\/a><ul class='ez-toc-list-level-3'><li class='ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-5\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/overseas-investor-obligation-japan\/#Mantenimiento_de_la_Estructura_Organizativa_y_del_Sistema_de_Gestion_Interna_Bajo_la_Ley_Japonesa\" title=\"Mantenimiento de la Estructura Organizativa y del Sistema de Gesti\u00f3n Interna Bajo la Ley Japonesa\">Mantenimiento de la Estructura Organizativa y del Sistema de Gesti\u00f3n Interna Bajo la Ley Japonesa<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-6\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/overseas-investor-obligation-japan\/#Cumplimiento_de_las_Normas_de_Conducta\" title=\"Cumplimiento de las Normas de Conducta\">Cumplimiento de las Normas de Conducta<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-7\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/overseas-investor-obligation-japan\/#Otras_Obligaciones_Continuas\" title=\"Otras Obligaciones Continuas\">Otras Obligaciones Continuas<\/a><\/li><\/ul><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-8\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/overseas-investor-obligation-japan\/#Detalles_sobre_los_Requisitos_de_Informes_y_Publicaciones\" title=\"Detalles sobre los Requisitos de Informes y Publicaciones\">Detalles sobre los Requisitos de Informes y Publicaciones<\/a><ul class='ez-toc-list-level-3'><li class='ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-9\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/overseas-investor-obligation-japan\/#Presentacion_del_Informe_de_Gestion_Empresarial_Bajo_la_Ley_Japonesa\" title=\"Presentaci\u00f3n del Informe de Gesti\u00f3n Empresarial Bajo la Ley Japonesa\">Presentaci\u00f3n del Informe de Gesti\u00f3n Empresarial Bajo la Ley Japonesa<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-10\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/overseas-investor-obligation-japan\/#Obligaciones_de_Exhibicion_Publica_y_Publicacion_Bajo_la_Ley_Japonesa\" title=\"Obligaciones de Exhibici\u00f3n P\u00fablica y Publicaci\u00f3n Bajo la Ley Japonesa\">Obligaciones de Exhibici\u00f3n P\u00fablica y Publicaci\u00f3n Bajo la Ley Japonesa<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-11\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/overseas-investor-obligation-japan\/#Obligaciones_de_Notificacion_Diversas_Bajo_la_Ley_Japonesa\" title=\"Obligaciones de Notificaci\u00f3n Diversas Bajo la Ley Japonesa\">Obligaciones de Notificaci\u00f3n Diversas Bajo la Ley Japonesa<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-12\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/overseas-investor-obligation-japan\/#Destinatarios_y_Procedimientos_de_Presentacion\" title=\"Destinatarios y Procedimientos de Presentaci\u00f3n\">Destinatarios y Procedimientos de Presentaci\u00f3n<\/a><\/li><\/ul><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-13\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/overseas-investor-obligation-japan\/#Resumen_y_Consideraciones_Especiales\" title=\"Resumen y Consideraciones Especiales\">Resumen y Consideraciones Especiales<\/a><\/li><\/ul><\/nav><\/div>\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Marco_legal_y_posicionamiento_de_las_actividades_especiales_para_inversores_extranjeros_en_Japon\"><\/span>Marco legal y posicionamiento de las actividades especiales para inversores extranjeros en Jap\u00f3n<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Definicion_de_actividades_especiales_bajo_la_Ley_de_Instrumentos_Financieros_y_Cambio_de_Japon\"><\/span>Definici\u00f3n de actividades especiales bajo la Ley de Instrumentos Financieros y Cambio de Jap\u00f3n<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>Las actividades especiales para inversores extranjeros est\u00e1n reguladas por el art\u00edculo 63-8, p\u00e1rrafo 1 de la Ley de Instrumentos Financieros y Cambio de Jap\u00f3n, y se refieren espec\u00edficamente a la gesti\u00f3n de fondos (autogesti\u00f3n) provenientes de &#8220;inversores extranjeros&#8221;, que poseen participaciones en esquemas de inversi\u00f3n colectiva de tipo asociativo, o a la captaci\u00f3n o colocaci\u00f3n privada de dichas participaciones frente a &#8220;inversores extranjeros&#8221; a trav\u00e9s de oficinas o sucursales establecidas en Jap\u00f3n (autocaptaci\u00f3n).<\/p>\n\n\n\n<p>En el caso de la autogesti\u00f3n, los fondos objeto de la misma deben provenir de &#8220;inversores extranjeros&#8221; y, adem\u00e1s, dichos fondos deben ser &#8220;principalmente&#8221; aportados por no residentes. &#8220;Principalmente&#8221; significa que m\u00e1s de la mitad del monto total aportado al fondo proviene de no residentes.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Alcance_y_requisitos_de_los_%E2%80%9Cinversores_extranjeros%E2%80%9D_sujetos_a_las_actividades_especiales\"><\/span>Alcance y requisitos de los &#8220;inversores extranjeros&#8221; sujetos a las actividades especiales<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>Los &#8220;inversores extranjeros&#8221; que pueden acogerse a las actividades especiales est\u00e1n detallados en el art\u00edculo 63-8, p\u00e1rrafo 2 de la Ley de Instrumentos Financieros y Cambio de Jap\u00f3n y en el art\u00edculo 246-10 de la Ordenanza del Gabinete de Oficiales de Instrumentos Financieros (en adelante, &#8220;Ordenanza del Gabinete&#8221;), y se clasifican en tres tipos:<\/p>\n\n\n\n<ol start=\"1\">\n<li>Personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas extranjeras que cumplan con los requisitos establecidos por la Ordenanza del Gabinete: Este tipo incluye a personas jur\u00eddicas extranjeras y a personas f\u00edsicas residentes en el extranjero que cumplan con cualquiera de los siguientes requisitos:\n\n\n<ul>\n<li>En el momento de adquirir participaciones en esquemas de inversi\u00f3n colectiva de tipo asociativo, se espera que el valor neto de sus activos, despu\u00e9s de deducir sus pasivos totales, sea de al menos 300 millones de yenes, y que el monto total de sus activos financieros de inversi\u00f3n tambi\u00e9n sea de al menos 300 millones de yenes, adem\u00e1s de haber transcurrido un a\u00f1o desde la apertura de una cuenta para realizar transacciones de valores o derivados con un operador de instrumentos financieros (incluyendo aquellos equivalentes bajo leyes extranjeras).<\/li>\n\n\n\n<li>Ser considerado como un inversor especializado bajo las leyes extranjeras.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n\n\n\n<li>Inversores institucionales calificados (incluyendo aquellos considerados equivalentes seg\u00fan la Ordenanza del Gabinete): Este tipo incluye a inversores institucionales calificados (operadores de instrumentos financieros de tipo I, operadores de gesti\u00f3n de inversiones, bancos, compa\u00f1\u00edas de seguros, corporaciones de inversi\u00f3n, cooperativas de cr\u00e9dito, etc.), as\u00ed como a inversores especiales (inversores considerados como tales bajo el art\u00edculo 34-3 o el art\u00edculo 34-4 de la Ley de Instrumentos Financieros y Cambio de Jap\u00f3n) y fondos que operan principalmente con el prop\u00f3sito de administrar y pagar pensiones de retiro, entre otros, conforme a leyes extranjeras.<\/li>\n\n\n\n<li>Personas relacionadas con el declarante de actividades especiales para inversores extranjeros: Este tipo se refiere a aquellos que tienen una relaci\u00f3n cercana con el declarante de actividades especiales para inversores extranjeros, como se define en el art\u00edculo 17-13-5, p\u00e1rrafo 3 de la Ordenanza de Ejecuci\u00f3n de la Ley de Instrumentos Financieros y Cambio de Jap\u00f3n y en el art\u00edculo 246-10, p\u00e1rrafo 3 de la Ordenanza del Gabinete. Espec\u00edficamente, incluye a los directivos y empleados del declarante, sus empresas matrices, subsidiarias, compa\u00f1\u00edas afiliadas, gestores de inversiones, asesores de inversi\u00f3n, sus respectivos empleados y familiares hasta el tercer grado de consanguinidad del declarante.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>La amplia definici\u00f3n de &#8220;inversores extranjeros&#8221; y los detallados requisitos (monto de activos, a\u00f1os de experiencia, relaciones) implican una obligaci\u00f3n continua de diligencia debida y monitoreo de los inversores por parte del declarante. En particular, la verificaci\u00f3n de los requisitos de activos de los individuos requiere documentaci\u00f3n probatoria concreta, por lo que el declarante debe verificar y gestionar continuamente si los inversores mantienen su elegibilidad o si, en caso de transferencia de participaciones, los nuevos adquirentes son elegibles. Esto representa una carga de cumplimiento m\u00e1s all\u00e1 de la mera obligaci\u00f3n de declaraci\u00f3n, y su complejidad aumenta con la diversidad de la base de inversores.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Obligaciones_Continuas_de_los_Notificantes_de_Excepciones_para_Inversores_Extranjeros_en_Japon\"><\/span>Obligaciones Continuas de los Notificantes de Excepciones para Inversores Extranjeros en Jap\u00f3n<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n\n\n\n<p>Los notificantes de excepciones para inversores extranjeros en Jap\u00f3n tienen la responsabilidad de llevar a cabo su negocio de manera adecuada y continua, cumpliendo con una serie de obligaciones. Estas se fundamentan en los objetivos b\u00e1sicos de la Ley de Instrumentos Financieros y Cambio de Jap\u00f3n, que buscan mantener la justicia y transparencia del mercado financiero japon\u00e9s y proteger a los inversores.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Mantenimiento_de_la_Estructura_Organizativa_y_del_Sistema_de_Gestion_Interna_Bajo_la_Ley_Japonesa\"><\/span>Mantenimiento de la Estructura Organizativa y del Sistema de Gesti\u00f3n Interna Bajo la Ley Japonesa<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>En primer lugar, los solicitantes deben asegurar la presencia de directivos con las cualificaciones suficientes para llevar a cabo las operaciones de una entidad de servicios financieros de manera justa y precisa. Adem\u00e1s, los ejecutivos involucrados en la gesti\u00f3n diaria deben comprender y ejecutar el contenido de las diversas regulaciones relacionadas con la Ley de Servicios de Instrumentos Financieros de Jap\u00f3n y las directrices de supervisi\u00f3n, y poseer el conocimiento y la experiencia necesarios en cumplimiento normativo y gesti\u00f3n de riesgos para la ejecuci\u00f3n justa y precisa de las operaciones de servicios financieros. Es esencial mantener una estructura organizativa que asegure la correcta asignaci\u00f3n de personal necesario para la ejecuci\u00f3n adecuada de las operaciones en cada departamento, as\u00ed como la adecuada designaci\u00f3n de responsables de gesti\u00f3n interna y otros roles. Especialmente importante es la creaci\u00f3n de un departamento de cumplimiento independiente de las operaciones comerciales, y que dicho personal posea el conocimiento y la experiencia suficientes. Adem\u00e1s, es necesario asegurar personal capaz de llevar a cabo la creaci\u00f3n y gesti\u00f3n de libros y documentos contables, informes, divulgaci\u00f3n, gesti\u00f3n de riesgos, administraci\u00f3n de sistemas inform\u00e1ticos, gesti\u00f3n de transacciones, gesti\u00f3n de clientes, revisi\u00f3n de publicidad, gesti\u00f3n de informaci\u00f3n de clientes, manejo de quejas y problemas, y auditor\u00eda interna.<\/p>\n\n\n\n<p>A continuaci\u00f3n, se requiere que los solicitantes cumplan con la ley y establezcan un sistema de gesti\u00f3n interna para proteger a los inversores. Incluso si no se unen a la Asociaci\u00f3n de Negocios de Instrumentos Financieros de Tipo II, deben crear reglamentos internos con contenido similar a los estatutos y otras reglas de la asociaci\u00f3n, y establecer un sistema para cumplir con dichos reglamentos internos. Los reglamentos internos deben incluir directrices sobre la presentaci\u00f3n de publicidad, la oferta de premios, la promoci\u00f3n de inversiones, la gesti\u00f3n de clientes, la interrupci\u00f3n de relaciones con fuerzas antisociales y la protecci\u00f3n de informaci\u00f3n personal.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, las corporaciones que realizan operaciones especiales para inversores extranjeros se consideran inelegibles si no tienen una oficina o establecimiento en Jap\u00f3n, o si no han designado un representante en el pa\u00eds. Esto significa que se exige la creaci\u00f3n de una base f\u00edsica sustancial dentro de Jap\u00f3n. Para la oficina principal o establecimiento (incluyendo aquellos de corporaciones extranjeras en Jap\u00f3n) y las oficinas o establecimientos que realizan operaciones especiales para inversores extranjeros, no se permite el uso de oficinas virtuales. Adem\u00e1s, los solicitantes que son corporaciones extranjeras deben designar un representante o agente en Jap\u00f3n. Aunque hay m\u00faltiples fuentes que mencionan los requisitos de una oficina comercial en el pa\u00eds, es especialmente importante en las operaciones especiales para inversores extranjeros que se establezca una base f\u00edsica en Jap\u00f3n y que no se permitan oficinas virtuales. Esto representa un requisito estricto para asegurar actividades comerciales sustanciales y una supervisi\u00f3n efectiva por parte de las autoridades reguladoras, en l\u00ednea con el objetivo pol\u00edtico de reducir las barreras de entrada a trav\u00e9s del sistema de notificaci\u00f3n, y constituye una inversi\u00f3n inicial y una carga de costos continuos que no pueden ser ignorados por los operadores extranjeros.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Cumplimiento_de_las_Normas_de_Conducta\"><\/span>Cumplimiento de las Normas de Conducta<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>Tanto a los notificantes de operaciones especiales, como a los inversores extranjeros, se les aplica, en principio, las mismas normas de conducta que a los operadores de instrumentos financieros. La Ley de Instrumentos Financieros y Cambio de Jap\u00f3n (Japanese Financial Instruments and Exchange Act) tiene como objetivo proteger a los inversores y asegurar la integridad del mercado de capitales, obligando a los operadores de instrumentos financieros a registrarse e imponiendo ciertas normas de conducta. Los notificantes de operaciones especiales tambi\u00e9n deben operar de acuerdo con el esp\u00edritu de esta ley, asegurando una gesti\u00f3n empresarial adecuada. Sin embargo, en estas operaciones especiales, a menudo se considera que los clientes son inversores cualificados, por lo que en tales casos, algunas de las normas de conducta pueden ser eximidas.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Otras_Obligaciones_Continuas\"><\/span>Otras Obligaciones Continuas<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s de las obligaciones de mantenimiento del sistema mencionadas anteriormente, los notificantes tienen la obligaci\u00f3n de informar a la autoridad competente sobre varios eventos que ocurren en la gesti\u00f3n empresarial. Esto incluye cambios en los directivos, modificaciones en los estatutos, participaci\u00f3n en litigios o mediaciones, ocurrencia de accidentes, y situaciones en las que el capital m\u00ednimo cae por debajo del umbral requerido. Asimismo, es necesario notificar sin demora cuando la continuidad de las operaciones relacionadas con los servicios de instrumentos financieros se vuelve significativamente dif\u00edcil o cuando un directivo o empleado clave comete una infracci\u00f3n legal.<\/p>\n\n\n\n<p>A continuaci\u00f3n, se presenta un resumen de las principales obligaciones continuas de los notificantes de servicios especiales para inversores extranjeros, etc.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-table\"><table><thead><tr><td>Tipo de Obligaci\u00f3n<\/td><td>Contenido Espec\u00edfico<\/td><td>Art\u00edculos Relacionados\/L\u00edneas Directrices de Supervisi\u00f3n<\/td><td>Consideraciones<\/td><\/tr><\/thead><tbody><tr><td>Mantenimiento de la estructura organizativa y del sistema de gesti\u00f3n interna<\/td><td>Asegurar la calidad, conocimiento y experiencia de los gerentes y directivos. Adecuada asignaci\u00f3n de personal necesario para la ejecuci\u00f3n de las operaciones, establecimiento de un departamento de cumplimiento independiente. Garantizar personal para la creaci\u00f3n de libros y documentos, gesti\u00f3n de riesgos, administraci\u00f3n de clientes y auditor\u00edas internas.<\/td><td>Ley de Instrumentos Financieros de Jap\u00f3n, Directrices de supervisi\u00f3n integrales para operadores de instrumentos financieros, etc.<\/td><td>Se pone especial \u00e9nfasis en la idoneidad de la direcci\u00f3n y la independencia y efectividad del sistema de cumplimiento.<\/td><\/tr><tr><td>Cumplimiento del sistema legal y reglamentario<\/td><td>Cumplimiento de la Ley de Instrumentos Financieros de Jap\u00f3n y leyes relacionadas. Establecimiento de un sistema de gesti\u00f3n interna para la protecci\u00f3n de los inversores. En caso de no unirse a una asociaci\u00f3n, creaci\u00f3n y mantenimiento de un sistema de cumplimiento basado en reglas internas equivalentes a las reglas de la asociaci\u00f3n. Las reglas internas deben incluir disposiciones sobre publicidad, promoci\u00f3n, gesti\u00f3n de clientes, exclusi\u00f3n de fuerzas antisociales y protecci\u00f3n de informaci\u00f3n personal.<\/td><td>Ley de Instrumentos Financieros de Jap\u00f3n, Directrices de supervisi\u00f3n integrales para operadores de instrumentos financieros, etc.<\/td><td>Se requiere una operaci\u00f3n efectiva, no solo reglas formales.<\/td><\/tr><tr><td>Obligaci\u00f3n de establecer oficinas o representantes nacionales<\/td><td>En el caso de corporaciones, es obligatorio establecer oficinas o sucursales en el pa\u00eds. No se aceptan oficinas virtuales. En el caso de corporaciones extranjeras, es obligatorio tener un representante o agente en el pa\u00eds.<\/td><td>Art\u00edculo 63-9, p\u00e1rrafo 6, \u00edtem 2 y 3 de la Ley de Instrumentos Financieros de Jap\u00f3n<\/td><td>Para los operadores extranjeros, el establecimiento de una base f\u00edsica representa una inversi\u00f3n inicial importante y un costo continuo.<\/td><\/tr><tr><td>Cumplimiento de las regulaciones de conducta<\/td><td>En principio, se aplican las mismas regulaciones de conducta que a los operadores de instrumentos financieros. En el caso de clientes que son inversores espec\u00edficos, puede haber algunas exenciones.<\/td><td>Ley de Instrumentos Financieros de Jap\u00f3n<\/td><td>Desde el punto de vista de la protecci\u00f3n de los inversores, se mantiene la rigurosidad de las regulaciones.<\/td><\/tr><tr><td>Obligaciones de notificaci\u00f3n diversas<\/td><td>Cambios en los directivos, modificaciones en los estatutos, participaci\u00f3n en litigios o mediaciones, ocurrencia de accidentes, capital por debajo del m\u00ednimo requerido, suspensi\u00f3n, reanudaci\u00f3n o cese de operaciones, disoluci\u00f3n, ocurrencia de dificultades para continuar las operaciones, actos ilegales de los empleados, sanciones desfavorables basadas en leyes extranjeras, etc.<\/td><td>Art\u00edculo 50, p\u00e1rrafo 1, \u00edtem 8, Art\u00edculos 63-2, 63-3, Orden del Gabinete 241 y 241-2 de la Ley de Instrumentos Financieros de Jap\u00f3n<\/td><td>Despu\u00e9s de la ocurrencia de un cambio, se requiere la presentaci\u00f3n dentro de un mes o sin demora, por lo que es necesario un sistema de respuesta r\u00e1pida.<\/td><\/tr><\/tbody><\/table><\/figure>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Detalles_sobre_los_Requisitos_de_Informes_y_Publicaciones\"><\/span>Detalles sobre los Requisitos de Informes y Publicaciones<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n\n\n\n<p>Los notificantes de operaciones especiales para inversores extranjeros en Jap\u00f3n est\u00e1n obligados a presentar informes peri\u00f3dicos y a hacer p\u00fablicos ciertos datos para asegurar la transparencia del negocio y proteger a los inversores.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Presentacion_del_Informe_de_Gestion_Empresarial_Bajo_la_Ley_Japonesa\"><\/span>Presentaci\u00f3n del Informe de Gesti\u00f3n Empresarial Bajo la Ley Japonesa<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>Los notificantes deben elaborar un informe de gesti\u00f3n empresarial para cada a\u00f1o fiscal y presentarlo a la autoridad competente dentro de los tres meses posteriores al final de cada a\u00f1o fiscal. Esta presentaci\u00f3n se realiza, en principio, utilizando el Sistema Integrado de Apoyo a las Operaciones de la Agencia de Servicios Financieros de Jap\u00f3n (en adelante, &#8220;Sistema Integrado&#8221;).<\/p>\n\n\n\n<p>En caso de no poder utilizar el Sistema Integrado, se permite la presentaci\u00f3n en papel, adjuntando un documento que detalle espec\u00edficamente esta circunstancia y sus razones. Al utilizar el Sistema Integrado, es obligatorio emplear un ordenador con sistema operativo en japon\u00e9s (OS japon\u00e9s) y utilizar los formularios en formato Excel descargados del Sistema Integrado. Si el representante en Jap\u00f3n de una empresa extranjera se ve obligado a utilizar un sistema operativo no japon\u00e9s, puede contactar previamente con la Oficina de Finanzas local y, en algunos casos, se le permitir\u00e1 presentar la documentaci\u00f3n por correo (en CD-R y papel).<\/p>\n\n\n\n<p>Este requisito de &#8220;OS japon\u00e9s obligatorio&#8221; puede convertirse en una barrera pr\u00e1ctica oculta para las empresas extranjeras en el avance hacia la digitalizaci\u00f3n. Muchas empresas extranjeras utilizan est\u00e1ndares como sistemas operativos en ingl\u00e9s en un entorno de TI global, por lo que este requisito puede obligarlas a establecer infraestructuras de TI adicionales, asegurar personal con dominio del japon\u00e9s o elegir m\u00e9todos ineficientes como la presentaci\u00f3n en papel. Esto indica una brecha entre los objetivos pol\u00edticos de convertirse en un centro financiero internacional y las restricciones locales de la infraestructura digital actual, lo que podr\u00eda resultar en costos administrativos y esfuerzos imprevistos para las empresas extranjeras.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, para las empresas extranjeras se ha establecido un sistema de aprobaci\u00f3n para la extensi\u00f3n del plazo de presentaci\u00f3n de los informes de gesti\u00f3n empresarial.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Obligaciones_de_Exhibicion_Publica_y_Publicacion_Bajo_la_Ley_Japonesa\"><\/span>Obligaciones de Exhibici\u00f3n P\u00fablica y Publicaci\u00f3n Bajo la Ley Japonesa<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>Los notificantes deben exhibir p\u00fablicamente el contenido de las nuevas notificaciones y las notificaciones de cambios con prontitud, adem\u00e1s de preparar documentos explicativos para cada a\u00f1o fiscal y ponerlos a disposici\u00f3n del p\u00fablico dentro de los cuatro meses posteriores al final de cada a\u00f1o fiscal. Estos documentos explicativos pueden ser reemplazados por copias del informe anual de la empresa.<\/p>\n\n\n\n<p>La publicaci\u00f3n se puede realizar mediante la disposici\u00f3n de documentos en la oficina principal de negocios, en las oficinas donde se realizan operaciones especiales, o mediante la publicaci\u00f3n en el sitio web de la propia empresa, entre otros m\u00e9todos. La Agencia de Servicios Financieros de Jap\u00f3n no garantiza la fiabilidad de los notificantes, pero publica una lista de ellos, permitiendo que los inversores verifiquen la informaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Las obligaciones de exhibici\u00f3n p\u00fablica y publicaci\u00f3n se basan en el objetivo fundamental de &#8220;mantener la justicia y transparencia del mercado&#8221; bajo la Ley de Instrumentos Financieros y Cambio de Jap\u00f3n, reflejando la intenci\u00f3n del regulador de que, incluso en formas de entrada m\u00e1s flexibles como el sistema de notificaci\u00f3n, la divulgaci\u00f3n de informaci\u00f3n para la protecci\u00f3n de los inversores se exige estrictamente. Independientemente del peso de la forma de entrada, sugiere que la divulgaci\u00f3n de informaci\u00f3n y la garant\u00eda de transparencia a los inversores son principios intransigentes en la regulaci\u00f3n financiera de Jap\u00f3n. En particular, el hecho de que se permita la publicaci\u00f3n en sitios web responde a las demandas modernas de rapidez y amplitud en la provisi\u00f3n de informaci\u00f3n, facilitando el acceso a la informaci\u00f3n para inversores extranjeros, entre otros, y contribuyendo al aumento de la transparencia del sistema en su conjunto.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Obligaciones_de_Notificacion_Diversas_Bajo_la_Ley_Japonesa\"><\/span>Obligaciones de Notificaci\u00f3n Diversas Bajo la Ley Japonesa<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>La Ley de Instrumentos Financieros y Cambio de Jap\u00f3n y la Ordenanza del Gabinete relacionada con los negocios de instrumentos financieros establecen una amplia gama de obligaciones de notificaci\u00f3n, incluyendo la sucesi\u00f3n de la posici\u00f3n de notificantes de negocios especiales, la disoluci\u00f3n de negocios, y los asuntos relacionados con las notificaciones de negocios especiales por parte de operadores de instrumentos financieros, entre otros.<\/p>\n\n\n\n<p>En caso de cambios en la informaci\u00f3n registrada, el aviso de cambio debe presentarse, en principio, dentro de un mes despu\u00e9s de que ocurra el motivo del cambio. Se requiere una notificaci\u00f3n inmediata para una variedad de eventos, como cambios en los directivos, modificaciones en los estatutos, convertirse en parte de litigios o mediaciones, suspensi\u00f3n, reanudaci\u00f3n o cese de operaciones, disoluci\u00f3n, o cuando la continuidad del negocio se vuelve extremadamente dif\u00edcil, o si un directivo o empleado clave comete una violaci\u00f3n legal, entre otros.<\/p>\n\n\n\n<p>A continuaci\u00f3n, se presenta una lista de los requisitos de informes y publicaciones para notificantes de negocios especiales para inversores extranjeros.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-table\"><table><thead><tr><td>Tipo de Informe\/Publicaci\u00f3n<\/td><td>Plazo de Presentaci\u00f3n\/Publicaci\u00f3n<\/td><td>Destinatario\/M\u00e9todo de Publicaci\u00f3n<\/td><td>Art\u00edculos Relacionados de la Ley\/Ordenanza del Gabinete<\/td><td>Consideraciones<\/td><\/tr><\/thead><tbody><tr><td>Informe de Negocios<\/td><td>Dentro de los 3 meses posteriores al final de cada a\u00f1o fiscal<\/td><td>Principio: Presentaci\u00f3n electr\u00f3nica a trav\u00e9s del sistema integrado. Si no es posible: presentaci\u00f3n en papel.<\/td><td>Art\u00edculo 63-8 de la Ley de Instrumentos Financieros y Cambio de Jap\u00f3n, Art\u00edculo 246-11 de la Ordenanza del Gabinete<\/td><td>Se requiere PC con sistema operativo en japon\u00e9s y formato Excel. Los operadores extranjeros pueden solicitar una extensi\u00f3n del plazo de presentaci\u00f3n.<\/td><\/tr><tr><td>Documentos Explicativos<\/td><td>Dentro de los 4 meses posteriores al final de cada a\u00f1o fiscal<\/td><td>Disponibles en la oficina principal de negocios o en el sitio web de la empresa. Puede sustituirse por una copia del informe de negocios.<\/td><td>Art\u00edculo 63-4, p\u00e1rrafo 3 de la Ley de Instrumentos Financieros y Cambio de Jap\u00f3n, Ordenanza del Gabinete<\/td><td>El objetivo es la divulgaci\u00f3n de informaci\u00f3n a los inversores y la garant\u00eda de transparencia.<\/td><\/tr><tr><td>Contenido de Nuevas Notificaciones\/Cambios<\/td><td>Inmediatamente despu\u00e9s de la notificaci\u00f3n<\/td><td>Disponibles en la oficina principal de negocios o en el sitio web de la empresa.<\/td><td>Art\u00edculo 63-8 de la Ley de Instrumentos Financieros y Cambio de Jap\u00f3n, Ordenanza del Gabinete<\/td><td>Se requiere la divulgaci\u00f3n r\u00e1pida de la informaci\u00f3n notificada.<\/td><\/tr><tr><td>Notificaci\u00f3n de Sucesi\u00f3n de Posici\u00f3n<\/td><td>Sin demora<\/td><td>Presentaci\u00f3n a la Oficina de Finanzas local, etc. (Principio: sistema integrado).<\/td><td>Art\u00edculo 241 de la Ordenanza del Gabinete<\/td><td>Necesario en caso de transferencia de negocios o fusi\u00f3n, entre otros.<\/td><\/tr><tr><td>Notificaci\u00f3n de Cese de Negocios, etc.<\/td><td>Sin demora<\/td><td>Presentaci\u00f3n a la Oficina de Finanzas local, etc. (Principio: sistema integrado).<\/td><td>Art\u00edculo 242 de la Ordenanza del Gabinete<\/td><td>En caso de cese total o parcial del negocio.<\/td><\/tr><tr><td>Notificaci\u00f3n de Disoluci\u00f3n<\/td><td>Sin demora<\/td><td>Presentaci\u00f3n a la Oficina de Finanzas local, etc. (Principio: sistema integrado).<\/td><td>Art\u00edculo 243 de la Ordenanza del Gabinete<\/td><td>En caso de disoluci\u00f3n de la corporaci\u00f3n.<\/td><\/tr><tr><td>Notificaci\u00f3n de Suspensi\u00f3n (o Reanudaci\u00f3n) de Operaciones<\/td><td>Sin demora<\/td><td>Presentaci\u00f3n a la Oficina de Finanzas local, etc. (Principio: sistema integrado).<\/td><td>Art\u00edculo 63-2, p\u00e1rrafo 3, \u00edtem 1 de la Ley de Instrumentos Financieros y Cambio de Jap\u00f3n<\/td><td>En caso de suspensi\u00f3n temporal o reanudaci\u00f3n de operaciones.<\/td><\/tr><tr><td>Notificaci\u00f3n de Dificultad para Continuar Operaciones<\/td><td>Sin demora<\/td><td>Presentaci\u00f3n a la Oficina de Finanzas local, etc. (Principio: sistema integrado).<\/td><td>Art\u00edculo 241-2, \u00edtem 1 de la Ordenanza del Gabinete<\/td><td>En caso de que la continuidad del negocio se vuelva extremadamente dif\u00edcil.<\/td><\/tr><tr><td>Notificaci\u00f3n de Violaci\u00f3n Legal por Parte de Directivos\/Empleados<\/td><td>Sin demora<\/td><td>Presentaci\u00f3n a la Oficina de Finanzas local, etc. (Principio: sistema integrado).<\/td><td>Art\u00edculos 241-2, \u00edtems 2, 4, 5 de la Ordenanza del Gabinete<\/td><td>En caso de que un directivo o empleado clave cometa una violaci\u00f3n legal.<\/td><\/tr><tr><td>Notificaci\u00f3n de Cambios en los Estatutos<\/td><td>Sin demora<\/td><td>Presentaci\u00f3n a la Oficina de Finanzas local, etc. (Principio: sistema integrado).<\/td><td>Art\u00edculo 241-2, \u00edtem 3 de la Ordenanza del Gabinete<\/td><td>En caso de cambios en el contenido de los estatutos.<\/td><\/tr><tr><td>Notificaci\u00f3n de Involucramiento en Litigios o Mediaciones<\/td><td>Sin demora<\/td><td>Presentaci\u00f3n a la Oficina de Finanzas local, etc. (Principio: sistema integrado).<\/td><td>Art\u00edculo 241-2, \u00edtem 6 de la Ordenanza del Gabinete<\/td><td>En caso de convertirse en parte de litigios o mediaciones, y al finalizar estos.<\/td><\/tr><tr><td>Notificaci\u00f3n de Sanciones Desfavorables Bajo Leyes Extranjeras<\/td><td>Sin demora<\/td><td>Presentaci\u00f3n a la Oficina de Finanzas local, etc. (Principio: sistema integrado).<\/td><td>Art\u00edculo 241-2, \u00edtem 7 de la Ordenanza del Gabinete<\/td><td>En caso de que una persona f\u00edsica o jur\u00eddica extranjera o con residencia en el extranjero reciba una sanci\u00f3n administrativa bajo leyes equivalentes a las leyes extranjeras.<\/td><\/tr><\/tbody><\/table><\/figure>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Destinatarios_y_Procedimientos_de_Presentacion\"><\/span>Destinatarios y Procedimientos de Presentaci\u00f3n<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>Los diversos avisos y reportes deben presentarse en la Oficina de Finanzas o en la Oficina Administrativa de Finanzas que tenga jurisdicci\u00f3n sobre la oficina principal de negocios o la oficina del declarante (una copia original y una copia) <sup><\/sup>.<\/p>\n\n\n\n<p>Es importante destacar que, en el caso de operadores extranjeros que no tienen una oficina o establecimiento en Jap\u00f3n, el lugar de presentaci\u00f3n se centraliza en la Secci\u00f3n de Supervisi\u00f3n de Valores No. 3 del Departamento de Administraci\u00f3n Financiera de la Oficina de Finanzas de Kanto. Este punto de presentaci\u00f3n diferenciado seg\u00fan la presencia o ausencia de una oficina de negocios en el pa\u00eds indica que las autoridades financieras japonesas han establecido un sistema de supervisi\u00f3n adaptado a la realidad y ubicaci\u00f3n de los operadores extranjeros. Las autoridades ajustan flexiblemente el sistema de supervisi\u00f3n seg\u00fan la presencia o ausencia de una ubicaci\u00f3n f\u00edsica del operador, con el fin de promover la entrada de operadores extranjeros mientras mantienen una supervisi\u00f3n efectiva. En particular, el sistema que establece a la Oficina de Finanzas de Kanto como el \u00fanico punto de contacto para operadores extranjeros sin una base en Jap\u00f3n, busca simplificar los procedimientos y facilitar el acceso desde el extranjero, al tiempo que tiene la intenci\u00f3n de mejorar la eficiencia de la supervisi\u00f3n de las actividades financieras internacionales.<\/p>\n\n\n\n<p>La presentaci\u00f3n se realiza en principio utilizando el Sistema Electr\u00f3nico de Solicitudes y Notificaciones de la Agencia de Servicios Financieros de Jap\u00f3n, pero en casos inevitables, tambi\u00e9n es posible la presentaci\u00f3n en papel.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, aunque el negocio especial para inversores extranjeros se basa en un &#8220;sistema de notificaci\u00f3n&#8221;, se aplican medidas estrictas en caso de violaciones de la ley.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Resumen_y_Consideraciones_Especiales\"><\/span>Resumen y Consideraciones Especiales<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n\n\n\n<p>El r\u00e9gimen especial para inversores extranjeros es un sistema innovador que fomenta la entrada de financiaci\u00f3n desde el extranjero y contribuye a la internacionalizaci\u00f3n del mercado financiero de Jap\u00f3n. Sin embargo, su &#8220;sistema de notificaci\u00f3n&#8221; no implica que la regulaci\u00f3n sea laxa. Por el contrario, el mantenimiento de una estructura organizativa continua despu\u00e9s de la notificaci\u00f3n, el cumplimiento de las regulaciones de conducta y el cumplimiento estricto de las obligaciones de informes y divulgaci\u00f3n son vitales para la continuidad del negocio en el mercado japon\u00e9s.<\/p>\n\n\n\n<p>En particular, existen puntos de atenci\u00f3n espec\u00edficos para operadores extranjeros, como los siguientes:<\/p>\n\n\n\n<ul>\n<li>Verificaci\u00f3n continua de la conformidad con la compleja definici\u00f3n de &#8220;inversores extranjeros, etc.&#8221;: Dado que los inversores son variados, es esencial un sistema para verificar y gestionar continuamente su elegibilidad.<\/li>\n\n\n\n<li>Obligaci\u00f3n de establecer una base f\u00edsica en el pa\u00eds: No se permiten oficinas virtuales, y es necesario establecer una oficina de operaciones con presencia f\u00edsica en el pa\u00eds. Esto representa una inversi\u00f3n inicial y una carga de costos continuos al iniciar el negocio.<\/li>\n\n\n\n<li>Adaptaci\u00f3n al sistema de informes electr\u00f3nicos basado en el sistema operativo en japon\u00e9s: El sistema de presentaci\u00f3n electr\u00f3nica de la Agencia de Servicios Financieros asume un entorno en japon\u00e9s, lo que podr\u00eda obligar a los operadores extranjeros a realizar adaptaciones adicionales o presentaciones ineficientes en papel.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La Ley de Instrumentos y Cambios Financieros de Jap\u00f3n y las leyes relacionadas son complejas, y su interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n requieren conocimientos especializados. Para que los notificantes del r\u00e9gimen especial para inversores extranjeros cumplan con sus obligaciones continuas, respeten los requisitos de informes y divulgaci\u00f3n y respondan a los riesgos potenciales de manera segura, se recomienda encarecidamente la colaboraci\u00f3n con abogados y consultores especializados en la legislaci\u00f3n financiera japonesa. Con la ayuda de expertos, es posible evitar riesgos imprevistos de incumplimiento legal y continuar con el negocio en el mercado japon\u00e9s de manera estable.<\/p>\n\n\n\n<p>Monolith Law Office posee una amplia experiencia en apoyar a una gran cantidad de clientes nacionales e internacionales en asuntos legales relacionados con la Ley de Instrumentos y Cambios Financieros de Jap\u00f3n. Nuestro despacho cuenta con varios abogados que poseen calificaciones legales extranjeras y hablan ingl\u00e9s, lo que nos permite explicar con precisi\u00f3n los complejos requisitos de la ley financiera japonesa en un contexto de negocios internacional y proporcionar asesoramiento pr\u00e1ctico. Estamos completamente equipados para apoyar a su empresa en Jap\u00f3n, asegurando que sus operaciones avancen sin problemas y en conformidad con la ley.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El mercado financiero de Jap\u00f3n est\u00e1 promoviendo pol\u00edticas para atraer inversiones extranjeras de manera activa, con el objetivo de establecer su posici\u00f3n como un centro financiero internacional. 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