{"id":71633,"date":"2025-10-10T23:21:25","date_gmt":"2025-10-10T14:21:25","guid":{"rendered":"https:\/\/monolith.law\/es\/?p=71633"},"modified":"2025-10-23T10:51:58","modified_gmt":"2025-10-23T01:51:58","slug":"labor-action-legality-japan","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/labor-action-legality-japan","title":{"rendered":"Acci\u00f3n colectiva en la legislaci\u00f3n laboral japonesa: la l\u00ednea divisoria entre protecci\u00f3n legal y &#8220;legitimidad&#8221;"},"content":{"rendered":"\n<p>En el marco del sistema de derecho laboral japon\u00e9s, el derecho a la acci\u00f3n colectiva de los trabajadores es uno de los derechos fundamentales garantizados por la Constituci\u00f3n de Jap\u00f3n. El Art\u00edculo 28 de la Constituci\u00f3n japonesa asegura a los trabajadores el derecho a la uni\u00f3n, a la negociaci\u00f3n colectiva y a la acci\u00f3n colectiva. Estos derechos constituyen la base para que los trabajadores negocien las condiciones laborales en igualdad de condiciones con los empleadores. Sin embargo, el ejercicio de este derecho a la acci\u00f3n colectiva, especialmente en casos de disputas como huelgas, no es ilimitado. Para que dicha acci\u00f3n est\u00e9 legalmente protegida, es absolutamente necesario que se considere &#8216;justa&#8217;. Si se determina que la acci\u00f3n colectiva excede los l\u00edmites de la &#8216;justicia&#8217;, pierde su protecci\u00f3n legal y los sindicatos o miembros participantes pueden enfrentar responsabilidades por da\u00f1os civiles, sanciones penales o incluso medidas disciplinarias por parte de la empresa. Por lo tanto, para los gerentes Negocios y los profesionales legales, es de suma importancia comprender con precisi\u00f3n cu\u00e1les acciones colectivas se consideran &#8216;justas&#8217; y cu\u00e1les exceden esos l\u00edmites, desde el punto de vista de la gesti\u00f3n laboral y la gesti\u00f3n de riesgos. Esta l\u00ednea divisoria no solo se forma a trav\u00e9s de los art\u00edculos de la ley, sino tambi\u00e9n por la acumulaci\u00f3n de precedentes judiciales a lo largo de los a\u00f1os. En este art\u00edculo, organizamos los conceptos b\u00e1sicos de la acci\u00f3n colectiva bajo la ley laboral japonesa y explicamos el contenido de la protecci\u00f3n legal otorgada a las acciones colectivas justas, analizando en detalle los criterios espec\u00edficos para determinar la justicia de la acci\u00f3n colectiva, centrados en los precedentes judiciales. &nbsp;<\/p>\n\n\n\n<div id=\"ez-toc-container\" class=\"ez-toc-v2_0_53 counter-hierarchy ez-toc-counter ez-toc-grey ez-toc-container-direction\">\n<div class=\"ez-toc-title-container\">\n<span class=\"ez-toc-title-toggle\"><\/span><\/div>\n<nav><ul class='ez-toc-list ez-toc-list-level-1 ' ><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-1\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/labor-action-legality-japan\/#Conceptos_Basicos_de_la_Accion_Colectiva_bajo_la_Ley_Laboral_Japonesa\" title=\"Conceptos B\u00e1sicos de la Acci\u00f3n Colectiva bajo la Ley Laboral Japonesa\">Conceptos B\u00e1sicos de la Acci\u00f3n Colectiva bajo la Ley Laboral Japonesa<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-2\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/labor-action-legality-japan\/#Proteccion_legal_de_las_acciones_colectivas_legitimas_en_Japon\" title=\"Protecci\u00f3n legal de las acciones colectivas leg\u00edtimas en Jap\u00f3n\">Protecci\u00f3n legal de las acciones colectivas leg\u00edtimas en Jap\u00f3n<\/a><ul class='ez-toc-list-level-3'><li class='ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-3\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/labor-action-legality-japan\/#Exencion_de_responsabilidad_penal\" title=\"Exenci\u00f3n de responsabilidad penal\">Exenci\u00f3n de responsabilidad penal<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-4\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/labor-action-legality-japan\/#Exencion_de_responsabilidad_civil\" title=\"Exenci\u00f3n de responsabilidad civil\">Exenci\u00f3n de responsabilidad civil<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-5\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/labor-action-legality-japan\/#Prohibicion_de_tratos_desfavorables\" title=\"Prohibici\u00f3n de tratos desfavorables\">Prohibici\u00f3n de tratos desfavorables<\/a><\/li><\/ul><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-6\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/labor-action-legality-japan\/#Criterios_para_determinar_la_legitimidad_de_la_accion_colectiva_bajo_la_ley_japonesa\" title=\"Criterios para determinar la legitimidad de la acci\u00f3n colectiva bajo la ley japonesa\">Criterios para determinar la legitimidad de la acci\u00f3n colectiva bajo la ley japonesa<\/a><ul class='ez-toc-list-level-3'><li class='ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-7\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/labor-action-legality-japan\/#Legitimidad_del_Sujeto_Actuante\" title=\"Legitimidad del Sujeto Actuante\">Legitimidad del Sujeto Actuante<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-8\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/labor-action-legality-japan\/#Legitimidad_del_Proposito\" title=\"Legitimidad del Prop\u00f3sito\">Legitimidad del Prop\u00f3sito<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-9\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/labor-action-legality-japan\/#Legitimidad_del_Procedimiento\" title=\"Legitimidad del Procedimiento\">Legitimidad del Procedimiento<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-3'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-10\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/labor-action-legality-japan\/#Legitimidad_de_los_Medios_y_Modos_de_Actuacion\" title=\"Legitimidad de los Medios y Modos de Actuaci\u00f3n\">Legitimidad de los Medios y Modos de Actuaci\u00f3n<\/a><\/li><\/ul><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-11\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/labor-action-legality-japan\/#Consecuencias_legales_de_las_acciones_colectivas_sin_justificacion_bajo_la_ley_japonesa\" title=\"Consecuencias legales de las acciones colectivas sin justificaci\u00f3n bajo la ley japonesa\">Consecuencias legales de las acciones colectivas sin justificaci\u00f3n bajo la ley japonesa<\/a><\/li><li class='ez-toc-page-1 ez-toc-heading-level-2'><a class=\"ez-toc-link ez-toc-heading-12\" href=\"https:\/\/monolith.law\/es\/general-corporate\/labor-action-legality-japan\/#Resumen\" title=\"Resumen\">Resumen<\/a><\/li><\/ul><\/nav><\/div>\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Conceptos_Basicos_de_la_Accion_Colectiva_bajo_la_Ley_Laboral_Japonesa\"><\/span>Conceptos B\u00e1sicos de la Acci\u00f3n Colectiva bajo la Ley Laboral Japonesa<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n\n\n\n<p>El &#8220;derecho a la acci\u00f3n colectiva&#8221;, garantizado por el Art\u00edculo 28 de la Constituci\u00f3n de Jap\u00f3n, es un concepto que abarca una variedad de actividades llevadas a cabo por los sindicatos para alcanzar sus objetivos. Estas actividades se pueden clasificar en dos categor\u00edas principales seg\u00fan su naturaleza y el grado de impacto en las operaciones Negocios: &#8220;actividades sindicales&#8221; y &#8220;actos de disputa&#8221;. &nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En primer lugar, las &#8220;actividades sindicales&#8221; se refieren a las actividades cotidianas de un sindicato que no son actos de disputa. Esto incluye, espec\u00edficamente, la celebraci\u00f3n de asambleas de miembros, actividades de divulgaci\u00f3n a trav\u00e9s de la distribuci\u00f3n de folletos, la publicaci\u00f3n de revistas sindicales o el uso de insignias sindicales. Estas actividades generalmente no obstaculizan directamente la gesti\u00f3n de las operaciones Negocios, pero cuando se llevan a cabo dentro de las instalaciones de la empresa, pueden surgir problemas de coordinaci\u00f3n con el derecho de gesti\u00f3n de instalaciones del empleador. &nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En segundo lugar, los &#8220;actos de disputa&#8221; se refieren a acciones realizadas por sindicatos con el prop\u00f3sito de obstaculizar el funcionamiento normal de las operaciones Negocios para hacer valer sus demandas. Estos constituyen el n\u00facleo del derecho a la acci\u00f3n colectiva y tienen la intenci\u00f3n de ejercer presi\u00f3n econ\u00f3mica sobre el empleador para avanzar favorablemente en las negociaciones colectivas. La Ley de Sindicatos Laborales de Jap\u00f3n define los actos de disputa como &#8220;huelgas, sabotaje, cierres patronales y otros actos realizados por las partes en una relaci\u00f3n laboral con el prop\u00f3sito de hacer valer sus afirmaciones y que obstaculizan el funcionamiento normal de las operaciones&#8221;. Los actos de disputa t\u00edpicos incluyen los siguientes: &nbsp;<\/p>\n\n\n\n<ul>\n<li>Huelga (huelga de solidaridad): Acto en el que los trabajadores se unen para rechazar colectivamente la prestaci\u00f3n de trabajo. &nbsp;<\/li>\n\n\n\n<li>Sabotaje: Acto en el que los trabajadores intencionalmente reducen la eficiencia de las operaciones. &nbsp;<\/li>\n\n\n\n<li>Piqueteo: Acto de vigilancia en las entradas y salidas de los lugares de trabajo para asegurar la efectividad de la huelga, llamando a otros trabajadores y clientes a apoyar la huelga. &nbsp;<\/li>\n\n\n\n<li>Ocupaci\u00f3n del lugar de trabajo: Acto en el que los trabajadores se unen para permanecer en el lugar de trabajo y excluir parcial o totalmente la gesti\u00f3n del empleador. &nbsp;<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Estos actos de disputa tienen un impacto directo en la producci\u00f3n y la prestaci\u00f3n de servicios de la empresa, por lo que su legitimidad se juzga mucho m\u00e1s estrictamente en comparaci\u00f3n con las actividades sindicales. Al evaluar el riesgo legal, el primer paso es determinar con precisi\u00f3n si la acci\u00f3n del sindicato se mantiene dentro del alcance de las &#8220;actividades sindicales&#8221; cotidianas o si constituye un &#8220;acto de disputa&#8221; con la intenci\u00f3n de obstaculizar las operaciones.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Proteccion_legal_de_las_acciones_colectivas_legitimas_en_Japon\"><\/span>Protecci\u00f3n legal de las acciones colectivas leg\u00edtimas en Jap\u00f3n<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n\n\n\n<p>La ley laboral japonesa otorga una fuerte protecci\u00f3n legal a las acciones colectivas llevadas a cabo por sindicatos cuando estas son reconocidas como &#8220;leg\u00edtimas&#8221;. Esta protecci\u00f3n se basa en tres pilares: la exenci\u00f3n de responsabilidad penal, la exenci\u00f3n de responsabilidad civil y la prohibici\u00f3n de tratos desfavorables. Estas protecciones no se aplican a las acciones colectivas que no cumplen con los requisitos de legitimidad. En otras palabras, la &#8220;legitimidad&#8221; act\u00faa como un interruptor legal que determina si estas protecciones legales se activan o no. &nbsp;<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Exencion_de_responsabilidad_penal\"><\/span>Exenci\u00f3n de responsabilidad penal<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>La primera protecci\u00f3n es la exenci\u00f3n de responsabilidad penal. El Art\u00edculo 1, P\u00e1rrafo 2 de la Ley de Sindicatos Laborales de Jap\u00f3n aplica las disposiciones de &#8220;actos leg\u00edtimos&#8221; establecidas en el Art\u00edculo 35 del C\u00f3digo Penal de Jap\u00f3n a las acciones colectivas leg\u00edtimas. Por ejemplo, incluso si una huelga interfiere con las operaciones de una empresa, no se constituir\u00e1 un delito de obstrucci\u00f3n de negocios por coacci\u00f3n (Art\u00edculo 234 del C\u00f3digo Penal de Jap\u00f3n) siempre que la acci\u00f3n sea una disputa leg\u00edtima. De manera similar, ingresar a las instalaciones de una empresa para realizar piquetes leg\u00edtimos o asambleas en el lugar de trabajo no se considerar\u00e1 un delito de allanamiento de morada (Art\u00edculo 130 del C\u00f3digo Penal de Jap\u00f3n). Sin embargo, esta exenci\u00f3n penal tiene l\u00edmites claros, y la provisi\u00f3n del Art\u00edculo 1, P\u00e1rrafo 2 de la Ley de Sindicatos Laborales de Jap\u00f3n establece que &#8220;en ning\u00fan caso, el uso de la violencia puede interpretarse como una acci\u00f3n leg\u00edtima de un sindicato&#8221;, dejando en claro que los actos de violencia est\u00e1n completamente excluidos de la protecci\u00f3n. &nbsp;<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Exencion_de_responsabilidad_civil\"><\/span>Exenci\u00f3n de responsabilidad civil<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>La segunda protecci\u00f3n es la exenci\u00f3n de responsabilidad civil por da\u00f1os y perjuicios. El Art\u00edculo 8 de la Ley de Sindicatos Laborales de Jap\u00f3n establece que &#8220;el empleador no puede reclamar compensaci\u00f3n a los sindicatos o sus miembros por da\u00f1os sufridos debido a una huelga de solidaridad u otras acciones de disputa leg\u00edtimas&#8221;. Las huelgas y el incumplimiento del trabajo constituyen un incumplimiento del deber de proveer trabajo bajo el contrato laboral, y normalmente el empleador podr\u00eda reclamar da\u00f1os y perjuicios al trabajador. Sin embargo, si la acci\u00f3n de disputa es reconocida como leg\u00edtima, este art\u00edculo niega el derecho del empleador a reclamar compensaci\u00f3n. Esto permite que los sindicatos y sus miembros ejerzan sus derechos sin incurrir en responsabilidad legal por p\u00e9rdidas de beneficios operativos u otros da\u00f1os que puedan surgir en la empresa. &nbsp;<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Prohibicion_de_tratos_desfavorables\"><\/span>Prohibici\u00f3n de tratos desfavorables<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>La tercera protecci\u00f3n es contra los tratos desfavorables basados en la participaci\u00f3n en acciones colectivas leg\u00edtimas. El Art\u00edculo 7, Inciso 1 de la Ley de Sindicatos Laborales de Jap\u00f3n proh\u00edbe a los empleadores despedir a trabajadores o tratarlos de manera desfavorable por ser miembros de un sindicato o por realizar actos leg\u00edtimos de un sindicato, calific\u00e1ndolo como &#8220;acto laboral injusto&#8221;. Por lo tanto, no se permite que un empleador tome medidas disciplinarias contra un empleado o lo trate de manera desfavorable en las evaluaciones de personal por participar en una huelga leg\u00edtima o por realizar actividades sindicales leg\u00edtimas. Esta disposici\u00f3n es una medida de protecci\u00f3n importante para que los trabajadores puedan ejercer efectivamente su derecho a la acci\u00f3n colectiva garantizado por la Constituci\u00f3n sin temor a represalias por parte del empleador. &nbsp;<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Criterios_para_determinar_la_legitimidad_de_la_accion_colectiva_bajo_la_ley_japonesa\"><\/span>Criterios para determinar la legitimidad de la acci\u00f3n colectiva bajo la ley japonesa<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n\n\n\n<p>La posibilidad de que una acci\u00f3n colectiva goce de la protecci\u00f3n legal mencionada anteriormente depende de si la acci\u00f3n es &#8220;leg\u00edtima&#8221;. Los tribunales japoneses, al evaluar la legitimidad de una acci\u00f3n colectiva, en particular de un acto de disputa, no se basan en un \u00fanico criterio, sino que realizan una evaluaci\u00f3n integral a partir de cuatro aspectos: \u2460 el sujeto, \u2461 el objetivo, \u2462 el procedimiento y \u2463 los medios y la manera de actuar. Si se determina que falta legitimidad en cualquiera de estos elementos, existe la posibilidad de que toda la acci\u00f3n colectiva sea considerada ilegal.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Legitimidad_del_Sujeto_Actuante\"><\/span>Legitimidad del Sujeto Actuante<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>El sujeto de un acto de disputa debe ser, en principio, un sindicato laboral que pueda ser parte en la negociaci\u00f3n colectiva. Adem\u00e1s, dicho acto de disputa debe llevarse a cabo a trav\u00e9s de una decisi\u00f3n institucional formal, como se define en los estatutos del sindicato (por ejemplo, una decisi\u00f3n tomada por votaci\u00f3n de los miembros). Los llamados &#8220;huelgas salvajes&#8221;, realizadas por un grupo, como la junta ejecutiva del sindicato, sin basarse en la voluntad de la totalidad del sindicato, no son reconocidas por su legitimidad y se consideran ilegales bajo la ley laboral japonesa.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Legitimidad_del_Proposito\"><\/span>Legitimidad del Prop\u00f3sito<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>El prop\u00f3sito de las acciones de disputa, como huelgas, debe estar relacionado con asuntos que pueden resolverse mediante negociaciones colectivas, tales como el mantenimiento o mejora de salarios, horas de trabajo y otras condiciones laborales. Las acciones de disputa que se desv\u00edan de este prop\u00f3sito carecen de legitimidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Un caso particularmente problem\u00e1tico es el de las &#8220;huelgas pol\u00edticas&#8221;, que se llevan a cabo para protestar o apoyar pol\u00edticas gubernamentales o la creaci\u00f3n o modificaci\u00f3n de leyes. La Corte Suprema de Jap\u00f3n ha negado consistentemente la legitimidad de las huelgas con prop\u00f3sitos pol\u00edticos. Esto se debe a que el objetivo de sus demandas es el estado o las entidades p\u00fablicas locales, y no son problemas que se puedan resolver a trav\u00e9s de negociaciones colectivas con los empleadores. En el fallo del caso Zen-Nohrin Keishokuho de 1973 (1973), la Corte Suprema consider\u00f3 ilegal la participaci\u00f3n en una asamblea en el lugar de trabajo por parte de un sindicato de empleados p\u00fablicos en oposici\u00f3n a una reforma legislativa. Asimismo, en el sector privado, en el fallo del caso Mitsubishi Heavy Industries Nagasaki Shipyard de 1992 (1992), la Corte Suprema calific\u00f3 una huelga en protesta por la llegada de un barco de energ\u00eda nuclear como una acci\u00f3n con un &#8220;prop\u00f3sito pol\u00edtico no directamente relacionado con la mejora de la posici\u00f3n econ\u00f3mica de los trabajadores&#8221;. Por lo tanto, se determin\u00f3 que estaba fuera del alcance de la protecci\u00f3n del Art\u00edculo 28 de la Constituci\u00f3n de Jap\u00f3n y se reconoci\u00f3 como v\u00e1lida la sanci\u00f3n disciplinaria de la empresa contra los oficiales sindicales que dirigieron la huelga.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, las huelgas del tipo &#8220;autoejecuci\u00f3n&#8221;, en las que el sindicato intenta lograr sus demandas unilateralmente a trav\u00e9s de acciones de disputa en lugar de llegar a un acuerdo mediante negociaciones colectivas, tambi\u00e9n carecen de legitimidad en su prop\u00f3sito. En el caso de la Universidad de Lenguas Extranjeras de Kansai de 2021 (2021), el Tribunal Superior de Osaka determin\u00f3 que la negativa unilateral de los profesores universitarios a impartir m\u00e1s clases de las que el sindicato demandaba, debido a un estancamiento en las negociaciones (huelga selectiva), se desviaba del prop\u00f3sito de fomentar la negociaci\u00f3n colectiva y ejecutaba las demandas del sindicato por su propia cuenta. Por lo tanto, se neg\u00f3 la legitimidad de la acci\u00f3n y se consider\u00f3 v\u00e1lida la sanci\u00f3n disciplinaria impuesta por la universidad.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Legitimidad_del_Procedimiento\"><\/span>Legitimidad del Procedimiento<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>Los procedimientos previos al inicio de una acci\u00f3n de disputa tambi\u00e9n son un elemento crucial en la evaluaci\u00f3n de su legitimidad. Los procedimientos que contravienen los principios de buena fe entre empleador y empleado pueden causar la p\u00e9rdida de legitimidad de la acci\u00f3n de disputa.<\/p>\n\n\n\n<p>Un ejemplo t\u00edpico es la violaci\u00f3n del &#8220;deber de paz&#8221; establecido en un convenio colectivo de trabajo. Es com\u00fan que los convenios colectivos incluyan una &#8220;cl\u00e1usula de paz&#8221;, que estipula que no se llevar\u00e1n a cabo acciones de disputa sobre ciertos asuntos durante la vigencia del convenio. Las acciones de disputa que violan esta cl\u00e1usula constituyen un incumplimiento de las obligaciones del convenio y su legitimidad es negada. En el fallo del caso K\u014dnan Bus de 1968 (\u662d\u548c43\u5e74), la Corte Suprema de Jap\u00f3n present\u00f3 un marco de decisi\u00f3n que indica que las acciones de disputa que violan el deber de paz carecen de legitimidad y, por lo tanto, las sanciones disciplinarias impuestas a quienes participaron en ellas pueden ser permitidas. Esto demuestra que la violaci\u00f3n del deber de paz no es solo un incumplimiento contractual, sino un elemento importante que afecta la evaluaci\u00f3n legal de la acci\u00f3n de disputa en s\u00ed.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, los &#8220;huelgas sorpresa&#8221; realizadas sin ning\u00fan tipo de preaviso al empleador tambi\u00e9n plantean problemas de legitimidad del procedimiento. El hecho de no dar aviso no implica inmediatamente que sea ilegal, pero si esto causa da\u00f1os imprevistos y significativos a la gesti\u00f3n empresarial del empleador, puede ser considerado una violaci\u00f3n de los principios de buena fe y su legitimidad puede ser negada. En particular, en negocios de alta importancia p\u00fablica, este juicio se vuelve m\u00e1s estricto. En el caso del sindicato de trabajadores de veh\u00edculos de motor de la National Railways de Chiba en 2001 (\u5e73\u621013\u5e74), el Tribunal Superior de Tokio determin\u00f3 que, a pesar de que la compa\u00f1\u00eda ferroviaria hab\u00eda anunciado la hora de inicio de la huelga, el hecho de adelantar la huelga 12 horas con solo un aviso de 5 minutos antes, causando la cancelaci\u00f3n de numerosos trenes y una confusi\u00f3n social significativa, era una acci\u00f3n ilegal y carente de legitimidad.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Legitimidad_de_los_Medios_y_Modos_de_Actuacion\"><\/span>Legitimidad de los Medios y Modos de Actuaci\u00f3n<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h3>\n\n\n\n<p>Los medios y m\u00e9todos espec\u00edficos de una acci\u00f3n de disputa tambi\u00e9n deben estar dentro de los l\u00edmites socialmente aceptables. En particular, las acciones que infringen los derechos de propiedad o la libertad personal del empleador exceden los l\u00edmites de la legitimidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Como lo estipula el Art\u00edculo 1, P\u00e1rrafo 2 de la Ley de Sindicatos Laborales de Jap\u00f3n (\u65e5\u672c\u306e\u52b4\u50cd\u7d44\u5408\u6cd5), bajo ninguna circunstancia se justifican los actos de violencia. En cuanto al piqueteo, se considera leg\u00edtimo siempre y cuando se mantenga dentro del \u00e1mbito de actividades pac\u00edficas de persuasi\u00f3n; sin embargo, el uso de la fuerza f\u00edsica para impedir el acceso de personas o bloquear el tr\u00e1nsito de veh\u00edculos, como formar escraches, se considera un ejercicio de poder que constituye una obstrucci\u00f3n de negocios y carece de legitimidad.<\/p>\n\n\n\n<p>La &#8220;ocupaci\u00f3n del lugar de trabajo&#8221; por parte de los empleados, donde se toma posesi\u00f3n de las instalaciones del empleador, o la &#8220;gesti\u00f3n de la producci\u00f3n&#8221;, donde los trabajadores realizan actividades de producci\u00f3n en lugar del empresario, se consideran infracciones muy graves contra los derechos de propiedad del empleador. En el fallo del caso de la Estaci\u00f3n de Kurume de la National Railway Workers&#8217; Union (\u56fd\u52b4\u4e45\u7559\u7c73\u99c5\u4e8b\u4ef6) de 1973 (1973), la Corte Suprema de Jap\u00f3n determin\u00f3 que la ocupaci\u00f3n de la sala de se\u00f1ales, el coraz\u00f3n de las operaciones ferroviarias, por parte de los miembros del sindicato durante una huelga, exclu\u00eda el derecho de gesti\u00f3n de las instalaciones del empleador y exced\u00eda los l\u00edmites de una acci\u00f3n de disputa leg\u00edtima. De manera similar, la gesti\u00f3n de la producci\u00f3n, donde los trabajadores excluyen al empresario y toman posesi\u00f3n de las instalaciones de la f\u00e1brica para llevar a cabo de manera aut\u00f3noma todo, desde la producci\u00f3n hasta la venta, es un acto que niega el derecho de gesti\u00f3n del empleador en s\u00ed, y su legitimidad ha sido consistentemente negada en la jurisprudencia. Estos casos judiciales demuestran una l\u00ednea clara en las decisiones judiciales que el derecho a la acci\u00f3n colectiva garantiza el &#8220;derecho a no proveer trabajo&#8221; y no el &#8220;derecho a controlar la propiedad de otros&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Consecuencias_legales_de_las_acciones_colectivas_sin_justificacion_bajo_la_ley_japonesa\"><\/span>Consecuencias legales de las acciones colectivas sin justificaci\u00f3n bajo la ley japonesa<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n\n\n\n<p>Cuando las acciones colectivas de un sindicato no cumplen con ninguno de los criterios de justificaci\u00f3n que hemos visto hasta ahora y se consideran ilegales, el sindicato y los miembros participantes pierden completamente la protecci\u00f3n legal, y el empleador puede tomar varias medidas legales en respuesta.<\/p>\n\n\n\n<p>En primer lugar, el empleador puede reclamar da\u00f1os y perjuicios al sindicato por actos il\u00edcitos debido a las p\u00e9rdidas sufridas por la acci\u00f3n colectiva ilegal. Al perder la protecci\u00f3n de la inmunidad civil, los da\u00f1os que tienen una relaci\u00f3n causal con la conducta ilegal, como las ganancias perdidas debido a la huelga, los costos de asegurar personal de reemplazo y los gastos de reparaci\u00f3n de equipos da\u00f1ados, pueden ser objeto de compensaci\u00f3n. En el caso del sindicato de trabajadores de veh\u00edculos de motor de la National Railways de Chiba, el tribunal orden\u00f3 al sindicato pagar m\u00e1s de 12 millones de yenes en da\u00f1os y perjuicios. En algunos casos, los l\u00edderes sindicales individuales que desempe\u00f1aron un papel principal tambi\u00e9n pueden ser responsabilizados.<\/p>\n\n\n\n<p>En segundo lugar, el empleador puede imponer sanciones disciplinarias a los empleados que participaron en la acci\u00f3n colectiva ilegal, de acuerdo con las normas de empleo. Mientras que la participaci\u00f3n en acciones de disputa leg\u00edtimas est\u00e1 protegida contra pr\u00e1cticas laborales injustas, la participaci\u00f3n en acciones sin justificaci\u00f3n se considera como un simple abandono del lugar de trabajo, incumplimiento de \u00f3rdenes de trabajo o una conducta que perturba el orden corporativo. Por lo tanto, sanciones como amonestaciones, reducci\u00f3n de salario, suspensi\u00f3n de empleo y, dependiendo de la gravedad del caso, incluso despido disciplinario pueden ser legalmente v\u00e1lidas. Como muestran las decisiones en los casos de Mitsubishi Heavy Industries Nagasaki Shipyard y Kansai Gaidai University, los tribunales han considerado v\u00e1lidas las sanciones disciplinarias contra empleados que lideraron o participaron en acciones de disputa injustas.<\/p>\n\n\n\n<p>En tercer lugar, al perder la protecci\u00f3n de la inmunidad penal, los participantes pueden ser objeto de sanciones penales dependiendo de la naturaleza de la acci\u00f3n. Por ejemplo, los actos de violencia pueden resultar en cargos por delitos de asalto o lesiones, y la ocupaci\u00f3n exclusiva del lugar de trabajo o el piqueteo por la fuerza pueden conllevar riesgos de ser procesados por delitos como obstrucci\u00f3n de negocios por intimidaci\u00f3n o entrada ilegal en edificios.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><span class=\"ez-toc-section\" id=\"Resumen\"><\/span>Resumen<span class=\"ez-toc-section-end\"><\/span><\/h2>\n\n\n\n<p>La ley laboral japonesa protege de manera significativa el derecho a la acci\u00f3n colectiva de los trabajadores como un derecho importante bajo la Constituci\u00f3n. Sin embargo, esta protecci\u00f3n no es incondicional y se otorga a trav\u00e9s de un filtro estricto de &#8220;legitimidad&#8221;. Como muestran los numerosos casos judiciales analizados en este art\u00edculo, los tribunales japoneses mantienen una posici\u00f3n consistente de no reconocer la protecci\u00f3n legal a las acciones colectivas que exceden el prop\u00f3sito de las condiciones laborales, proceden de manera desleal o cuyos medios infringen los derechos esenciales del empleador. Desde la perspectiva de la gesti\u00f3n empresarial, es esencial analizar de manera objetiva y serena, bas\u00e1ndose en precedentes judiciales, si la acci\u00f3n de un sindicato se encuentra dentro del rango de legitimidad o si se desv\u00eda de \u00e9l. Determinar la presencia o ausencia de legitimidad es el primer paso para juzgar la validez legal de medidas contrarias, como reclamaciones por da\u00f1os y perjuicios o sanciones disciplinarias, y para proteger los derechos leg\u00edtimos de la empresa.<\/p>\n\n\n\n<p>Monolith Law Office tiene un amplio historial de \u00e9xito en la gesti\u00f3n de disputas laborales relacionadas con la acci\u00f3n colectiva tratada en este art\u00edculo para numerosos clientes en Jap\u00f3n. Nuestra firma cuenta con abogados calificados en Jap\u00f3n, as\u00ed como con hablantes de ingl\u00e9s que poseen calificaciones legales extranjeras, lo que nos permite proporcionar servicios legales claros y estrat\u00e9gicos en asuntos laborales japoneses complejos que enfrentan las empresas con operaciones internacionales. Ofrecemos apoyo en todas las etapas, incluyendo la negociaci\u00f3n con sindicatos, la evaluaci\u00f3n legal de la acci\u00f3n colectiva y la formulaci\u00f3n de estrategias de respuesta espec\u00edficas en caso de surgir disputas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el marco del sistema de derecho laboral japon\u00e9s, el derecho a la acci\u00f3n colectiva de los trabajadores es uno de los derechos fundamentales garantizados por la Constituci\u00f3n de Jap\u00f3n. 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