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Protección legal de las obras derivadas en la ley de derechos de autor de Japón: Una explicación sobre edición, bases de datos y obras secundarias

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Protección legal de las obras derivadas en la ley de derechos de autor de Japón: Una explicación sobre edición, bases de datos y obras secundarias

En el entorno empresarial moderno, la información y el contenido existente son activos fundamentales para las empresas. La creación de nuevo valor a menudo implica el uso, la reorganización o la transformación de estos activos existentes. Sin embargo, este proceso está regulado por un marco legal complejo. En particular, la Ley de Derechos de Autor de Japón establece disposiciones detalladas para la protección de obras derivadas de materiales existentes. Comprender este marco legal no es solo una búsqueda académica, sino un elemento crucial de la gestión de riesgos y la estrategia de propiedad intelectual para todas las empresas que operan en Japón. Este artículo se centra en tres categorías principales para explicar cómo la Ley de Derechos de Autor japonesa protege las obras creadas a partir de obras e información existentes. En primer lugar, las “obras compuestas” donde se crea valor a través de la selección y disposición de materiales. En segundo lugar, las “obras de bases de datos”, que son el equivalente en la era digital y se centran en la construcción sistemática de información. Y en tercer lugar, las “obras derivadas”, que se crean adaptando o transformando obras existentes. Cada una de estas categorías tiene diferentes requisitos y alcances de protección. Por ejemplo, ¿cómo puede una simple colección de datos convertirse en un activo protegido legalmente a través de la innovación? O ¿en qué momento una nueva obra basada en una existente se reconoce como una obra independiente sin infringir los derechos de la obra original? Las respuestas a estas preguntas tienen un impacto directo en la estrategia de contenido de las empresas, el uso de datos y la celebración de contratos de licencia. Comprender profundamente estas categorías, sus requisitos individuales para la protección y las complejas relaciones de derechos relacionadas es esencial para proteger las creaciones propias de una empresa y evitar infringir los derechos de terceros.

Conceptos Básicos de ‘Obra’ en la Ley de Derechos de Autor de Japón

Antes de adentrarnos en la discusión sobre obras derivadas, es esencial comprender la definición básica de ‘obra’ que la Ley de Derechos de Autor de Japón protege. Esta definición es el punto de partida de toda protección de derechos de autor y constituye la condición fundamental para que las obras de las categorías que se mencionarán más adelante estén protegidas.

El Artículo 2, Párrafo 1, Inciso 1 de la Ley de Derechos de Autor de Japón define ‘obra’ como “creaciones que expresan ideas o sentimientos de manera creativa y que pertenecen al ámbito de la literatura, la ciencia, el arte o la música”. Esta definición se puede desglosar en cuatro elementos importantes.

En primer lugar, debe incluir “ideas o sentimientos”. Esto excluye los hechos o datos en sí mismos como obras. En segundo lugar, debe ser algo expresado “de manera creativa”. Aquí, la “creatividad” significa que basta con que se refleje alguna individualidad del autor, sin que necesariamente se requiera novedad o un alto grado de arte. En tercer lugar, debe ser algo “expresado”. Esto refleja el principio básico de la “dualidad idea-expresión” en la ley de derechos de autor, donde se protege la expresión concreta, mientras que la idea o concepto subyacente queda fuera de la protección. En cuarto lugar, debe pertenecer al ámbito de la “literatura, la ciencia, el arte o la música”. Este ámbito se interpreta de manera amplia, y el Artículo 10 de la Ley de Derechos de Autor de Japón enumera ejemplos de obras como novelas, música, pinturas y edificaciones.

La definición de ‘obra’ no es meramente formal. La creatividad en la disposición de una obra compilada o la creatividad en la adaptación de una obra derivada también se juzga finalmente según este criterio de “creaciones que expresan ideas o sentimientos de manera creativa”. Por ejemplo, una lista que simplemente organiza información en orden alfabético no está protegida como obra compilada porque no existe una disposición “creativa” que refleje la individualidad del autor. Comprender este concepto básico es el primer paso para captar con precisión la naturaleza legal de las obras derivadas.

Protección de la Colección de Materiales como Propiedad Intelectual: Obras Editadas Bajo la Ley Japonesa

En el curso de sus actividades comerciales, muchas empresas recopilan y organizan una gran cantidad de información. Aunque esta información en sí misma no sea una obra protegida por derechos de autor, su colección y organización bajo un propósito específico puede generar una propiedad intelectual legalmente protegida. Este es el concepto de “obras editadas”.

El Artículo 12, Párrafo 1 de la Ley de Derechos de Autor de Japón (日本の著作権法) establece que las obras editadas “que no sean bases de datos y que tengan creatividad debido a la selección o disposición de su material, serán protegidas como obras de autor”. Lo importante aquí es que el objeto de protección no son los “materiales” individuales, sino la “selección o disposición de los materiales” y su creatividad. Por lo tanto, los materiales que componen la obra editada no necesitan ser obras de autor en sí mismos; pueden ser simples hechos, datos o incluso obras del dominio público cuyos derechos de autor hayan expirado.

En la jurisprudencia, cómo se juzga esta “creatividad en la selección o disposición de los materiales” es de suma importancia. Un caso líder en este aspecto es el “Caso de las Páginas Amarillas de NTT”. En este caso, el tribunal reconoció las “Páginas Amarillas”, un directorio telefónico clasificado por profesiones, como una obra editada. La base para reconocer la creatividad no fue en los datos individuales como números de teléfono o nombres, sino en el sistema de clasificación profesional jerárquico diseñado con el propósito de facilitar la búsqueda de los usuarios. Este sistema de clasificación no era simplemente un arreglo mecánico, sino que se consideró que tenía creatividad debido a la “invención única” basada en una política editorial. En contraste, el directorio telefónico “Páginas Blancas”, que simplemente listaba nombres en orden alfabético, no fue considerado una obra editada debido a la falta de creatividad en su disposición.

Este caso proporciona implicaciones estratégicas importantes para las empresas. Incluso si se recopilan datos públicos que no están protegidos por sí mismos, como estadísticas de mercado o información de clientes, si se organizan y disponen utilizando una perspectiva única o un eje de clasificación, la colección de información resultante puede ser protegida como una “obra editada”, una nueva forma de propiedad intelectual. Esto significa que las empresas pueden crear activos únicos con ventajas competitivas no solo poseyendo datos, sino también invirtiendo intelectualmente en su estructuración.

Acumulación de Información en la Era Digital: La Obra de Base de Datos Bajo la Ley Japonesa

La adaptación del concepto de obra editorial al mundo digital ha dado lugar a la “obra de base de datos”. Con la búsqueda y utilización de información a través de computadoras convirtiéndose en algo común, la ley de derechos de autor de Japón ha establecido disposiciones especiales para proteger las bases de datos.

El artículo 12-2, párrafo 1 de la ley de derechos de autor japonesa establece que “una base de datos que, por la selección o la organización sistemática de la información, posee originalidad, será protegida como una obra”. Además, el artículo 2, párrafo 1, ítem 10-3 define una “base de datos” como “una colección de escritos, números, gráficos u otra información que ha sido sistemáticamente organizada de tal manera que la información pueda ser buscada utilizando una computadora”. Al igual que con las obras editoriales, el objeto de protección no son los datos individuales, sino la estructura del conjunto de información. Sin embargo, en el caso de las obras de base de datos, se requiere una “organización sistemática” que presupone la búsqueda por computadora, y es aquí donde se evalúa la originalidad.

En este sentido, un caso de suma importancia en la historia judicial de Japón es el “caso de la base de datos del sistema Tsubasa”. Este caso presentó dos aspectos notables en su decisión. Primero, la negación de protección bajo la ley de derechos de autor. El Tribunal de Distrito de Tokio, en su fallo de 2002, determinó que la base de datos del demandante, que contenía información sobre piezas y especificaciones de automóviles, tenía una selección y organización sistemática que resultaba común debido a la necesidad en la industria y carecía de la originalidad requerida por la ley de derechos de autor, negando así la naturaleza de obra de la base de datos.

Sin embargo, el juicio no terminó allí. En segundo lugar, se estableció la protección a través de un acto ilícito bajo la ley civil de Japón. Aunque no reconoció la infracción de derechos de autor, el tribunal determinó que la acción del acusado de copiar íntegramente (copia exacta) la base de datos del demandante constituía un acto ilícito según el artículo 709 del Código Civil japonés. Como razón, el tribunal señaló que el demandante había invertido más de 500 millones de yenes en la construcción y mantenimiento de la base de datos y, aunque no fuera una obra protegida por derechos de autor, correspondía a un “interés comercial digno de protección legal”. Además, el tribunal concluyó que la acción del acusado, que competía en el mercado y replicaba la base de datos aprovechándose de la inversión del demandante para su propio negocio, era un “medio extremadamente injusto” que dañaba los principios de competencia justa e infringía los intereses del demandante.

Este fallo es innovador en el sentido de que muestra que el sistema legal de Japón proporciona una especie de red de seguridad a través de la ley de actos ilícitos para bases de datos que, aunque no están protegidas por su originalidad bajo la ley de derechos de autor, tienen valor comercial. Esto demuestra que el poder judicial japonés tiene una actitud práctica que va más allá del marco de leyes de propiedad intelectual específicas para reprimir la competencia parasitaria y mantener un orden de mercado justo. Para las empresas que realizan grandes inversiones en la construcción de activos de datos, este caso se convierte en un fundamento de protección de vital importancia.

Creación de Nuevo Valor a Partir de Obras Existentes: Obras Derivadas Bajo la Ley Japonesa

Las nuevas actividades creativas a menudo se inspiran en obras existentes. La adaptación cinematográfica de novelas, la traducción de literatura extranjera y la orquestación de piezas musicales son ejemplos clásicos de la creación de nuevo valor a partir de obras preexistentes. La ley de derechos de autor de Japón protege estas obras como “obras derivadas”.

El Artículo 2, Párrafo 1, Inciso 11 de la Ley Japonesa de Derechos de Autor define las obras derivadas como aquellas “creadas al traducir, arreglar, transformar, dramatizar, cinematografiar o de otra manera adaptar una obra”. La obra original se conoce como “obra primigenia”. Para que una obra derivada esté protegida, se requiere que no sea simplemente una imitación o reproducción mecánica de la obra primigenia, sino que se le haya añadido una nueva expresión creativa.

Desde un punto de vista legal, el desafío más importante es establecer el criterio para diferenciar entre una obra derivada legítima y una infracción de derechos de autor ilegítima (reproducción o adaptación sin creatividad). Este criterio está profundamente relacionado con el principio fundamental de que los derechos de autor protegen la expresión y no la idea. En este sentido, la Corte Suprema de Japón estableció un criterio claro en su fallo del caso “Esashi Oiwake” en 2001 (Heisei 13).

En este caso, se discutió la similitud entre una obra escrita por un autor de no ficción sobre la canción folclórica “Esashi Oiwake” y la ciudad relacionada, y un programa documental de la cadena de televisión NHK que trataba el mismo tema. La Corte Suprema de Japón revocó la decisión de las instancias inferiores y no reconoció la infracción de derechos de autor. El criterio de juicio establecido fue que se considera una adaptación “cuando se basa en una obra existente y mantiene la identidad de las características esenciales de su expresión… de tal manera que aquellos que se acercan a ella pueden percibir directamente las características esenciales de la expresión de la obra existente”.

La Corte Suprema analizó los puntos en común entre ambas obras y determinó que las descripciones de hechos históricos y las ideas o inspiraciones a nivel de concepto, como “el festival anual de música folclórica es el momento más animado de la ciudad”, no son “expresiones” sujetas a protección bajo la ley de derechos de autor. Luego, la Corte se enfocó en las expresiones lingüísticas concretas utilizadas para comunicar estas ideas comunes y concluyó que, mientras la obra del escritor empleaba expresiones poéticas y literarias, el programa de televisión utilizaba expresiones más directas y factuales, y que no había una identidad en las “características esenciales de la expresión” entre ambas.

Este fallo de la Corte Suprema de Japón estableció un alto umbral para la infracción del derecho de adaptación, asegurando así la libertad de crear nuevas obras basadas en ideas y hechos presentados en obras anteriores. Esto equilibra la protección de los derechos de los autores con el desarrollo cultural, que es uno de los objetivos de la ley de derechos de autor, y proporciona una importante estabilidad legal para las empresas involucradas en la producción de contenido.

Relaciones de Derechos Complejas en Obras Derivadas: Los Derechos del Autor Original bajo la Ley Japonesa

Al crear y utilizar obras derivadas, es esencial prestar atención a un aspecto legal de suma importancia: el autor de la obra original (autor original) mantiene fuertes derechos sobre la obra derivada que se ha creado.

El principio que establece esta norma es el Artículo 28 de la Ley de Derechos de Autor de Japón. Este artículo estipula que “el autor de la obra original de una obra derivada posee los mismos tipos de derechos exclusivos en relación con el uso de dicha obra derivada, … como los que tiene el autor de la obra derivada”. La consecuencia práctica de esta disposición es que, en principio, se requiere la autorización de ambas partes para utilizar una obra derivada. Es decir, la autorización del autor de la obra derivada y la del autor original. Por ejemplo, para proyectar una película (obra derivada) basada en una novela (obra original), se necesita no solo el permiso del productor de la película, sino también la autorización del novelista original.

Entonces, ¿hasta dónde llegan los derechos del autor original y del autor de la obra derivada? Una interpretación decisiva de este complejo alcance de los derechos fue proporcionada por el fallo de la Corte Suprema de 1997 en el caso “Popeye Necktie”. En este caso, se discutió la relación entre las tiras cómicas de “Popeye” que se habían creado durante muchos años y las tiras cómicas dibujadas posteriormente.

La Corte Suprema determinó que las tiras cómicas posteriores eran una obra derivada de las primeras y estableció el alcance de los derechos de la siguiente manera: “Es apropiado entender que los derechos de autor de una obra derivada surgen solo en relación con las partes creativas que se han añadido a la obra derivada y no en las partes que son comunes con la obra original y que comparten su esencia”.

Este fallo dejó claro que los derechos del autor original y del autor de la obra derivada no se fusionan, sino que existen de manera superpuesta. El autor de la obra derivada tiene derechos solo sobre las partes creativas que él mismo ha añadido (por ejemplo, la selección de palabras en una traducción o la expresión visual única en una película). Por otro lado, los derechos sobre los elementos fundamentales de la obra original, como la trama básica, los personajes y el mundo, permanecen completamente con el autor original, incluso si están encarnados en la obra derivada. Este principio tiene un gran impacto en la práctica de los contratos de licencia. Cuando una empresa obtiene la autorización para usar una obra derivada, es esencial distinguir claramente entre los derechos otorgados por el autor de la obra derivada (solo las partes creativas nuevas) y los derechos que deben obtenerse por separado del autor original (elementos fundamentales) y reflejar esto en el contrato para evitar disputas futuras.

Comparativa y Organización: Diferencias entre Obras Editadas, Obras de Bases de Datos y Obras Derivadas bajo la Ley Japonesa de Derecho de Autor

En nuestras explicaciones anteriores, hemos detallado las características legales y los requisitos de las obras editadas, las obras de bases de datos y las obras derivadas. Para clarificar las principales diferencias entre estas importantes categorías de obras, organizamos sus características en la siguiente tabla.

Obras EditadasObras de Bases de DatosObras Derivadas
Fundamento LegalLey Japonesa de Derecho de Autor, Artículo 12Ley Japonesa de Derecho de Autor, Artículo 12-2Ley Japonesa de Derecho de Autor, Artículo 2, Párrafo 1, Número 11 y Artículo 11
Objeto de ProtecciónCreatividad en la selección o disposición del materialCreatividad en la selección o estructuración sistemática de la informaciónDependencia de la obra original y adición de una nueva expresión creativa
Requisitos de ProtecciónSe reconoce creatividad en la selección o disposición del material basada en una política editorialSe reconoce creatividad en la selección o estructuración sistemática de la información con la premisa de búsqueda por computadoraSe añade nueva creatividad manteniendo las características esenciales de la expresión de la obra original
Relación con el Material/Obra OriginalNo afecta los derechos del material en sí. El material no necesita ser una obraNo afecta los derechos de la información en sí. La información no necesita ser una obraEl autor original tiene derechos sobre la obra derivada (Ley Japonesa de Derecho de Autor, Artículo 28)

Resumen

La creación y utilización de obras derivadas constituyen una fuente importante de creación de valor en los negocios modernos, pero también conllevan complejas cuestiones legales. Las obras editoriales, las obras de bases de datos y las obras secundarias tienen diferentes requisitos de protección y relaciones de derechos bajo la Ley de Derechos de Autor de Japón. En el caso de las obras editoriales y de bases de datos, se cuestiona la “originalidad”, y en particular para las bases de datos, incluso si no están protegidas por la ley de derechos de autor, pueden estar protegidas como actos ilícitos bajo el Código Civil de Japón. En el caso de las obras secundarias, se mantienen los fuertes derechos del autor original, por lo que es necesario prestar especial atención al obtener licencias de uso. Comprender estos marcos legales con precisión e integrarlos en la estrategia empresarial es clave para prevenir disputas sobre propiedad intelectual y proteger de manera segura los activos de la empresa.

Monolith Law Office tiene un amplio historial en asesorar a una diversidad de clientes, tanto nacionales como internacionales, sobre las complejas cuestiones de derechos de autor relacionadas con las obras derivadas descritas en este artículo. Entendemos que la propiedad intelectual es un activo de gestión central y siempre proporcionamos asesoramiento legal basado en la realidad del negocio y la estrategia. Nuestro despacho cuenta con abogados que hablan inglés, incluidos aquellos con calificaciones legales extranjeras, y hemos establecido un sistema único para apoyar a nuestros clientes internacionales. Desde el análisis de derechos de autor y la redacción de contratos hasta litigios y ejercicio de derechos, podemos ofrecer un soporte integral para asegurar que la propiedad intelectual de nuestros clientes esté protegida de manera confiable en el mercado japonés.

Managing Attorney: Toki Kawase

The Editor in Chief: Managing Attorney: Toki Kawase

An expert in IT-related legal affairs in Japan who established MONOLITH LAW OFFICE and serves as its managing attorney. Formerly an IT engineer, he has been involved in the management of IT companies. Served as legal counsel to more than 100 companies, ranging from top-tier organizations to seed-stage Startups.

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