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General Corporate

Relación entre los servicios SaaS con funciones de chat y boletín electrónico y la 'Ley Japonesa de Negocios de Telecomunicaciones'

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Relación entre los servicios SaaS con funciones de chat y boletín electrónico y la 'Ley Japonesa de Negocios de Telecomunicaciones'

Anteriormente, la venta de software en paquetes como CD-ROM era la norma, pero recientemente, el SaaS (Software como Servicio), que ofrece software como un servicio en la nube, se ha popularizado rápidamente.

Con SaaS, los clientes pueden utilizar fácilmente el software que necesitan, cuando lo necesitan.

Además, dado que no es necesario instalar software en la computadora, siempre que se pueda preparar un entorno de Internet, también es fácil acceder a los datos en la nube desde otro dispositivo en un lugar distinto a la oficina.

Por esta razón, se destacan los casos en los que herramientas de apoyo a las ventas en la nube, que se utilizan con frecuencia desde lugares fuera de la oficina, se ofrecen como SaaS. Sin embargo, si se incorporan herramientas de comunicación como funciones de chat o boletines de noticias en SaaS, puede estar sujeto a la aplicación de la ‘Ley Japonesa de Negocios de Telecomunicaciones’.

Por lo tanto, explicaremos en qué casos es necesario el registro o la notificación bajo la ‘Ley Japonesa de Negocios de Telecomunicaciones’ para los operadores que desarrollan y venden herramientas de apoyo a las ventas en la nube.

Resumen de la Ley Japonesa de Negocios de Telecomunicaciones

La Ley Japonesa de Negocios de Telecomunicaciones se promulgó en abril de 1985. Esta ley fue creada para regular los negocios de telecomunicaciones después de la privatización de la antigua Corporación de Telecomunicaciones (la creación de NTT), que introdujo el principio de competencia en el sector de las telecomunicaciones. La ley tiene como objetivo proteger la privacidad de las comunicaciones y garantizar la seguridad de las comunicaciones importantes.

Según la Ley Japonesa de Negocios de Telecomunicaciones, aquellos que deseen llevar a cabo un “negocio de telecomunicaciones” (Artículo 2, Cláusula 4) deben registrarse (Artículo 9) o notificar (Artículo 16, Párrafo 1) y convertirse en un “operador de telecomunicaciones”.

Por lo tanto, para determinar si la provisión de herramientas de soporte en la nube como SaaS está sujeta a la Ley Japonesa de Negocios de Telecomunicaciones, es necesario considerar si se trata de un “negocio de telecomunicaciones”.

¿Qué es un “negocio de telecomunicaciones”?

Un “negocio de telecomunicaciones” se refiere a “el negocio de proporcionar servicios de telecomunicaciones para satisfacer las necesidades de otros (excluyendo el negocio relacionado con la provisión de instalaciones de estaciones de radiodifusión según lo estipulado en el Artículo 118, Párrafo 1 de la Ley de Radiodifusión (Ley Nº 132 de 1950))” (Artículo 2, Cláusula 4).

Por lo tanto, para determinar si está sujeto a la Ley Japonesa de Negocios de Telecomunicaciones, es necesario considerar si cumple con los siguientes dos requisitos:

  • ¿Está proporcionando servicios de telecomunicaciones para satisfacer las necesidades de otros? (Requisito 1)
  • ¿Es un negocio? (Requisito 2)

¿Qué son los “servicios de telecomunicaciones”? (Requisito 1)

Los “servicios de telecomunicaciones”, que se mencionan en la definición de “negocio de telecomunicaciones”, se refieren a “la mediación de las comunicaciones de otros utilizando equipos de telecomunicaciones, y la provisión de equipos de telecomunicaciones para las comunicaciones de otros” (Artículo 2, Cláusula 3).

Aquí, “otros” se refiere a aquellos que se consideran que tienen una personalidad independiente en el sentido social, aparte de uno mismo. Por ejemplo, incluso si la Corporación A y la Corporación B están en una relación de matriz y subsidiaria, si son corporaciones separadas, se considera que la Corporación A y la Corporación B son “otros”.

Además, “las comunicaciones de otros” se refiere a las comunicaciones que no son las propias, e incluye las comunicaciones entre uno mismo y otros. Por ejemplo, si A utiliza el equipo de telecomunicaciones instalado por A para comunicarse entre A y B, se considera que A está proporcionando ese equipo para las comunicaciones de B, que es “otro”.

¿Está proporcionando servicios de telecomunicaciones para satisfacer las “necesidades de otros”? (Requisito 1)

Si está proporcionando servicios de telecomunicaciones para satisfacer sus “propias necesidades”, no cumple con el Requisito 1. Por otro lado, si está proporcionando servicios a “otros”, se considera que está proporcionando servicios de telecomunicaciones para satisfacer las “necesidades de otros”.

Si se considera “otro” se determina si las entidades legales son diferentes, como se explicó anteriormente.

¿Es un “negocio”? (Requisito 2)

Un “negocio” se refiere a la realización repetitiva y continua de las mismas acciones con una intención y un propósito activos y proactivos. Por lo tanto, se considera que los siguientes casos no son un “negocio”:

  • Actuar de manera urgente y temporal en situaciones de emergencia
  • Actuar temporalmente
  • Actuar en respuesta a los derechos legales del usuario

Además, la provisión de servicios de telecomunicaciones como parte de otros servicios no se incluye en el “negocio”. Sin embargo, si se considera que la provisión de servicios de telecomunicaciones es parte de ello se determina sustancialmente teniendo en cuenta si la provisión de servicios de telecomunicaciones puede ser reconocida como un negocio independiente.

Exclusión de la aplicación de la Ley Japonesa de Negocios de Telecomunicaciones

Incluso si cumple con los Requisitos 1 y 2 y se considera un “negocio de telecomunicaciones”, si cumple con los Artículos 1 a 3 del Párrafo 1 del Artículo 164, la Ley Japonesa de Negocios de Telecomunicaciones no se aplica y no es necesario registrarse o notificar. Específicamente, son los siguientes:

Artículo 164

Las disposiciones de esta Ley no se aplicarán a los negocios de telecomunicaciones enumerados a continuación.

1. Negocios de telecomunicaciones que proporcionan servicios de telecomunicaciones exclusivamente a una persona (excluyendo los servicios de telecomunicaciones proporcionados para el uso del negocio de telecomunicaciones de dicha persona cuando dicha persona es un operador de telecomunicaciones).

2. Negocios de telecomunicaciones que proporcionan servicios de telecomunicaciones mediante equipos de telecomunicaciones cuyos lugares de instalación son todos en el mismo recinto (incluyendo áreas equivalentes) o en el mismo edificio, o equipos de telecomunicaciones de una escala que no cumple con los estándares establecidos por el Reglamento del Ministerio de Asuntos Internos y Comunicaciones.

3. Negocios de telecomunicaciones que proporcionan servicios de telecomunicaciones que no sean servicios de telecomunicaciones que median las comunicaciones de otros utilizando equipos de telecomunicaciones (excluyendo los servicios de telecomunicaciones de nombres de dominio) sin instalar equipos de líneas de telecomunicaciones.

Ley Japonesa de Negocios de Telecomunicaciones [ja]

En el Artículo 164, Cláusula 3, “mediar las comunicaciones de otros” se refiere a recibir solicitudes de otros, transmitir e intercambiar información sin cambiar su contenido, y completar las comunicaciones entre personas en lugares separados al intermediar o intermediar en ellas.

Consideraciones sobre las funciones de las herramientas de apoyo a las ventas en la nube

Con la interpretación de la Ley Japonesa de Telecomunicaciones como premisa, vamos a considerar algunos ejemplos concretos. En este caso, vamos a reflexionar sobre si la función de comentarios y la función de boletín de noticias, que son comúnmente utilizadas en las herramientas de apoyo a las ventas en la nube, están sujetas a la aplicación de la Ley Japonesa de Telecomunicaciones.

¿Está la función de comentarios sujeta a la Ley Japonesa de Telecomunicaciones?

Si el proveedor de la herramienta de apoyo a las ventas en la nube es diferente de quien realmente utiliza el servicio, la empresa cliente que implementa el servicio se considera “otra persona”. Por lo tanto, en tales casos, la provisión de una herramienta de apoyo a las ventas en la nube con una función de comentarios se considera “proporcionar para el uso de la comunicación de otros”, y se considera que corresponde a un “servicio de telecomunicaciones”.

Además, si se está proporcionando SaaS a otros como parte del negocio normal de la empresa y se está recibiendo una contraprestación por ello, no debería haber mucho debate sobre si esto corresponde a un “negocio”.

Por lo tanto, si una herramienta de apoyo a las ventas en la nube proporcionada por SaaS tiene una función de comentarios, básicamente se considera un “negocio de telecomunicaciones”.

Sin embargo, en la función de comentarios, si los “usuarios” que pueden comentar están limitados a los internos de la empresa que ha implementado el servicio (es decir, no se lleva a cabo la interacción con personas externas como los responsables de las ventas), no se puede decir que “media la comunicación de otros”, por lo que podría ser excluido de la aplicación (artículo 3).

¿Está la función de boletín de noticias sujeta a la Ley Japonesa de Telecomunicaciones?

En general, si la función de boletín de noticias es una función opcional de un servicio que es el principal, y sólo se proporciona el servicio de telecomunicaciones en relación con el servicio principal, no se puede decir que sea un “negocio”, y puede haber margen para decir que no es necesario el registro o la notificación.

Un ejemplo de algo que no corresponde a un “negocio” sería, aunque no es un ejemplo de un boletín de noticias, los servicios de teléfono e internet proporcionados como parte de los servicios de alojamiento de un hotel. La razón por la que estos no corresponden a un “negocio” es que el negocio del hotel en sí no es un “negocio de telecomunicaciones”, sino un servicio asociado a él.

Por lo tanto, si el servicio, excluyendo la función de boletín de noticias, no corresponde en primer lugar a un “servicio de telecomunicaciones”, y se puede decir que la función de boletín de noticias es algo que acompaña a dicho servicio, entonces puede no corresponder a un “negocio”, y puede ser que no sea necesario el registro o la notificación.

Por otro lado, si el servicio, excluyendo la función de boletín de noticias, podría corresponder a un “negocio de telecomunicaciones que no requiere registro o notificación”, entonces no se puede considerar la función de boletín de noticias como un servicio asociado, y podría corresponder a un “negocio”. En este caso, estaría sujeto a la aplicación de la Ley Japonesa de Telecomunicaciones.

Resumen

El sector de la tecnología de la información (IT) originalmente no tenía regulaciones tan estrictas como las que existen en la industria financiera o inmobiliaria. Debido a este contexto, hay bastantes proveedores de servicios SaaS que no son conscientes de que pueden necesitar presentar o registrar su servicio bajo la Ley Japonesa de Negocios de Telecomunicaciones.

Sin embargo, a diferencia del software tradicional que se utiliza offline, en la mayoría de los casos, se debería considerar la Ley Japonesa de Negocios de Telecomunicaciones cuando se proporcionan servicios en la nube.

Si se viola la Ley Japonesa de Negocios de Telecomunicaciones, se pueden aplicar sanciones penales, por lo que es crucial que las empresas que están considerando proporcionar servicios en la nube verifiquen cuidadosamente la aplicabilidad de la ley con antelación.

Managing Attorney: Toki Kawase

The Editor in Chief: Managing Attorney: Toki Kawase

An expert in IT-related legal affairs in Japan who established MONOLITH LAW OFFICE and serves as its managing attorney. Formerly an IT engineer, he has been involved in the management of IT companies. Served as legal counsel to more than 100 companies, ranging from top-tier organizations to seed-stage Startups.

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