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Demanda para impugnar la validez de la emisión de acciones o la disposición de acciones propias

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Demanda para impugnar la validez de la emisión de acciones o la disposición de acciones propias

La emisión de nuevas acciones como método para que una sociedad anónima recaude fondos para sus actividades Negocios es uno de los medios más básicos e importantes. Este proceso es esencial para el crecimiento y desarrollo de la compañía, pero también puede dar lugar a disputas sobre el control de la misma y a conflictos de opiniones entre los accionistas existentes y la dirección. En particular, cuando se sospecha que las nuevas acciones se han emitido con el propósito de diluir la participación de ciertos accionistas o para que la dirección mantenga su posición, la validez de esa emisión puede desencadenar serios conflictos. La Ley de Sociedades de Japón (Japanese Corporate Law) proporciona procedimientos legales claramente establecidos para disputar la validez de la emisión de acciones ya realizada o la disposición de acciones propias. En el centro de estos procedimientos están las demandas por “Invalidez de la Emisión de Nuevas Acciones” y “Confirmación de la Inexistencia de la Emisión de Nuevas Acciones”. Estos litigios también se aplican de manera similar a la disposición de acciones propias. En este artículo, explicaremos en detalle estos procedimientos legales desde una perspectiva especializada, incluyendo su base legal, los requisitos para presentar una demanda, los asuntos específicos que los tribunales consideran al tomar una decisión y los efectos legales de un fallo, todo ello mientras incorporamos importantes precedentes judiciales de Japón.

Visión general de las demandas sobre la validez de la emisión de nuevas acciones bajo la ley japonesa

La ley de sociedades de Japón establece un sistema de litigio especial para disputar la validez de actos fundamentales relacionados con la organización de una empresa, como su establecimiento, fusión y emisión de acciones. Este se conoce como “litigio relacionado con la organización de la empresa”, y su propósito es determinar de manera estable y uniforme las relaciones legales de una empresa que involucran a numerosos interesados. Una vez que se emiten las acciones, estas pueden circular en el mercado y ser adquiridas por muchos terceros. Si la validez de la emisión pudiera ser disputada por cualquiera, en cualquier momento y de manera individual, la seguridad de las transacciones se vería gravemente afectada y las relaciones legales en torno a la empresa se volverían extremadamente inestables.

Para resolver este problema, la ley de sociedades de Japón limita los métodos para disputar la validez de la emisión de acciones a litigios específicos, y establece que el efecto de las sentencias no solo se aplica a las partes involucradas en el litigio, sino también a todos los terceros. Este efecto se conoce como “efecto erga omnes”. Este sistema busca un equilibrio cuidadoso entre la necesidad de proteger los derechos de los accionistas existentes y la necesidad de proteger a los terceros que han realizado transacciones confiando en las acciones emitidas, manteniendo la estabilidad de las relaciones legales. Este equilibrio legislativo se refleja claramente en la estructura de los dos diferentes tipos de litigios que la ley de sociedades proporciona: la “demanda de nulidad” y la “demanda de confirmación de inexistencia”. La primera se utiliza cuando hay defectos procesales que no pueden considerarse menores, y prioriza la estabilidad legal mediante un juicio con restricciones de tiempo estrictas y efectos que solo se aplican hacia el futuro. La segunda se permite solo en casos excepcionales donde se evalúa que el acto de emisión en sí mismo no tiene sustancia, funcionando como un remedio poderoso sin restricciones de tiempo y con efectos retroactivos. Por lo tanto, aquellos que dudan de la validez de la emisión de acciones deben evaluar cuidadosamente la naturaleza y el grado del defecto para decidir qué procedimiento legal es el más adecuado.

Demanda de Invalidez de la Emisión de Nuevas Acciones y la Disposición de Acciones Propias bajo la Ley Japonesa

La demanda de invalidez de la emisión de nuevas acciones es el tipo de litigio más común que busca negar retroactivamente la efectividad de la emisión de acciones cuando hay defectos legales en el procedimiento de emisión.

Fundamento Legal y Requisitos para la Presentación de Demandas

El fundamento legal directo de esta demanda se encuentra en el Artículo 828, Párrafos 1 y 2 (emisión de nuevas acciones) y Párrafo 3 (disposición de acciones propias) de la Ley de Sociedades de Japón (Heisei 17 [2005]). Estos artículos establecen que la invalidación de la emisión de acciones, entre otros actos, solo puede reclamarse mediante una demanda, lo cual se conoce como el “principio de litigio”.  

Para presentar esta demanda, es necesario cumplir con requisitos estrictos. En primer lugar, hay un plazo establecido para presentar la demanda. En el caso de una compañía pública (una sociedad anónima que no tiene estipulaciones en sus estatutos que requieran la aprobación de la compañía para la adquisición de sus acciones por transferencia), la demanda debe presentarse dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que surta efecto la emisión de acciones. En el caso de una compañía privada (una sociedad anónima que no es pública), el plazo es de un año. Este período es inalterable y, una vez transcurrido, ya no se podrá reclamar la invalidez de manera permanente.  

Además, las personas autorizadas para presentar la demanda (los demandantes calificados) están limitadas. Según el Artículo 828, Párrafo 2, Inciso 2 de la Ley de Sociedades de Japón, tienen derecho a presentar una demanda aquellos que, en la fecha en que surta efecto la emisión de acciones, fueran accionistas, directores, auditores, ejecutivos o liquidadores de la compañía. No se permite que personas distintas a estas presenten la demanda. La parte demandada en este caso será la sociedad anónima en cuestión.  

Causas de Invalidez Bajo la Ley de Sociedades de Japón

La Ley de Sociedades de Japón no enumera específicamente qué constituye una causa de invalidez (motivo de nulidad) en la emisión de nuevas acciones. Por lo tanto, qué defectos se consideran causas de invalidez depende de la interpretación de los tribunales. La jurisprudencia, teniendo en cuenta la gravedad de anular una emisión ya realizada, limita las causas de invalidez a “violaciones graves de la ley o de los estatutos” desde una perspectiva que prioriza la estabilidad legal.  

Algunos ejemplos concretos de causas de invalidez reconocidas por la jurisprudencia como “violaciones graves de la ley o de los estatutos” incluyen:

  • La emisión de nuevas acciones que exceden el número total de acciones emitibles establecido en los estatutos de la compañía.  
  • La emisión de un tipo de acciones no estipulado en los estatutos.  
  • En el caso de una compañía no pública, la emisión de acciones ofrecidas por métodos distintos a la asignación a los accionistas sin haber obtenido la resolución especial de la asamblea general de accionistas requerida por los artículos 199, párrafo 2, y 309, párrafo 2, ítem 5 de la Ley de Sociedades de Japón. La Corte Suprema de Japón determinó, en su fallo del 24 de abril de 2012 (2012), que el interés en mantener la proporción de acciones de los accionistas en una compañía no pública debe ser especialmente protegido, y consideró esta violación de procedimiento como una causa de invalidez.  
  • La emisión de acciones por parte de la compañía a pesar de que exista una orden judicial de medidas cautelares para detener la emisión. La Corte Suprema de Japón, en su fallo del 16 de diciembre de 1993 (1993), sostuvo que reconocer la validez de una emisión que viola una orden de medidas cautelares haría perder el propósito del sistema de reclamación de cese, y por lo tanto, calificó esto como una causa de invalidez.  

Por otro lado, se entiende que defectos menores de procedimiento, la emisión de acciones sin una resolución de la junta directiva en una compañía pública, o la emisión a un precio significativamente injusto (emisión ventajosa), no constituyen, en principio, una causa de invalidez. En el caso de la emisión ventajosa, se busca la corrección a través de otros sistemas, como la responsabilidad de indemnización por daños del director hacia la compañía (artículo 212 de la Ley de Sociedades de Japón).  

La relación entre los “métodos significativamente injustos” y las causas de invalidez bajo la ley japonesa

En los litigios relacionados con la Ley de Compañías de Japón, uno de los temas más complejos y propensos a disputas es el tratamiento de la emisión de nuevas acciones mediante “métodos significativamente injustos”. El artículo 210, inciso 2 de la Ley de Compañías japonesa establece que si la emisión de acciones se realiza mediante un “método significativamente injusto” y existe el riesgo de que los accionistas sufran perjuicios, los accionistas pueden solicitar a la compañía que detenga dicha emisión (solicitud de prohibición).

La cuestión es si este “método significativamente injusto” también puede ser una causa de invalidez cuando se alega la invalidez después de que la emisión se ha completado. Sobre este punto, la Corte Suprema de Japón, en su decisión trascendental del 14 de julio de 1994 (Heisei 6), indicó que, incluso si la emisión se realizó mediante un “método significativamente injusto”, esto no constituye, en principio, una causa de invalidez. La razón detrás de esta decisión judicial es la consideración de que las acciones ya emitidas podrían haber sido transferidas a terceros, y hay un juicio político para proteger fuertemente la seguridad de las transacciones. En otras palabras, los accionistas que deseen detener una emisión injusta deben actuar rápidamente en forma de una solicitud de prohibición antes de que la emisión se lleve a cabo, ya que una vez que la emisión se ha completado, es extremadamente difícil anular su efecto legal.

Los tribunales han desarrollado un marco de criterios para determinar qué constituye un “método significativamente injusto”, conocido como la “regla del propósito principal”. Esto implica sopesar si el propósito principal de la emisión de nuevas acciones es una necesidad legítima de gestión empresarial, como la recaudación de fondos, o si es por un propósito indebido, como mantener el control del actual equipo de gestión o disminuir la proporción de derechos de voto de ciertos accionistas (propósito de mantenimiento del control).

Un ejemplo representativo de la aplicación de esta regla es la decisión del Tribunal de Distrito de Tokio del 25 de julio de 1989. En este caso, se determinó que la emisión de nuevas acciones que tiene un impacto significativo en la proporción de acciones de los accionistas existentes y se lleva a cabo con el propósito principal de mantener el control del equipo de gestión actual, constituye un “método significativamente injusto”.

Además, la decisión del Tribunal Superior de Tokio del 23 de marzo de 2005 (caso Nippon Broadcasting) agregó una importante excepción a esta regla. Esta decisión estableció que, incluso si el mantenimiento del control es el propósito principal, la emisión puede ser excepcionalmente permitida si es una medida necesaria y adecuada para proteger los intereses de la compañía y de todos los accionistas contra un comprador abusivo que intenta apropiarse indebidamente de los activos de la compañía (asset stripper) o dañar el valor de la compañía (quien busca una gestión de tierra quemada). Estos casos judiciales demuestran que los tribunales realizan juicios extremadamente detallados de acuerdo con las circunstancias específicas de cada caso.

Efectos de una Sentencia de Nulidad Bajo la Ley Japonesa

Cuando se admite una demanda por la emisión de nuevas acciones nulas y la sentencia se vuelve firme, dicha sentencia tiene efectos no solo sobre las partes del litigio sino también sobre terceros (efecto erga omnes, según el Artículo 838 del Código de Comercio de Japón). Esto asegura que las relaciones legales se determinen de manera uniforme.

Sin embargo, el punto más importante es que la sentencia tiene efecto solo hacia el futuro (efecto ex nunc). El Artículo 839 del Código de Comercio de Japón establece que la sentencia de nulidad no tiene efecto retroactivo. Esto significa que los ejercicios de derechos de voto realizados o los dividendos pagados basados en las acciones que luego se declaran nulas, no se revocarán retroactivamente. Esta es una disposición extremadamente importante para asegurar la estabilidad legal.

En cuanto al procedimiento específico después de que la sentencia se vuelve firme, la compañía tiene la obligación de reembolsar el dinero pagado por aquellos que eran accionistas en el momento de la sentencia firme para adquirir las acciones. Este punto está regulado en el Artículo 840 del Código de Comercio de Japón en lo que respecta a la emisión de nuevas acciones, y en el Artículo 841 del mismo código para la disposición de acciones propias. Además, la compañía debe realizar el registro de cambios correspondiente para reflejar la disminución en el número total de acciones emitidas.

Demanda de Confirmación de Inexistencia de la Emisión de Nuevas Acciones y Disposición de Acciones Propias Bajo la Ley Japonesa

La demanda de confirmación de inexistencia de la emisión de nuevas acciones es un litigio aún más excepcional que la demanda de nulidad, presentada cuando se evalúa que el acto de emisión de acciones, desde un punto de vista legal, no existió en absoluto debido a un defecto fundamental.

Base Legal y Causas de Inexistencia

Esta demanda se basa en el artículo 829 del Código de Comercio de Japón. La confirmación de inexistencia se admite solo en casos de defectos extremadamente graves, donde no solo hay una violación de procedimiento, sino que se considera que falta la “sustancia” misma del acto de emisión. Los tribunales muestran una actitud cautelosa al admitir esta demanda después de que ha transcurrido el período para presentar una demanda de nulidad, y establecen un alto umbral para reconocer las causas de inexistencia.  

Los casos que podrían ser reconocidos como causas de inexistencia en la jurisprudencia incluyen:

  • Cuando no se ha realizado ningún pago del precio de las acciones, o cuando los libros contables solo simulan un pago, pero en realidad, los fondos no se han retenido en la empresa, conocido como “dinero de apariencia”.
  • Cuando el director representante, que tiene la autoridad para representar a la empresa, no ha participado en absoluto en el procedimiento de emisión de acciones, y por lo tanto, no se puede evaluar como un acto de la empresa desde un punto de vista legal.  

Por otro lado, si solo falta la resolución del consejo de administración o de la junta general de accionistas, o si hay otras violaciones de la ley, en principio, no se considera inexistente y la emisión se considera válida.  

Una característica distintiva de la demanda de confirmación de inexistencia, a diferencia de la demanda de nulidad, es que no hay límite de tiempo para presentar la demanda.  

Efectos de la Sentencia de Confirmación de Inexistencia

Cuando una sentencia de confirmación de inexistencia se vuelve definitiva, al igual que una sentencia de nulidad, se reconoce su efecto frente a terceros (efecto erga omnes) según el artículo 838 del Código de Comercio de Japón.  

Sin embargo, una diferencia crucial con la sentencia de nulidad es que su efecto se retrotrae al pasado (efecto retroactivo). Es decir, la emisión de acciones confirmada como inexistente se trata como si nunca hubiera existido desde el principio. Como resultado, todos los efectos legales basados en dichas acciones, como el ejercicio del derecho de voto o los dividendos pagados, se anulan desde su base. Debido a este poderoso efecto, los tribunales adoptan una postura extremadamente cautelosa en su reconocimiento.

Comparación entre la Demanda de Nulidad y la Demanda de Confirmación de Inexistencia bajo la Ley Japonesa

Como hemos visto hasta ahora, los dos procedimientos de litigio establecidos por la Ley de Compañías de Japón se distinguen claramente en cuanto a sus objetivos y efectos. La elección entre uno u otro depende completamente de la naturaleza y gravedad de los defectos en el procedimiento de emisión de acciones. La Demanda de Nulidad se dirige a casos donde, a pesar de existir defectos procedimentales, el acto de emisión en sí tiene una existencia sustancial. Por otro lado, la Demanda de Confirmación de Inexistencia se limita a casos donde el acto de emisión es considerado una ilusión desde un punto de vista legal, es decir, carece de sustancia real. La existencia de un plazo para presentar la demanda y si el fallo tiene efectos solo hacia el futuro o también retroactivos, son consideraciones cruciales al desarrollar una estrategia legal.

Para resumir estas diferencias, la siguiente tabla las presenta de manera clara:

Aspecto ComparativoDemanda de Nulidad de la Emisión de Nuevas AccionesDemanda de Confirmación de Inexistencia de la Emisión de Nuevas Acciones
Artículo Legal BaseLey de Compañías, Artículo 828Ley de Compañías, Artículo 829
Grado de DefectoViolaciones graves de leyes/reglamentosFalta de sustancia real en el acto de emisión
Plazo para Presentar la DemandaCompañías públicas 6 meses / Compañías privadas 1 añoSin límite de tiempo
Efecto del FalloEfecto hacia el futuro (no retroactivo)Efecto retroactivo

Resumen

La Ley de Sociedades de Japón ofrece dos sistemas de litigio claramente diferenciados para disputar la validez de una emisión de acciones defectuosa: la “demanda de nulidad” y la “demanda de confirmación de inexistencia”. La elección entre uno u otro método se determina por la gravedad del defecto en cuestión. En particular, el estricto plazo para presentar una demanda de nulidad y las diferencias legales entre la solicitud de una orden de cesación para prevenir emisiones injustas de antemano y la disputa posterior de nulidad, sugieren que los accionistas deben monitorear cuidadosamente la situación y actuar rápidamente con una perspectiva estratégica para proteger sus derechos. Estos sistemas representan un marco legal sofisticado que busca equilibrar la protección de los derechos de los accionistas con la seguridad de las transacciones.

Monolith Law Office posee una amplia experiencia y conocimiento especializado en litigios relacionados con la ley de sociedades en Japón, incluyendo disputas sobre la validez de emisiones de acciones como las descritas en este artículo. Nuestra firma cuenta con varios abogados con calificaciones legales extranjeras y hablantes de inglés, lo que nos permite proporcionar soporte legal fluido y especializado incluso a clientes internacionales que enfrentan el complejo sistema legal japonés. Si necesita asistencia de expertos en problemas como los tratados en este artículo, no dude en consultar con nuestra firma.

Managing Attorney: Toki Kawase

The Editor in Chief: Managing Attorney: Toki Kawase

An expert in IT-related legal affairs in Japan who established MONOLITH LAW OFFICE and serves as its managing attorney. Formerly an IT engineer, he has been involved in the management of IT companies. Served as legal counsel to more than 100 companies, ranging from top-tier organizations to seed-stage Startups.

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