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De la 'Ley de Limitación de Responsabilidad de Proveedores' a la 'Ley de Medidas para Plataformas de Distribución de Información (Ley JōPura)' - Explicación de los puntos clave de la reforma

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De la 'Ley de Limitación de Responsabilidad de Proveedores' a la 'Ley de Medidas para Plataformas de Distribución de Información (Ley JōPura)' - Explicación de los puntos clave de la reforma

Hoy en día, la difamación en Internet se ha vuelto un problema grave, afectando no solo a celebridades sino también a influencers y, además, a personas comunes que ven expuesta su información personal o son objeto de difamación, convirtiéndose en un gran problema social.

Por otro lado, existía la realidad de que no se había sistematizado adecuadamente la eliminación de publicaciones, a pesar de la alta demanda de las víctimas. Frente a esto, se han realizado enmiendas que exigen a los operadores de negocios la aceleración y transparencia en la respuesta a la difamación.

A continuación, explicaremos en detalle las enmiendas a la Ley de Limitación de Responsabilidad de Proveedores (Japanese Provider Responsibility Limitation Law), que fueron aprobadas y promulgadas en la sesión ordinaria de la Dieta del año 6 de la era Reiwa (2024).

Desafíos de la Ley de Limitación de Responsabilidad de Proveedores

Para prevenir daños por difamación y brindar un rápido alivio a las víctimas, se había establecido la “Ley de Limitación de Responsabilidad de Proveedores” (nombre oficial: Ley sobre la Limitación de Responsabilidad por Daños de Proveedores de Servicios de Telecomunicaciones Específicos y la Divulgación de Información de Emisores), pero en mayo de Reiwa 6 (2024) se promulgó una nueva ley. Esta es la “Ley de Tratamiento de Infracciones de Derechos en la Distribución de Información por Telecomunicaciones Específicas”, conocida coloquialmente como la “Ley de Tratamiento de Plataformas de Distribución de Información (Ley de InfoPlat)”.

Según el recuento del “Centro de Consulta de Información Ilegal y Nociva”, operado por encargo del Ministerio de Asuntos Internos y Comunicaciones de Japón, el número de consultas recibidas entre los años fiscales 2015 y 2022 ha superado las 5000 anualmente. De las 5745 consultas recibidas en el año fiscal 2022, 3852, es decir, el 67.0%, eran para saber cómo eliminar contenido.

Los desafíos relacionados con la eliminación de difamaciones y otros contenidos hasta la fecha incluyen:

  • Es difícil entender cómo solicitar la eliminación
  • Si se deja una publicación sin atención, la información se difunde
  • Aunque se solicite la eliminación a los operadores de la plataforma, no hay notificación y no se sabe si se ha eliminado o no
  • Las directrices de eliminación de los operadores de la plataforma son abstractas y los criterios no están claros

Referencia: Ministerio de Asuntos Internos y Comunicaciones de Japón|Resumen del proyecto de ley para modificar parcialmente la Ley sobre la Limitación de Responsabilidad por Daños de Proveedores de Servicios de Telecomunicaciones Específicos y la Divulgación de Información de Emisores[ja]

Reforma de la Ley de Regulación de Plataformas de Distribución de Información

Reforma de la Ley de Regulación de Plataformas de Distribución de Información

Para abordar estos desafíos, se ha realizado una reforma que incorpora nuevas regulaciones dirigidas a los grandes operadores de plataformas en la ley existente de limitación de responsabilidad de los proveedores. El punto clave de esta reforma es que obliga a los grandes operadores de plataformas a “acelerar la respuesta” y “transparentar la situación operativa”.

Los grandes operadores de plataformas sujetos a la nueva regulación son los “grandes proveedores específicos de servicios de telecomunicaciones”, que son negocios designados por el Ministro de Asuntos Internos y Comunicaciones como proveedores de servicios de telecomunicaciones de gran escala (Ley de Regulación de Plataformas de Distribución de Información, artículo 2, ítem 14 y artículo 20, párrafo 1).

Los criterios para designar a un negocio como un gran proveedor específico de servicios de telecomunicaciones se establecen mediante una ordenanza del Ministerio de Asuntos Internos y Comunicaciones, y se determinan en función del “número promedio de emisores mensuales” o del “número total promedio de emisores mensuales” (Ley de Regulación de Plataformas de Distribución de Información, artículo 21, párrafo 1, ítem 1).

Sin embargo, no todos los negocios que cumplen con los requisitos del número de emisores son designados automáticamente como grandes proveedores específicos de servicios de telecomunicaciones. También se requiere que sea técnicamente posible implementar medidas para prevenir la transmisión de información infractora y que haya pocas posibilidades de que se produzcan violaciones de derechos (Ley de Regulación de Plataformas de Distribución de Información, artículo 21, ítems 2 y 3).

Por lo tanto, se considera que los nuevos reglamentos de la Ley de Regulación de Plataformas de Distribución de Información aplicables a los grandes proveedores específicos de servicios de telecomunicaciones afectarán a los operadores de grandes redes sociales y foros anónimos como X (anteriormente Twitter) o Facebook.

Obligaciones de los Operadores de Plataformas de Gran Escala

Obligaciones de los Operadores de Plataformas de Gran Escala

De acuerdo con la Ley de Medidas contra las Plataformas de Distribución de Información (Japanese Information Distribution Platform Measures Law), los operadores de plataformas de gran escala, que son proveedores de servicios de telecomunicaciones específicos de gran escala, tienen las siguientes obligaciones:

  • Notificación al Ministro de Asuntos Internos y Comunicaciones
  • Publicación del método para recibir reclamaciones de personas cuyos derechos han sido infringidos
  • Realización de investigaciones relacionadas con la información que infringe derechos
  • Selección y notificación de un especialista en investigación de información que infringe derechos
  • Notificación al solicitante de medidas de prevención de transmisión
  • Publicación de los criterios relacionados con la implementación de medidas de prevención de transmisión
  • Notificación al emisor de la información en caso de que se hayan tomado medidas de prevención de transmisión
  • Publicación del estado de implementación de las medidas de prevención de transmisión

Notificación al Ministro de Asuntos Internos y Comunicaciones

Los grandes proveedores de servicios de telecomunicaciones específicos deben notificar al Ministro de Asuntos Internos y Comunicaciones dentro de los tres meses siguientes a la fecha de su designación, conforme a lo establecido por la ordenanza del Ministerio de Asuntos Internos y Comunicaciones, detalles como “nombre o denominación social y dirección, y en el caso de una corporación, el nombre de su representante”, así como “en el caso de una corporación o grupo extranjero, o un individuo con residencia en el extranjero, el nombre o denominación social del representante en el país o del agente en el país y la dirección en el país” (Artículo 22, párrafo 1 de la Ley Japonesa de Privacidad de la Información de Telecomunicaciones).

Además, si hay cambios en los detalles de la notificación, deben informar sin demora al Ministro de Asuntos Internos y Comunicaciones (Artículo 22, párrafo 2 de la Ley Japonesa de Privacidad de la Información de Telecomunicaciones).

Publicación del método para recibir reclamaciones de personas cuyos derechos han sido infringidos

Los grandes proveedores de servicios de telecomunicaciones específicos deben establecer y publicar un método, conforme a lo estipulado por la Orden del Ministerio de Asuntos Internos y Comunicaciones, para que las personas cuyos derechos hayan sido infringidos (los “afectados”) puedan presentar reclamaciones para la prevención de la transmisión de información infractora (Artículo 23, Párrafo 1 de la Ley Japonesa de Privacidad de la Información).

Dicho método debe permitir que las reclamaciones se realicen mediante el uso de organizaciones de procesamiento de información electrónica, no debe imponer una carga excesiva a quien desee presentar una reclamación y debe asegurar que la persona que presenta la reclamación pueda conocer claramente la fecha y hora en que se recibió dicha reclamación (Artículo 23, Párrafo 2 de la Ley Japonesa de Privacidad de la Información).

Investigación sobre la Información de Infracción

Los grandes proveedores de servicios de telecomunicaciones específicos deben, cuando una víctima de infracción solicite medidas para prevenir la transmisión de información de infracción, realizar sin demora la investigación necesaria para determinar si los derechos de dicha víctima están siendo injustamente infringidos debido a la circulación de la información de infracción relacionada con la solicitud (Artículo 24 de la Ley Japonesa de Privacidad de la Información).

Nombramiento y notificación de especialistas en investigación de infracciones

Los grandes proveedores de servicios de telecomunicaciones específicos deben nombrar a un especialista en investigación de infracciones de entre aquellos que posean conocimientos y experiencia suficientes en el manejo de derechos de propiedad para llevar a cabo adecuadamente las investigaciones que requieren conocimientos y experiencia especializados (Artículo 25, párrafo 1 de la Ley Japonesa de Protección de Información Personal).

El número de estos especialistas debe ser igual o superior al establecido por la Orden del Ministerio de Asuntos Internos y Comunicaciones, en función del número promedio mensual de emisores o del número total promedio mensual de emisores y el tipo de servicios de telecomunicaciones específicos de gran escala que se proporcionan (Artículo 25, párrafo 2 de la Ley Japonesa de Protección de Información Personal).

Notificación al solicitante de medidas de prevención de transmisión

Los grandes proveedores específicos de servicios de telecomunicaciones, cuando reciben una solicitud, deben decidir si implementarán medidas para prevenir la transmisión de información infractora basándose en los resultados de la investigación. Excepto cuando exista una razón válida, están obligados a notificar al solicitante, dentro del período establecido por la ordenanza del Ministerio de Asuntos Internos y Comunicaciones y dentro de los 14 días siguientes a la recepción de la solicitud, si han tomado o no dichas medidas de prevención (Artículo 26 de la Ley Japonesa de Prevención de Transmisión de Información Infractora).

Hasta ahora, ha habido plataformas que, incluso después de recibir una solicitud de eliminación, no respondían con una confirmación de recepción, dejando a los solicitantes en la incertidumbre de si su solicitud había sido aceptada o no. Esta medida responde a tales quejas.

Publicación de los Criterios de Implementación de Medidas de Prevención de Envío

Los grandes proveedores de servicios de telecomunicaciones específicos solo pueden implementar medidas de prevención de envío si siguen los criterios que ellos mismos han establecido y publicado. Estos criterios deben ser publicados un cierto período de tiempo antes de la fecha en que se implementarán dichas medidas (Ley de Privacidad de la Información, Artículo 27, Párrafo 1).

Al establecer estos criterios, es necesario esforzarse para que el contenido de los mismos cumpla con todos los siguientes puntos (Ley de Privacidad de la Información, Artículo 27, Párrafo 2):

  • Que los tipos de información sujetos a las medidas de prevención de envío estén definidos de la manera más concreta posible, de acuerdo con la causa por la cual el gran proveedor de servicios de telecomunicaciones específicos llegó a conocer la circulación de dicha información.
  • Que, en caso de que se implementen medidas de suspensión del servicio, los criterios para la ejecución de dichas medidas estén definidos de la manera más concreta posible.
  • Que estén redactados utilizando expresiones que los emisores y otras partes interesadas puedan entender fácilmente.
  • Que se tenga en cuenta la consistencia con las leyes que establecen la obligación de esforzarse en la implementación de medidas de prevención de envío.

Notificación al remitente en caso de implementar medidas de prevención de envío

Los grandes proveedores de servicios de telecomunicaciones específicos deben, al implementar medidas de prevención de envío, notificar sin demora al remitente de la información cuyo envío ha sido prevenido, tanto de dicha acción como de sus razones, siguiendo el principio general. Además, deben tomar medidas para que el remitente pueda conocer fácilmente esta información. Si dichas medidas de prevención de envío se han tomado de acuerdo con los criterios del Artículo 27, Párrafo 1, también es necesario aclarar la relación entre las razones de dichas medidas y los criterios mencionados (Ley de Privacidad de la Información de Japón, Artículo 28).

Publicación del estado de implementación de medidas de prevención de envío

Los grandes proveedores de servicios de telecomunicaciones específicos deben publicar anualmente los siguientes puntos, según lo establecido por la Orden del Ministerio de Asuntos Internos y Comunicaciones, al menos una vez al año (Artículo 29 de la Ley de Privacidad de la Información de Japón).

  • El estado de la recepción de solicitudes según el Artículo 24
  • El estado de implementación de notificaciones según lo estipulado en el Artículo 26
  • El estado de implementación de medidas de notificación y similares según lo estipulado en el Artículo 26
  • El estado de implementación de medidas de prevención de envío
  • Evaluación realizada por ellos mismos sobre los puntos enumerados en cada ítem del Artículo 26
  • Otros puntos necesarios para aclarar el estado de implementación de las medidas que los grandes proveedores de servicios de telecomunicaciones específicos deben tomar según las disposiciones de este capítulo, según lo establecido por la Orden del Ministerio de Asuntos Internos y Comunicaciones

Recomendaciones, Órdenes y Sanciones

Disposiciones sobre recomendaciones, órdenes y sanciones

La Ley de Medidas contra Plataformas de Distribución de Información (Ley de Información y Plataformas) incluye disposiciones sobre recomendaciones y órdenes, así como sanciones, algo que no estaba presente en la Ley de Limitación de Responsabilidad de Proveedores.

El Ministro de Asuntos Internos y Comunicaciones puede recomendar las medidas necesarias para corregir cualquier violación que detecte por parte de los grandes proveedores de servicios de telecomunicaciones específicos en relación con las siguientes disposiciones (Artículo 31, Párrafo 1 de la Ley de Información y Plataformas):

  • Publicación de métodos para aceptar reclamaciones de personas afectadas
  • Selección y notificación de un especialista en investigación de información infractora
  • Notificación a los solicitantes de medidas para prevenir la transmisión
  • Publicación de criterios relacionados con la implementación de medidas para prevenir la transmisión
  • Notificación al emisor en caso de que se hayan tomado medidas para prevenir la transmisión
  • Publicación del estado de implementación de las medidas para prevenir la transmisión

Además, si no se toman las medidas correspondientes a la recomendación sin una razón válida, el Ministro puede ordenar que se tomen dichas medidas (Artículo 31, Párrafo 2 de la Ley de Información y Plataformas).

En caso de incumplimiento de la orden mencionada, se impondrá una pena de detención de hasta un año o una multa de hasta 1 millón de yenes (Artículo 36 de la Ley de Información y Plataformas).

Resumen: Mejoras en la gestión de la eliminación de publicaciones difamatorias gracias a la Ley de Mejora de la Privacidad y Protección de Información

La Ley de Limitación de Responsabilidad de Proveedores de Servicios de Internet está a punto de sufrir una importante revisión, incluyendo el nombre de la ley. Esto obligará a los grandes operadores de plataformas a “acelerar su respuesta” y a “hacer transparente su estado operativo”.

La fecha de entrada en vigor de la nueva “Ley de Mejora de la Privacidad y Protección de Información” será dentro de un año a partir de la fecha de promulgación (17 de mayo de la era Reiwa 6 (2024)), según lo establecido por decreto.

Hasta ahora, la eliminación de publicaciones perjudiciales por parte de los operadores se dejaba a su discreción, pero se espera que la respuesta de los operadores mejore con la clarificación de los puntos de contacto para solicitudes de eliminación y la obligación de notificación, entre otras medidas.

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El despacho de abogados Monolith es una firma legal con una amplia experiencia en IT, y en particular en Internet y derecho. En los últimos años, la información difundida en Internet sobre daños a la reputación y difamación, conocida como “tatuaje digital”, ha causado graves daños. Nuestro despacho ofrece soluciones para contrarrestar el “tatuaje digital”. Puede encontrar más detalles en el artículo a continuación.

Áreas de práctica de Monolith Law Office: Digital Tattoo[ja]

Managing Attorney: Toki Kawase

The Editor in Chief: Managing Attorney: Toki Kawase

An expert in IT-related legal affairs in Japan who established MONOLITH LAW OFFICE and serves as its managing attorney. Formerly an IT engineer, he has been involved in the management of IT companies. Served as legal counsel to more than 100 companies, ranging from top-tier organizations to seed-stage Startups.

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