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Explicación sobre el derecho a la privacidad de 'semi-públicos' como empresarios, médicos, profesores, etc.

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Explicación sobre el derecho a la privacidad de 'semi-públicos' como empresarios, médicos, profesores, etc.

El término “funcionario público” se refiere a miembros del parlamento, alcaldes, concejales y otros funcionarios públicos en puestos importantes. Sin embargo, las críticas basadas en hechos hacia los funcionarios públicos están excluidas de la difamación, ya que contribuyen al derecho del pueblo a estar informado.

Por otro lado, incluso los individuos privados que tienen cierta influencia social, como empresarios, médicos y profesores universitarios, pueden ser objeto de críticas si cumplen con los requisitos de interés público de los hechos. A estas personas se les puede llamar “semi-públicas” o “consideradas públicas” en el sentido de que son similares a los funcionarios públicos.

Explicaremos cómo se manejan las infracciones a la privacidad de las personas semi-públicas.

La privacidad de las figuras semi-públicas

En el caso de las llamadas “celebridades”, se puede considerar que parte de su vida privada es de legítimo interés para la sociedad, y se entiende que han renunciado a su privacidad hasta cierto punto al elegir tal profesión y al volverse famosos. Por lo tanto, puede que no sea ilegal divulgar información relacionada con el campo en el que se han hecho famosos.

En el caso de las figuras públicas y semi-públicas, en términos de violación del derecho a la privacidad, incluso si se trata de hechos de la vida privada, si se proporcionan como material para juzgar su idoneidad y calificaciones, y si el contenido y el método de expresión no son injustos a la luz de ese propósito, se ha considerado que no es ilegal.

Infracción del derecho a la privacidad de una figura semi-pública y conducta profesional

El caso en cuestión es una difamación contra un médico. Un paciente presentó una demanda por acoso sexual durante la consulta del médico. En consecuencia, el abogado que representaba al demandante distribuyó copias de la demanda al Club de Periodistas Judiciales durante una conferencia de prensa y reportó el inicio de la demanda con el nombre real del demandante. Posteriormente, aunque se decidió que el paciente había perdido el caso de acoso sexual (y el médico había ganado), hubo un caso en el que el médico solicitó una indemnización por daños y perjuicios a los abogados y al periódico por difamación y violación de la privacidad. A continuación, explicaremos este caso en detalle.

Historia del litigio

El paciente, que había sido criado como hombre después del nacimiento, pero que comenzó a mostrar características físicas femeninas durante la pubertad y comenzó a vivir como mujer antes de llegar a la edad adulta, recibió un diagnóstico de un médico en el Centro Médico General de la Universidad Médica de Saitama, un pionero en el campo de la atención médica para personas con trastorno de identidad de género.

El paciente alegó que hubo un grave acto de acoso sexual por parte del médico durante la consulta y presentó una demanda por daños y perjuicios basada en un acto ilícito.

En respuesta a las consultas de varios medios de comunicación que se enteraron de esta demanda, el abogado que representaba al demandante decidió realizar una conferencia de prensa para dar una explicación unificada después de prepararse, en lugar de dar explicaciones insuficientes individualmente mientras interrumpía su trabajo. Durante la conferencia de prensa, el abogado distribuyó copias de la demanda, anunció las afirmaciones del paciente y el nombre y dirección del médico, y el periódico informó sobre esto.

En este caso de acoso sexual, se decidió que el demandante había perdido (y el médico había ganado) porque “el testimonio del paciente es antinatural y no se puede aceptar que el acto de acoso sexual sea verdadero”. Sin embargo, después de eso, el médico buscó una indemnización por daños y perjuicios del periódico por difamación y violación de la privacidad, y presentó una demanda. Para decir la conclusión primero, el tribunal rechazó la demanda del demandante (el lado del médico).

Juicio del tribunal

Primero, con respecto a la difamación, el tribunal dijo,

La conferencia de prensa se limitó a indicar el hecho de que se había presentado una demanda y los hechos que causaron la demanda, y solo explicó los hechos a los periodistas judiciales, y en la relación con los periodistas judiciales que se enfrentaron directamente a ella, no difamó la reputación del médico, que es el acusado en el caso anterior.

Con respecto a la cobertura del periódico,

Los ciudadanos en general que se enfrentan al hecho de que un médico ha sido demandado en un juicio civil por acoso sexual y difamación durante la consulta pueden pensar que puede haber habido algún acto que el paciente percibió como acoso sexual, y especialmente en la actualidad, la percepción social de que el acoso sexual durante la consulta es un acto deshonroso está formándose, por lo que el hecho de que el paciente presentó el caso por acoso sexual y otros motivos indicados en sí mismo puede disminuir la evaluación social del médico y difamar su reputación.

Aunque lo hizo, ya que el médico es un profesor de una facultad de medicina y está en una posición pionera en el campo de la atención médica para personas con trastorno de identidad de género, el propósito de esta conferencia de prensa y la cobertura de noticias fue promover el interés público, por lo que no reconoció la difamación.

Además,

El problema es la conducta durante la consulta en el hospital universitario del profesor de la facultad de medicina, que es una profesión altamente especializada, y es un asunto relacionado con la actividad social del médico y su discurso hacia la sociedad, y no puede ser considerado como un asunto que pertenece al ámbito privado de una persona.

Y, el Tribunal no reconoció la violación del derecho a la privacidad:

El nombre del demandante también es un asunto que identifica al sujeto del acto… no es un asunto que deba ser protegido como privacidad.

Fallo del Tribunal Superior de Tokio del 31 de agosto de 2006

En los casos en que la conducta profesional de una persona en una profesión especializada es cuestionada, el contenido de la demanda y la dirección no son asuntos que pertenezcan al ámbito privado de una persona y no son objeto de protección de la privacidad, según el juicio.

Infracción del derecho a la privacidad de personas semi-públicas por publicaciones

Hubo un caso en el que un dentista solicitó la divulgación de información del remitente a un proveedor de tránsito, alegando que su reputación había sido difamada y su privacidad violada por un post publicado en “BakuSai.com”. En este caso, no solo se reconoció la difamación, sino también la violación de la privacidad.

Progreso del litigio

En el hilo titulado “△△” en la sección “Discusión de Takasaki” de la “Edición de Kanto” de “BakuSai.com”, se publicó un artículo que decía:

“El Dr. X de ○○ está teniendo un festín de adulterio en □□”

En respuesta a esto, el demandante afirmó:

No hay duda de que “El Dr. X de ○○” se refiere a un “médico” o “dentista” llamado “X” en “○○ City”, que está adyacente a Takasaki City. Y dado que no hay ningún otro médico o dentista llamado “X” en ○○ City aparte del demandante, está claro que la mención de “Dr. X” en este post se refiere al demandante. Este post indica el hecho de que el demandante está teniendo un festín de adulterio, dando la impresión a los lectores de que el demandante está cometiendo adulterio de manera habitual, lo que disminuye su evaluación social y viola claramente su privacidad en relación con su vida privada.

Y solicitó la divulgación de la información del remitente.

En respuesta a esto, el proveedor de tránsito argumentó:

Dado que el demandante tiene una cierta posición social como director de una clínica dental, no se puede negar que hay un propósito de interés público y beneficio público en las publicaciones sobre su vida privada. Por lo tanto, en este caso, no se puede negar la posibilidad de que existan circunstancias que nieguen la ilegalidad (circunstancias que niegan la ilegalidad).

Y sostuvo que no se podía reconocer que “es evidente que los derechos han sido violados”.

El juicio del tribunal

El tribunal reconoció la violación de la privacidad. Las razones son las siguientes:

Se entiende que la mención de “El Dr. X de ○○” en este post se refiere al demandante, y dado que existe una zona de bares llamada “□□ Village” en la ciudad de Takasaki, la descripción de “un festín de adulterio en □□” en este post, según la atención y lectura normales de una persona común, indica el hecho de que el demandante está cometiendo adulterio con frecuencia en □□ Village en la ciudad de Takasaki, o que está yendo a □□ Village con su pareja de adulterio. Por lo tanto, está claro que este post difama la reputación del demandante y viola su privacidad en relación con su vida privada.

Además, el tribunal sostuvo:

Aunque el demandante es el director de una clínica dental y tiene una cierta posición social, no hay ninguna relación entre el hecho de que él está cometiendo adulterio y su habilidad como dentista o el tratamiento en su clínica dental, por lo que es difícil reconocer que hay un interés público en los hechos descritos en este post.

No se puede reconocer que hay una razón justificable para creer que el contenido de este post es verdadero o que es verdadero.

Sentencia del Tribunal de Distrito de Tokio, 20 de marzo de 2015

Y ordenó al proveedor de tránsito que divulgara la información del remitente.

Este es un juicio que reconoce no solo la difamación, sino también la violación del derecho a la privacidad, incluso si el demandante es una persona semi-pública, si no hay ninguna relación entre los hechos indicados en el post y la habilidad del demandante como dentista o el tratamiento en su clínica dental.

Resumen

En el caso de las personas semi-públicas, incluso si se trata de hechos de su vida privada, puede haber casos en los que no se considera una violación del derecho a la privacidad, siempre y cuando el contenido y el método de expresión no sean injustos a la luz de su propósito.

La decisión de si se reconoce o no una violación del derecho a la privacidad puede ser difícil en muchos casos, por lo que le recomendamos que consulte con un abogado con amplia experiencia.

Managing Attorney: Toki Kawase

The Editor in Chief: Managing Attorney: Toki Kawase

An expert in IT-related legal affairs in Japan who established MONOLITH LAW OFFICE and serves as its managing attorney. Formerly an IT engineer, he has been involved in the management of IT companies. Served as legal counsel to more than 100 companies, ranging from top-tier organizations to seed-stage Startups.

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