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Actos de difamación en línea y violación de la privacidad

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Actos de difamación en línea y violación de la privacidad

Infracción de la privacidad

No solo en casos donde se puede incurrir en responsabilidad penal, como la difamación o el delito de insulto, sino también cuando el contenido publicado infringe la privacidad del sujeto, los comentarios en línea pueden convertirse en un problema, y el autor puede enfrentar responsabilidades legales.

En el Código Penal japonés, no hay disposiciones que castiguen la infracción de la privacidad. Sin embargo, aunque no se produzca responsabilidad penal, puede surgir responsabilidad civil.

En la violación de la privacidad, existe responsabilidad legal incluso si el contenido publicado es verdadero

Después de que se ha generado un alboroto, puede haber muchos infractores que estén desconcertados diciendo “sólo escribí la verdad”. Sin embargo, en el caso de la violación de la privacidad, existe responsabilidad legal incluso si el contenido publicado es verdadero.

De hecho, si es verdadero, el daño para la víctima que ha tenido su información expuesta puede ser mayor, y puede haber incluso la posibilidad de que la cantidad reclamada por daños y perjuicios sea alta. En este caso, a diferencia de la difamación, no importa si la evaluación social ha disminuido. Sólo importa si la víctima se sintió incómoda o ansiosa.

Hemos explicado sobre casos como “El caso de ‘Después de la fiesta’ y el derecho a la privacidad” y “El caso de ‘Peces nadando en la piedra’ y el derecho a la privacidad” en otros artículos, pero aquí explicaremos sobre “El alcance de la violación de la privacidad en Internet”.

Los cuatro requisitos para reconocer y violar la privacidad

En la sentencia del caso “Después de la fiesta” (28 de septiembre de 1964), el Tribunal de Distrito de Tokio reconoció el derecho a la privacidad como “la garantía legal o el derecho a no ser expuesto arbitrariamente en la vida privada”, y estableció cuatro requisitos para violar la privacidad:

  1. Debe ser un hecho de la vida privada o algo que pueda ser percibido como tal.
  2. Debe ser algo que, desde la perspectiva de una persona común y en la posición de la persona en cuestión, se consideraría que no querría ser revelado.
  3. Debe ser algo que aún no es conocido por el público en general.
  4. La persona en cuestión debe haber experimentado sentimientos reales de incomodidad o ansiedad debido a la revelación.

Ejemplos reconocidos de violación de la privacidad

El alcance de la violación de la privacidad según los precedentes judiciales

La violación de la privacidad ha sido tema de numerosos juicios desde antes de la popularización de Internet, acumulándose precedentes y aclarándose el alcance de la violación de la privacidad.

Ejemplo de violación reconocida en el caso “Después de la fiesta”

Además de la decisión anterior, el Tribunal de Distrito de Tokio reconoció que la privacidad fue violada al considerar que el demandante se sintió particularmente incómodo, avergonzado y repugnado por la “narración de varios eventos en su vida privada”.

Ejemplo de violación reconocida en el caso “Peces nadando en piedra”

El Tribunal Superior de Tokio, el 15 de febrero del año 2001 (Heisei 13), declaró que “los hechos sobre las discapacidades y enfermedades de una persona son de los que menos se desean que sean conocidos por otros. En particular, los hechos sobre discapacidades que afectan la apariencia, si la discapacidad es de un tipo raro como en este caso, se convierten en objeto de curiosidad si se publican junto con otros atributos de la persona”. Consideró que esto constituía una violación de la privacidad y criticó la falta de consideración hacia la persona que sufría de un tumor facial. La Corte Suprema rechazó la apelación sin abrir un debate oral.

Ejemplo de violación reconocida en el caso del libro de no ficción “Reversión”

El Tribunal Supremo, el 8 de febrero de 1994, declaró que “en el momento de la publicación de este libro, el demandado tenía un interés legítimo en no tener publicados los hechos relacionados con sus antecedentes penales. En este libro, no hay razón para justificar que el demandante publicó estos hechos utilizando el nombre real del demandado. Si el demandante usa el nombre real del demandado en este libro, es inevitable que se publiquen los hechos relacionados con sus antecedentes penales”. Reconoció la responsabilidad del autor por daños y perjuicios y rechazó la apelación.

La cuestión de si la información sobre antecedentes penales y arrestos constituye una violación de la privacidad es un tema muy común en Internet.

Ejemplo de violación reconocida en el caso de la conferencia de Jiang Zemin en la Universidad de Waseda

El Tribunal Supremo, el 12 de septiembre de 2003, en relación con el hecho de que la Universidad de Waseda entregó una lista de estudiantes que asistieron a la conferencia del Presidente de la República Popular China, Jiang Zemin, a petición de la Policía Metropolitana de Tokio, declaró que “el número de matrícula, el nombre, la dirección y el número de teléfono son información simple para la identificación personal, etc., por parte de la Universidad de Waseda, y no necesariamente necesitan ser mantenidos en secreto en ese sentido”, pero “incluso para esta información personal, es natural que la persona no quiera que se revele a otros que no desea, y esa expectativa debe ser protegida, por lo que esta información personal debe ser considerada como información relacionada con la privacidad de los demandantes y sujeta a protección legal”.

Infracción de Internet y Privacidad

Los ejemplos mencionados anteriormente se han discutido desde antes de la popularización de Internet, pero después de la popularización de Internet, se han acumulado casos judiciales que aclaran el alcance de la infracción de la privacidad.

Casos en los que se publicaron imágenes y nombres

En relación con la publicación de imágenes y nombres en sitios de Internet, en un juicio de solicitud de divulgación de información del remitente a un proveedor de tránsito, el Tribunal de Distrito de Tokio declaró el 27 de febrero de 2009 (Año 21 de Heisei): “Si se conoce el nombre y la apariencia de una persona, es fácil identificar a un individuo específico, y la información que muestra ambos puede considerarse información de identificación personal importante. Además, el nombre es parte del derecho de personalidad, y la apariencia no debe ser fotografiada ni publicada como imagen sin una razón justificada”. Y continuó: “Esta información pertenece a la privacidad de una persona, y la libertad del individuo para decidir si publicarla o no, y si se publica, a quién y de qué manera se debe respetar. Tal información, sin una razón justificada, no debe ser publicada a terceros no deseados de una manera no deseada, y tal beneficio debe ser objeto de protección legal”.

Casos en los que se publicaron la profesión, la dirección y el número de teléfono de la clínica

Un oftalmólogo, después de haber tenido una disputa en un tablón de anuncios de Nifty, fue demandado por responsabilidad de indemnización por haber publicado su profesión, la dirección y el número de teléfono de su clínica, reconociendo y previendo que podría surgir una respuesta agresiva hacia el demandante (incluyendo llamadas telefónicas de acoso que el demandante realmente recibió después). Aunque la dirección y el número de teléfono de la clínica del oftalmólogo están publicados en el directorio telefónico por profesión y región, y es difícil decir que son asuntos puramente privados, el Tribunal de Distrito de Kobe declaró el 23 de junio de 1999 (Año 11 de Heisei): “No es irrazonable que una persona que ha publicado su información personal para un propósito específico desee que esta no sea conocida más allá del alcance relacionado con el propósito de la publicación para evitar su mal uso, y este interés también debe ser protegido. Y, el control de la información sobre uno mismo es una característica básica del derecho a la privacidad, y se entiende que esto está incluido en él”. Y aceptó la demanda de indemnización por daños y perjuicios del demandante.

Casos en los que se publicaron el nombre y la dirección del cónyuge, etc.

En un juicio en el que el demandante solicitó una indemnización por daños y perjuicios debido a que se habían hecho publicaciones en el tablón de anuncios administrado por el demandado que contenían el nombre y la dirección del cónyuge del demandante y los nombres de los familiares del demandante y la ubicación y el número de teléfono de las oficinas principales y sucursales de la empresa administrada por los familiares, el Tribunal de Distrito de Tokio declaró:

El demandado publicó la información anterior relacionada con los demandantes en un tablón de anuncios en Internet al que cualquiera puede acceder fácilmente. Como resultado, el demandado ha colocado la información que los demandantes no quieren que se revele imprudentemente a otros en una situación en la que un número indeterminado de terceros pueden verla. Por otro lado, no se puede reconocer la necesidad de publicar la información anterior relacionada con los demandantes en este tablón de anuncios.

Tribunal de Distrito de Tokio, 21 de enero de 2009 (Año 21 de Heisei)

Y aceptó la demanda de indemnización por daños y perjuicios del demandante.

Así, incluso si la información se ha hecho pública en forma de registro corporativo, etc., no significa que deba aceptarse sin restricciones que se exponga a un número indeterminado de personas en tablones de anuncios de Internet, etc. Lo mismo se aplica a la información de bancarrota.

Información del operador de un blog anónimo y violación de la privacidad


La divulgación de información de varias cuentas sociales operadas de forma anónima también será un tema de debate en el futuro

Existen muchos casos en los que las publicaciones en foros y similares se consideran una violación de la privacidad, pero también hay problemas únicos de Internet.

Por ejemplo, ¿se puede considerar una violación de la privacidad si se revela información de cuentas como blogs, Twitter, Instagram, etc., que se operan de forma anónima?

Una mujer estaba operando un blog anónimo que era un registro de su lucha contra el cáncer de mama juvenil. En su vida real, ocultaba el hecho de que estaba sufriendo de esta enfermedad a todos excepto a sus familiares y amigos cercanos. Sin embargo, debido a la publicación del demandado, su nombre y otros detalles fueron identificados, y el hecho de que estaba sufriendo de cáncer de mama juvenil se hizo conocido al público en general. Ella alegó que su privacidad había sido violada y demandó daños y perjuicios, incluyendo compensación por angustia emocional.

La demandante había mencionado en su blog que había sido contratada como profesora de música en una escuela primaria en el distrito A de Tokio, y que había una banda de metales en esa escuela y que ella estaba a cargo de su dirección.

Además, la demandante había publicado en su blog fotos de ella con su rostro oculto y fotos de purikura con solo sus ojos visibles, así como fotos de toda la banda de metales de la escuela con sus rostros ocultos.

Por otro lado, en la sección de “Anuncios” del “Boletín escolar” en la página web de la escuela, se mencionaba que “La profesora XX estará a cargo de la enseñanza de música”, y se revelaba el nombre de la demandante. Además, en la misma página web, se publicaron fotos de la banda de metales de la escuela, y entre ellas había fotos en las que aparecía la demandante.

Como resultado de esto y otros factores, el nombre, la edad y el nombre de la escuela primaria donde trabajaba la demandante fueron identificados, y el demandado reveló que la demandante estaba operando el blog sobre su lucha contra la enfermedad.

El tribunal sostuvo que el hecho de que la demandante estaba sufriendo de cáncer de mama juvenil era un hecho desconocido para el público en general, y que aunque se habían publicado fotos de la demandante, estas habían sido editadas para ocultar su rostro o mostraban solo su espalda, por lo que no se podía identificar que la persona en las fotos era la demandante. Además, el tribunal declaró que:

Este blog es un registro de la lucha contra la enfermedad en cuestión, y se puede inferir que se publicó información sobre el hecho de que la demandante estaba sufriendo de la enfermedad y el curso de su tratamiento. No hay evidencia suficiente para refutar esta inferencia. La enfermedad en cuestión es una que afecta principalmente a las mujeres, y el hecho de que se haya sufrido de la enfermedad, el curso del tratamiento y los resultados son asuntos de la vida privada, y se entiende que son hechos que normalmente no se desearía que se hicieran públicos, incluso si se toma como base la sensibilidad de una persona promedio.

Sentencia del Tribunal de Distrito de Tokio, 13 de junio de 2014 (2014)

Y concluyó que “la publicación del demandado fue imprudente y malintencionada, y violó el derecho a la privacidad de la demandante”, reconoció una cantidad razonable de daños y perjuicios, incluyendo compensación por angustia emocional, y ordenó al demandado que la pagara.

Aunque esta no es una sentencia que juzgue el acto de divulgar información de cuentas como blogs, Twitter, Instagram, etc., que se operan de forma anónima, se puede decir que es un precedente interesante en relación con la privacidad en Internet en la actualidad.

Managing Attorney: Toki Kawase

The Editor in Chief: Managing Attorney: Toki Kawase

An expert in IT-related legal affairs in Japan who established MONOLITH LAW OFFICE and serves as its managing attorney. Formerly an IT engineer, he has been involved in the management of IT companies. Served as legal counsel to more than 100 companies, ranging from top-tier organizations to seed-stage Startups.

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