¿Cuál es la relación entre la extracción de secretos comerciales y la Ley Japonesa de Prevención de Competencia Desleal?
Las empresas manejan una cantidad enorme de información, y entre ella, los secretos comerciales generados en el proceso de investigación, desarrollo y actividades comerciales pueden ser sustraídos ilegalmente, causando daños significativos. En particular, existe la posibilidad de sufrir daños graves cuando un empleado se lleva secretos comerciales al retirarse de la empresa, los introduce en una empresa competidora o los utiliza al establecer su propia nueva empresa.
En tales casos, se pueden tomar medidas civiles y penales, pero para ello, es necesario que la información en cuestión sea un “secreto comercial” bajo la “Ley Japonesa de Prevención de la Competencia Desleal”.
Artículo 2, párrafo 6 de la Ley Japonesa de Prevención de la Competencia Desleal
En esta ley, “secreto comercial” se refiere a información técnica o comercial útil para las actividades comerciales que se gestiona como secreta y que no es conocida públicamente, como métodos de producción y métodos de venta.
Si la información califica como un “secreto comercial” bajo la Ley Japonesa de Prevención de la Competencia Desleal, está establecido que los actos de sustraerla ilegalmente o de usarla sabiendo que ha sido sustraída ilegalmente pueden ser objeto de una demanda por daños y perjuicios.
Los 3 requisitos del secreto comercial
Según el artículo 2, párrafo 6 de la Ley Japonesa de Prevención de la Competencia Desleal, un secreto comercial es información dentro de una empresa que cumple con tres requisitos, y solo la información que cumple con estos tres requisitos se considera como tal.
- Confidencialidad: Se gestiona como un secreto
- Utilidad: Información técnica o comercial útil para métodos de producción, métodos de venta y otras actividades comerciales
- Desconocimiento público: No es conocido públicamente
No toda la información de la empresa se convierte en un secreto comercial. Al cumplir con los tres requisitos anteriores y calificar como un secreto comercial, la información comercial como listas de clientes, planes de nuevos negocios, información de precios, manuales de procedimientos, así como información técnica como métodos de fabricación, know-how, información de nuevas sustancias, planos de diseño, están legalmente protegidos. La extracción de información no es simplemente una violación de las reglas internas, sino una acción que incurre en una penalización legal.
Incluso si se reconocen los tres requisitos y se califica como un secreto comercial, para ser objeto de medidas de cese y desistimiento o medidas penales, debe ser un acto de extracción ilegal o un acto de uso del secreto comercial por parte de otra persona sabiendo que fue extraído ilegalmente. En otras palabras, debe cumplir con los requisitos establecidos por la ley como “competencia desleal” o “delito de violación del secreto comercial” (Artículo 2, párrafos 4 a 10, y Artículo 21, párrafos 1 y 3 de la Ley Japonesa de Prevención de la Competencia Desleal).
Sobre la gestión de la confidencialidad
El secreto comercial es, en primer lugar, información y, al mismo tiempo, algo que no puede ser revelado como una patente. Por lo tanto, no es fácil determinar si una información está protegida como secreto comercial por la ley. Uno de los propósitos de los requisitos de gestión de la confidencialidad es prevenir que aquellos que han estado en contacto con el secreto comercial sean sospechosos de manera inesperada, al aclarar el objeto que la empresa intenta gestionar como secreto, teniendo en cuenta la naturaleza de este secreto comercial.
Por lo tanto, para cumplir con los requisitos de gestión de la confidencialidad, no es suficiente que la empresa reconozca subjetivamente que la información es un secreto. Es necesario que la intención de gestión del secreto de la empresa que posee el secreto comercial (la intención de gestionar cierta información como secreto) se muestre claramente a los empleados y, como resultado, los empleados puedan reconocer fácilmente esta intención de gestión del secreto (en otras palabras, se asegura la posibilidad de reconocimiento). En cuanto a la manifestación de la intención de gestión del secreto a los socios comerciales, en principio, se puede considerar de la misma manera que con los empleados.
Para ello, lo primero que se puede considerar es identificar el objeto mediante un contrato de confidencialidad. Muchas empresas tienen contratos de confidencialidad, y si se hacen correctamente, son un medio efectivo. Sin embargo, aquellos que se crean fácilmente utilizando “plantillas de NDA (contrato de confidencialidad)” que abundan en Internet pueden no ser útiles en absoluto cuando se necesitan.
El “Ejemplo de contrato de confidencialidad en la consideración de la alianza comercial” en el “Material de referencia 2: Ejemplos de referencia de varios contratos” en el “Manual de protección de información confidencial” del Ministerio de Economía, Comercio e Industria, que supervisa la Ley de Prevención de la Competencia Desleal (Ley Japonesa de Prevención de la Competencia Desleal), puede ser útil, pero aún así, se debe considerar que un “contrato de confidencialidad” tiene sentido solo cuando se elabora adecuadamente de acuerdo con el contenido de su propia empresa.
En el caso de que la información confidencial sea en papel, se considera que se puede asegurar la posibilidad de reconocimiento de la intención de gestión del secreto por parte de los empleados al realizar una división razonable de la información general mediante el uso de archivos, y luego mostrar en el documento que es un secreto, como “confidencial”. En lugar de poner una indicación de secreto en documentos o archivos individuales, también se puede considerar como un medio para asegurar la posibilidad de reconocimiento el almacenamiento en un gabinete o caja fuerte que se pueda cerrar con llave.
En el caso de que la información confidencial sea en medios electrónicos, se considera que cualquiera de los siguientes métodos puede ser una medida de gestión de la confidencialidad suficiente desde el punto de vista de la gestión de la confidencialidad.
- Pegar una etiqueta de confidencialidad en el medio de grabación
- Agregar “confidencial” al nombre del archivo electrónico o de la carpeta
- Agregar “confidencial” a los datos electrónicos del archivo electrónico para que se muestre como confidencial en la pantalla del terminal cuando se abre el archivo electrónico (por ejemplo, agregar “confidencial” al encabezado del archivo de documento)
- Establecer una contraseña para ver el archivo electrónico que es un secreto comercial o la carpeta que contiene dicho archivo electrónico
- Si no se puede agregar una indicación al propio medio de grabación, pegar una etiqueta de confidencialidad en la caja o caja en la que se almacena el medio de grabación
Además, incluso si se utiliza la nube externa para almacenar y gestionar secretos comerciales, si se gestionan como secretos, no se pierde la confidencialidad.
Sobre la utilidad
Este requisito se centra en excluir de la protección legal la información que va en contra de la moral y las buenas costumbres, como la información sobre evasión fiscal o el vertido de sustancias nocivas. Sin embargo, para que se reconozca la “utilidad”, es necesario que la información sea objetivamente útil para las actividades Negocios y, en un sentido amplio, se pretende proteger la información que tiene un valor comercial reconocido.
La información que cumple con los requisitos de confidencialidad y desconocimiento público normalmente se reconoce como útil. Esto incluye no solo la información que se utiliza y se aplica en las actividades Negocios y se utiliza directamente en los negocios, sino también la información que tiene un valor indirecto (potencial). Por ejemplo, los datos de investigación fallidos del pasado pueden ayudar a ahorrar en costos de investigación y desarrollo, y la información sobre defectos de productos es importante para el desarrollo de software que utiliza tecnología de inteligencia artificial de alta precisión para detectar productos defectuosos. Esta llamada información negativa también se reconoce como útil.
Sobre la confidencialidad
El estado de “no ser conocido públicamente” o “confidencialidad” se refiere a la situación en la que el secreto comercial en cuestión no es generalmente conocido o no puede ser fácilmente conocido. Concretamente, significa que la información no está contenida en publicaciones disponibles dentro de un esfuerzo razonable, no puede ser fácilmente deducida o analizada a partir de información pública o productos generalmente disponibles, y no puede ser obtenida generalmente fuera del control del titular.
Además, incluso si la información en cuestión resulta haber sido publicada en una publicación extranjera en el pasado, si el hecho no es conocido en el lugar donde se gestiona la información y se requiere un costo considerable en términos de tiempo y dinero para obtenerla, la confidencialidad todavía puede ser reconocida. Por supuesto, si un tercero invierte tal costo para adquirir o desarrollar el secreto comercial y luego lo publica en el lugar donde se gestiona la información, haciendo que sea “conocido públicamente”, la confidencialidad se perderá.
Además, el hecho de que fragmentos de cierta información estén publicados en varias publicaciones y que la información similar al secreto comercial pueda ser reconstruida al recoger esos fragmentos no significa que la confidencialidad sea negada inmediatamente. Esto se debe a que si hay valor en cómo se combinan las piezas de información, puede ser un secreto comercial.
Ejemplos de juicios reales
En los juicios reales, ¿cómo se juzgan los tres requisitos de confidencialidad, utilidad y no divulgación, así como los requisitos para “competencia desleal” y “delito de violación de secretos comerciales” (Artículo 2, párrafos 1 al 10, y Artículo 21, párrafos 1 y 3, de la Ley Japonesa de Prevención de la Competencia Desleal)? Veamos algunos ejemplos de juicios reales.
Hubo un caso en el que la empresa demandante, que vende zapatos de confort para mujeres con problemas en la forma de los pies (como juanetes, pies planos, callos, piernas en O, piernas en X, pies reumáticos, pies diabéticos, pies entumecidos, etc.), demandó a la empresa demandada A, con la que había firmado un contrato de fabricación, por revelar ilegalmente a la empresa demandada B los moldes originales que había recibido de la demandante. La demandante solicitó una orden de cese y desista y daños y perjuicios basándose en el artículo 2, párrafo 1, inciso 7 de la Ley Japonesa de Prevención de la Competencia Desleal.
La empresa demandada A reveló ilegalmente a la empresa demandada B los moldes originales que había recibido de la empresa demandante, que se dedica a la planificación, diseño y venta al por mayor de zapatos de mujer. Además, la empresa demandada A fabricó prototipos de zapatos basándose en los moldes obtenidos ilegalmente y modificados a partir de los moldes originales, y los reveló a los minoristas. Durante este tiempo, el demandado C, que era empleado de la empresa demandante, planeó independizarse y propuso a la empresa demandada A hacer negocios con la empresa demandada B. La empresa demandante solicitó a los demandados que cesaran y desistieran de usar y revelar los moldes en cuestión, y que pagaran daños y perjuicios por incumplimiento de contrato o violación de la Ley Japonesa de Prevención de la Competencia Desleal, artículo 4, etc., alegando que las acciones de los demandados correspondían a las acciones especificadas en los artículos 2, párrafo 1, incisos 4, 7 y 8 de la Ley Japonesa de Prevención de la Competencia Desleal.
Decisión sobre la confidencialidad
El tribunal decidió sobre la confidencialidad que:
・La demandante y el demandado C habían intercambiado una declaración de compromiso al momento de la contratación, que decía: “No revelaré ninguna información confidencial sobre su empresa, ni durante mi empleo ni después de mi renuncia”.
・En las normas de trabajo, se estipulaba como “prohibiciones” que “no se debe utilizar la información confidencial de la empresa o del cliente, ni la información personal en posesión de la empresa o del cliente, para fines distintos a los previstos, ni se debe divulgar o utilizar para fines personales información que sea perjudicial para la empresa (esto también se aplica después de la renuncia)”, y que “no se debe utilizar el equipo, vehículos, maquinaria, utensilios, dinero, información, etc. de la empresa para fines distintos a los del trabajo sin permiso”.
・Los moldes maestros, que contienen la misma información de diseño que los moldes originales en cuestión, estaban estrictamente controlados.
・En la empresa demandante, normalmente se impedía que los empleados manejaran los moldes maestros y los moldes originales en cuestión.
Por lo tanto, se reconoció que la información de diseño en cuestión estaba siendo gestionada como un secreto.
Decisión sobre la utilidad
En cuanto a la utilidad, se reconoció que:
La información de diseño en cuestión es claramente útil para la fabricación de zapatos de confort, por lo que se puede decir que la información de diseño en cuestión es información técnica útil para la producción y otras actividades comerciales.
Tribunal de Distrito de Tokio, sentencia del 9 de febrero de 2017
Decisión sobre la no divulgación
En cuanto a la no divulgación, “dado que el cuero de los zapatos es flexible, no es posible obtener la información de diseño de un molde que tenga exactamente la misma forma y tamaño que el molde utilizado para fabricar el zapato a partir de un zapato de cuero que esté en el mercado”, por lo que:
No se puede reproducir fácilmente un molde con exactamente la misma forma y tamaño que el molde original, y no se puede obtener la información de diseño en cuestión sin un esfuerzo especial, por lo que se puede decir que la información de diseño en cuestión no era de conocimiento público (no divulgada).
(Ídem)
Por lo tanto, se determinó que la información de diseño en cuestión cumplía con los tres requisitos de confidencialidad, utilidad y no divulgación, y por lo tanto, era un secreto comercial (Artículo 2, párrafo 6, de la Ley Japonesa de Prevención de la Competencia Desleal).
Decisión sobre la aplicabilidad de la competencia desleal
Además, en cuanto a la aplicabilidad de la competencia desleal de las acciones de los demandados, se determinó que los demandados habían actuado con el propósito de obtener beneficios injustos al traicionar gravemente la confianza de la demandante, con la que habían estado haciendo negocios durante muchos años, y al hacer negocios con el demandado C, que estaba planeando convertirse en un competidor de la demandante mientras aún era empleado de la demandante. Por lo tanto, se determinó que las acciones de los demandados correspondían al artículo 2, párrafo 1, inciso 7 de la Ley Japonesa de Prevención de la Competencia Desleal (el acto de usar o revelar un secreto comercial con el propósito de obtener un beneficio injusto o causar daño al titular del secreto comercial, en el caso de que se haya mostrado el secreto comercial por el titular del secreto comercial), y se ordenó a los demandados que cesaran y desistieran de revelar los moldes, que entregaran los moldes a la demandante, y que pagaran 3.635.640 yenes en daños y perjuicios.
Resumen
La adquisición, uso y divulgación indebidos de los secretos comerciales que poseen las empresas pueden disminuir el incentivo de estas para esforzarse adecuadamente, y potencialmente tener un impacto negativo en el orden competitivo y, en última instancia, en la innovación en todo Japón. Los secretos comerciales son la fuente de la competitividad de una empresa, y por eso es necesario una gestión efectiva de los secretos comerciales que se ajuste a la realidad de la empresa.