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Problemas de derechos de autor en textos y correos electrónicos publicados en blogs, foros y otros medios en línea

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Problemas de derechos de autor en textos y correos electrónicos publicados en blogs, foros y otros medios en línea

Un texto escrito por una persona genera “derechos de autor”. Si otra persona reproduce sin permiso un texto que tiene derechos de autor, surge un problema de infracción de derechos de autor. En este sentido, la persona que escribió el texto puede “monopolizar” el derecho a publicar ese texto.

Sin embargo, esto también significa que si alguien escribe un texto, a otras personas no se les permite escribir el mismo texto. Por ejemplo, si se generan derechos de autor sobre un simple hecho, como “El clima el día ● del mes ● del año Reiwa (año del calendario gregoriano) fue soleado, con una temperatura de 23.4 grados y una humedad del 50%”, entonces a otras personas no se les permitiría escribir el mismo texto. Esto podría considerarse claramente inconveniente.

Los derechos de autor no se conceden a todos los tipos de textos. En términos legales, esto se llama “originalidad”. La condición para que un texto (etc.) sea protegido por derechos de autor es que se reconozca su “originalidad”.

¿Hasta qué punto se reconoce la originalidad de los diversos textos que se pueden ver en sitios web y similares? En este artículo, presentamos casos en los que se cuestionó la originalidad de las notas de los juicios, las publicaciones anónimas en los foros de Internet, la información sobre cambios de empleo y los correos electrónicos.

En el caso de las notas de audiencia judicial

Hubo un caso en el que el demandante, después de publicar sus notas de audiencia judicial en Internet, alegó que se había infringido su derecho de autor sobre las notas de audiencia debido a que un artículo basado en ellas fue reproducido y publicado sin permiso en un blog. Por lo tanto, solicitó a ‘Yahoo! Blog’ la divulgación de la información del emisor y la eliminación del artículo.

El demandante había publicado en Internet sus notas de la audiencia del juicio del caso de violación de la Ley de Transacciones de Valores contra Takafumi Horie, que se llevó a cabo en el Tribunal de Distrito de Tokio durante la cuarta sesión del juicio del caso Livedoor. Sin embargo, un tercero reprodujo estas notas sin permiso en un blog titulado ‘Yahoo! Blog – Diario de las víctimas de Livedoor’ en ‘Yahoo! Blog’.

El tribunal de primera instancia rechazó la demanda sobre la base de que las notas de audiencia del demandante no correspondían a la ‘obra’ en el artículo 2, párrafo 1, ítem 1 de la Ley de Derechos de Autor japonesa, por lo que el demandante apeló. Sin embargo, en la apelación, el tribunal, refiriéndose al artículo 10, párrafo 2, ítem 2 de la Ley de Derechos de Autor japonesa, que dice ‘Los informes que son meramente transmisiones de hechos y noticias actuales no corresponden a las obras mencionadas en el ítem 1 del párrafo anterior.’,

Se debe considerar que cuando el contenido de la expresión en la descripción por medio del lenguaje es exclusivamente ‘hechos’ (en este caso, ‘hechos’ se refiere a cosas que indican una situación específica, estado o existencia, como ‘quién dijo qué, cuándo y dónde’, ‘existe algo’, ‘cómo es el estado de algo’), y se narra tal como es sin incluir ninguna evaluación o opinión especial, no se considera que se haya expresado el ‘pensamiento o sentimiento’ del autor.

Tribunal Superior de Propiedad Intelectual, 11 de diciembre de 2008 (Año 2008 del calendario gregoriano)

Y, después de examinar detalladamente la creatividad de cada descripción en las notas de audiencia judicial creadas por el demandante (las notas de audiencia del demandante), negó su naturaleza de obra y rechazó la solicitud de divulgación de información y eliminación del artículo. Una ‘obra’ es ‘algo que expresa pensamientos o sentimientos de manera creativa’ (Artículo 2, párrafo 1 de la Ley de Derechos de Autor japonesa), y la creatividad es necesaria como requisito para ello. Sin embargo, es importante tener en cuenta que no se negó la naturaleza de obra de las notas de audiencia judicial en general.

https://monolith.law/reputation/disclosure-of-the-senders-information[ja]

https://monolith.law/reputation/provider-liability-limitation-law[ja]

Caso de publicaciones en foros de internet

Existen casos en los que los demandantes que escribieron textos en los foros de una página web, alegaron que sus derechos de autor fueron infringidos cuando los demandados reprodujeron (reimprimieron) parte de estos textos para crear un libro y publicarlo. Solicitaron la prohibición de la publicación del libro y el pago de daños y perjuicios. Una empresa que ofrece servicios de información relacionados con la industria de la información, como la publicación, operaba una organización de membresía para la amistad y el intercambio de información entre los amantes de los hoteles. En su página web, establecieron un foro donde los miembros publicaban textos utilizando seudónimos para intercambiar información. De estos, diez presentaron una demanda alegando que sus derechos de autor habían sido infringidos.

El tribunal primero afirmó que, incluso en el caso de la publicación de obras anónimas, no hay obstáculo para afirmar la naturaleza de la obra bajo la Ley de Derechos de Autor, y luego declaró:

Las obras que son objeto de protección bajo la Ley de Derechos de Autor deben ser “expresiones creativas de pensamientos o emociones”.
“Expresar pensamientos o emociones” no se aplica a casos en los que simplemente se describen hechos tal como son, pero incluso si se utilizan hechos como material, es suficiente si se expresa alguna evaluación u opinión del autor sobre los hechos. Además, para ser “expresado creativamente”, es suficiente si se manifiesta alguna personalidad del autor, y no es necesario que sea original en el sentido estricto. Por otro lado, en las obras compuestas por lenguaje, si son muy cortas, si hay restricciones en la forma de expresión, si no se pueden imaginar otras expresiones, o si la expresión es común y trillada, no se puede considerar una expresión creativa porque no se manifiesta la personalidad del autor.

Sentencia del Tribunal de Distrito de Tokio, 15 de abril de 2002 (Año 2002 del calendario gregoriano)

Desde este punto de vista, el tribunal juzgó la naturaleza de la obra de cada parte de la descripción del demandante, y afirmó que parte de cada descripción del demandante, donde se manifestó la personalidad del autor, puede ser considerada como “una expresión creativa de pensamientos o emociones”. Reconoció la naturaleza de la obra y ordenó a los demandados que pagaran daños y perjuicios por infracción de derechos de autor y que destruyeran y prohibieran la publicación del libro.

Un ejemplo de la descripción del demandado es:

Estoy planeando un viaje a un resort en Asia por un máximo de 9 días en verano. Mi primera opción es Ubud. Sin embargo, la persona que me acompaña dice que se aburrirá definitivamente si se queda en Ubud durante 9 días.

Y el texto correspondiente reproducido es:

Estoy planeando un viaje a un resort en Asia por un máximo de nueve días en verano. Mi primera opción es Ubud, pero la persona que me acompaña dice que definitivamente se aburrirá si se queda en Ubud durante nueve días.

Esta sentencia fue la primera en reconocer la naturaleza de la obra de los textos en las páginas web. Sin embargo, en el juicio sobre la presencia o ausencia de la naturaleza de la obra, el tribunal decidió que no había razón para considerar los textos en las páginas web y los textos generales de manera diferente.

En el caso de la información de reubicación laboral

Hubo un caso en el que la empresa demandante, que creó y publicó en su sitio web un texto con información de reubicación laboral, alegó que sus derechos de autor (derechos de reproducción, adaptación y transmisión) y los derechos morales del autor (derecho a mantener la integridad) fueron infringidos cuando la empresa demandada copió o adaptó y republicó el texto sin permiso en su propio sitio web. La empresa demandante solicitó una orden de cese y desistimiento de la publicación y daños y perjuicios. La empresa demandante, que proporciona información de reubicación laboral a través de su sitio web, realizó una entrevista y creó un texto a petición de un empresario (Chantilly) que deseaba publicar información de reubicación laboral. Sin embargo, la empresa demandada también recibió un pedido del mismo empresario para crear y publicar un anuncio sobre la información de reubicación laboral en su sitio web, y copió o adaptó y republicó el texto de la información de reubicación laboral de la empresa demandante.

El tribunal declaró,

Se reconoce que al crear el anuncio de reubicación laboral de Chantilly, se han hecho esfuerzos creativos en la expresión, como destacar las características de la empresa, el contenido del trabajo solicitado, el origen de la empresa fundada por ingenieros, etc., y mostrar títulos característicos como “Ingenieros primero y ante todo” y “Desde un ingeniero en su segundo año en la empresa” para atraer el interés de los lectores.

Sentencia del Tribunal de Distrito de Tokio, 22 de octubre de 2003 (Año Gregoriano 2003)

Y afirmó que “se puede decir que se han hecho esfuerzos creativos en la forma de expresión, como el uso de preguntas para atraer el interés de los lectores y dejar una impresión duradera al final del texto, por lo que se manifiesta la personalidad del autor”, y ordenó el pago de 150,000 yenes como la cantidad de dinero que debería recibir por el ejercicio de los derechos de autor, 500,000 yenes por los honorarios del abogado, y un total de 650,000 yenes.

La empresa demandada argumentó que la información de reubicación laboral fue creada en base a una entrevista con el empresario, por lo que el autor es el empresario y no el demandante, y que incluso si el demandante fuera el autor, sería solo un coautor. Sin embargo, el tribunal sostuvo que el autor es la persona que realmente participó en la actividad creativa de la obra en cuestión, y que la persona que simplemente proporcionó ideas o materiales en la creación no es el autor.

Además, un ejemplo de la información de reubicación laboral del demandante es,

¿El caso contribuirá a mejorar las habilidades del ingeniero?…
¿Se puede adquirir conocimientos y know-how útiles para la promoción profesional?…
¿El entorno y las condiciones de desarrollo satisfacen los deseos?…
Al finalizar un proyecto, el trabajo debe ser tal que el ingeniero involucrado pueda obtener una profunda satisfacción en todos los aspectos.
Estos son los criterios que Chantilly utiliza para seleccionar los casos.

Y la información de reubicación laboral de la demandada, que se considera una copia de la misma, es,

¿El caso contribuirá a mejorar las habilidades del ingeniero?…
¿Se puede adquirir conocimientos y know-how útiles para la promoción profesional?…
¿El entorno y las condiciones de desarrollo satisfacen los deseos?…
Al finalizar un proyecto, el trabajo debe ser tal que el ingeniero involucrado pueda obtener una profunda satisfacción en todos los aspectos.
Estos son los criterios que Chantilly utiliza para seleccionar los casos.

Esto fue lo que sucedió.

https://monolith.law/corporate/quote-text-and-images-without-infringing-copyright[ja]

En el caso de los correos electrónicos

Un autor que tuvo una relación homosexual con Yukio Mishima publicó una novela autobiográfica que describe su relación con Mishima. En ella, se incluyeron 15 cartas y postales inéditas de Mishima (las “Cartas en cuestión”). Los hijos de Mishima, que son los demandantes en este caso, alegaron que esta publicación infringía el derecho de Mishima a la divulgación (Artículo 60 de la Ley de Derechos de Autor de Japón) y buscaban una orden para detener la publicación y distribución del libro, la destrucción de las copias del libro y una indemnización por la infracción de los derechos de reproducción, ya que ellos son los protectores de los intereses personales de Mishima después de su muerte (Artículo 116 de la Ley de Derechos de Autor de Japón).

En este juicio, el tribunal afirmó que las Cartas en cuestión, que expresan los sentimientos, la visión de la vida y la visión del mundo de Mishima de una manera no adornada y diferente a la de las obras literarias, son claramente una expresión única de los pensamientos y emociones de Yukio Mishima (Sentencia del Tribunal Superior de Tokio, 23 de mayo de 2000). Entonces, ¿es posible que los correos electrónicos sean reconocidos como obras protegidas por derechos de autor?

Hubo un caso en el que un miembro ejecutivo de la organización religiosa XX, el demandante, solicitó la divulgación de la información del remitente al proveedor de Internet, alegando que su correo electrónico enviado a los miembros de la organización de amistad de XX fue reproducido en la página titulada “¿Hay amenazas o coacciones?” en el sitio web “La realidad de XX”, y que sus derechos de autor y derechos morales del autor fueron infringidos.

El proveedor de Internet demandado argumentó que el correo electrónico en cuestión no era más que “la transmisión de hechos y noticias de actualidad” (Artículo 10, párrafo 2 de la Ley de Derechos de Autor de Japón) y que la expresión del correo electrónico era común y ordinaria, y no se podía decir que reflejara la personalidad del autor, por lo que no se consideraba una obra protegida por derechos de autor. Sin embargo, el tribunal consideró que:

  • ¡Vamos a escribir mucho sobre “la forma de la muñeca”!
  • ¿No crees que muchos de nosotros finalmente hemos entrado en el “estado de ánimo de la muñeca”?
  • ¿No es este precioso tiempo hasta que el profesor B nos haga de intermediario en “la técnica divina de Ise” un tiempo para que nosotros escribamos más y más sobre “la forma de la muñeca”?

Incluye expresiones únicas y,

El correo electrónico en cuestión, que consta de varias oraciones, no puede ser considerado como una expresión que sería la misma sin importar quién la creara. Por lo tanto, se reconoce que el correo electrónico en cuestión es una obra literaria.
El demandado argumenta que el contenido expresivo del correo electrónico en cuestión es simplemente la transmisión de hechos y noticias de actualidad. Sin embargo, el correo electrónico en cuestión incluye expresiones únicas y no puede ser considerado simplemente como la transmisión de hechos y noticias de actualidad.

Reconoció que era una obra protegida por derechos de autor y ordenó la divulgación de la información del remitente, ya que “las características esenciales de la expresión del correo electrónico en cuestión se mantienen en el artículo en cuestión, y aquellos que entran en contacto con el artículo en cuestión pueden percibir directamente las características esenciales de la expresión del correo electrónico en cuestión. Por lo tanto, se reconoce que el artículo en cuestión es una reproducción tangible del correo electrónico en cuestión” y el demandante indicó su intención de ejercer su derecho a reclamar daños y perjuicios por la infracción de los derechos de autor, etc.

Siempre que se acepte la comprensión general de las cartas, es difícil decir que el correo electrónico en cuestión simplemente transmite “hechos”. Aunque es natural que se rechace el argumento del demandado, incluso si se expresa “pensamiento o emoción”, no se reconocerá como una obra protegida por derechos de autor a menos que sea creativa. Aunque la sentencia no profundiza en este punto, afirma la naturaleza de la obra protegida por derechos de autor sobre la base del juicio de que “no puede ser considerada como una expresión que sería la misma sin importar quién la creara”.

Resumen

La cuestión de hasta qué punto se puede reconocer la autoría de diversos textos en Internet es un problema muy complejo. Si se tiene un conocimiento preciso sobre las citas y se utilizan correctamente, no hay mucho problema. Sin embargo, es muy peligroso copiar y pegar textos de blogs de otras personas, artículos de sitios web, correos electrónicos de terceros, etc., en su propio blog o redes sociales sin pensar. Si te das cuenta de que has infringido los derechos de autor de otra persona por descuido, o si crees que podrías estar siendo infringido, por favor consulta a un abogado con experiencia. Es necesario actuar rápidamente.

Managing Attorney: Toki Kawase

The Editor in Chief: Managing Attorney: Toki Kawase

An expert in IT-related legal affairs in Japan who established MONOLITH LAW OFFICE and serves as its managing attorney. Formerly an IT engineer, he has been involved in the management of IT companies. Served as legal counsel to more than 100 companies, ranging from top-tier organizations to seed-stage Startups.

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