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¿Qué es la responsabilidad del usuario en la gestión de daños a la reputación?

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¿Qué es la responsabilidad del usuario en la gestión de daños a la reputación?

Cuando un empleado de una empresa causa problemas en su trabajo, la empresa a la que pertenece puede ser demandada por responsabilidad del empleador junto con el empleado en cuestión. Incluso en un accidente de tráfico, si la otra parte es un conductor profesional y la negligencia de ese conductor fue la causa directa, la forma de trabajo del conductor que causó el accidente y las malas condiciones laborales podrían haber provocado el accidente. En tales casos, es natural que se pueda cuestionar la responsabilidad del empleador de la empresa a la que pertenece el conductor, además de la responsabilidad del conductor.

En el caso de la difamación, aunque la persona que repite el comportamiento problemático debe ser criticada, si es un empleado de una empresa, puede haber responsabilidad en la empresa que ha ignorado tal comportamiento. En tales casos, es posible cuestionar la responsabilidad del empleador de la empresa a la que pertenece la otra parte. En otras palabras, si eres víctima de difamación en Internet y has identificado al delincuente a través de la identificación del autor, y ese delincuente resulta ser un empleado de una empresa, no solo el delincuente individual, sino también la empresa a la que pertenece, puede ser demandada por responsabilidad del empleador. Para más detalles sobre cómo identificar al autor, consulte el siguiente artículo.

https://monolith.law/reputation/disclosure-of-the-senders-information[ja]

Ahora, me gustaría explicar cuáles son los requisitos para poder cuestionar la responsabilidad del empleador de la empresa a la que pertenece la otra parte, además de la responsabilidad de la otra parte, cuando un empleado de una empresa repite la difamación y esto constituye una violación de la privacidad o difamación.

https://monolith.law/reputation/scope-of-privacyinfringement[ja]

¿Qué es la responsabilidad del empleador?

¿En qué casos la empresa, aunque no haya cometido ninguna acción ilegal, puede ser responsable de indemnizar daños?

Existen varias bases legales por las cuales una empresa puede ser responsable por las acciones de sus empleados, como la violación del deber de cuidado, pero la disposición básica es el Artículo 715 del Código Civil Japonés.

Artículo 715 del Código Civil Japonés

1. La persona que emplea a otra para un negocio es responsable de indemnizar los daños causados a terceros por el empleado en la ejecución de ese negocio. Sin embargo, esto no se aplica si el empleador ha tomado precauciones razonables en la selección y supervisión del empleado, o si los daños habrían ocurrido incluso con precauciones razonables.
2. La persona que supervisa el negocio en lugar del empleador también es responsable según el párrafo anterior.

¿Por qué una empresa, aunque no haya cometido ninguna acción ilegal, puede ser responsable de indemnizar daños?

La base de esto es lo que se llama “la teoría de la responsabilidad de compensación”, que sostiene que “aquellos que obtienen beneficios deben compensar las pérdidas causadas a otros en el proceso de obtener esos beneficios para mantener el equilibrio”. En otras palabras, dado que el empleador está obteniendo beneficios de sus actividades comerciales al emplear a los trabajadores para su negocio, el empleador debe asumir los riesgos de las actividades comerciales de los empleados y las pérdidas causadas a terceros. Entonces, ¿bajo qué condiciones se reconoce la responsabilidad del empleador y la empresa se convierte en responsable de indemnizar los daños?

Requisitos de la Responsabilidad del Empleador

Para que se reconozca la responsabilidad del empleador en una empresa y se asuma la responsabilidad por daños y perjuicios, se deben cumplir varios requisitos.

El acto del empleado debe ser un acto ilícito

La responsabilidad del empleador se refiere a la responsabilidad por los actos ilícitos del empleado, por lo que es necesario que el acto del empleado en cuestión cumpla con los requisitos de un acto ilícito. Si no es un acto ilícito, naturalmente, no se cuestionará la responsabilidad del empleador.

Debe existir una relación de empleo

Es obvio que se requiere una relación de empleo, pero la relación de empleo suele basarse en contratos de trabajo, delegación y otros contratos, aunque también incluye casos en los que simplemente se permite trabajar de facto. En otras palabras, se considera suficiente si existe una relación de comando y supervisión sustancial entre el empleador y el empleado. Por ejemplo, se considera que el contratista principal también debe asumir la responsabilidad del empleador por los actos ilícitos del subcontratista si existe una relación de comando y supervisión sustancial entre el contratista principal y el subcontratista.

Además, se considera que la relación de empleo puede ser temporal, sin fines de lucro o incluso ilegal. Por ejemplo, existe un precedente que establece que “existe una relación entre el jefe de una organización de la yakuza, que está estructurada jerárquicamente, y los miembros de la organización subordinada en términos de actividades de recaudación de fondos utilizando la intimidación de la yakuza” (Sentencia del Tribunal Supremo de Japón, 12 de noviembre de 2004).

Debe realizarse “en relación con la ejecución de su negocio”

“En relación con la ejecución de su negocio” se refiere a “no sólo lo que surge directamente de la ejecución del negocio del empleado, sino también a los casos en los que, aunque no pertenezca al acto de ejecución del deber del empleado en sí, se considera que pertenece al acto dentro del alcance del deber del empleado cuando se observa desde la apariencia externa de ese acto” (Sentencia del Tribunal Supremo de Japón, 30 de noviembre de 1965).

¿Qué se entiende por “la ejecución de ese negocio”?

Si se ajusta o no a “la ejecución de ese negocio” es un punto particularmente disputado entre los requisitos de responsabilidad del empleador, pero se toman decisiones basadas en casos concretos.

Caso de acoso sexual a una empleada por parte de su superior en una reunión después del trabajo fuera del lugar de trabajo

A pesar de que la reunión se llevó a cabo fuera del lugar de trabajo y no fue obligatoria, hay un precedente que consideró que el superior, que repetidamente acosaba sexualmente mientras mezclaba conversaciones de trabajo, estaba utilizando su posición de superior en relación con su trabajo y que tal acoso sexual se realizó “en la ejecución de ese negocio” (Sentencia de la Corte Suprema de Japón, 12 de abril de 1968 (1968)).

Caso de un accidente de tráfico causado por el uso personal no autorizado del coche de la empresa

No se puede decir que el uso personal no autorizado del coche de la empresa por parte de un empleado sea la ejecución adecuada del trabajo de la empresa. Sin embargo, normalmente, el coche de la empresa se conduce dentro del dominio de control de la empresa, y aunque la empresa prohíba el uso personal no autorizado, esto es solo un problema interno de la empresa, y externamente se considera que se realizó “en la ejecución de ese negocio”. Hay un precedente para esto (Sentencia de la Corte Suprema de Japón, 21 de diciembre de 1971 (1971)).

Caso de causar una discapacidad a un tercero al atacarlo durante el trabajo en el lugar de trabajo

En un caso en el que el acusado, que trabajaba como transportista llamado “Koage” en una empresa que se encargaba de la manipulación general de productos marinos en Tsukiji, tuvo una pelea con un repartidor sobre si ayudar o no con el trabajo de reparto y causó lesiones al repartidor, hay un precedente judicial que dice: “Se reconoce que se hizo en el proceso de llevar a cabo el trabajo de la empresa acusada de entregar pescado a los mayoristas como Koage, y por lo tanto, se debe decir que el asalto en este caso fue cometido por el acusado como empleado de la empresa acusada en la ejecución de su trabajo” (Sentencia del Tribunal de Distrito de Tokio, 27 de enero de 1994 (1994)).

Responsabilidad del empleador de una empresa de cuidado que contrata a asistentes de cuidado

Examinemos en detalle los casos en los que se puede demandar una indemnización por daños y perjuicios no solo al acusado, sino también a la empresa que emplea al acusado cuando se es difamado, y los casos en los que se reconoce y no se reconoce esta responsabilidad. Preste atención a los puntos que se destacan cuando se reconoce la responsabilidad del empleador. Tenemos un ejemplo que presentamos en otro artículo de nuestro sitio, “Información sobre enfermedades e infracción de la privacidad”, en el caso de “una persona mayor con demencia que es una figura cultural”.

Un director de cine en sus 90 años y su familia demandaron a una asistente de cuidado y a la empresa de cuidado a domicilio, alegando que la asistente se burló de la condición del hombre en su blog, buscando una indemnización por daños y perjuicios por violación de la privacidad y difamación.

El tribunal dictaminó que el artículo del blog del acusado “expone la privacidad del demandante y disminuye su evaluación social, y se reconoce que el demandante sufrió angustia mental como resultado”, reconociendo la violación de la privacidad y la difamación, y ordenó a la asistente de cuidado que pagara 1,5 millones de yenes en daños y perjuicios.

En cuanto a la empresa de cuidado que empleaba a la mujer, el primer artículo fue publicado el día después de que la acusada visitó la casa del demandante como asistente de cuidado a domicilio a cargo del demandante en la empresa acusada, y se trataba de “algo que se publicó mientras la acusada era empleada de la empresa acusada”, y su “contenido es un hecho que se supone que se conoció durante el negocio de la acusada, que es el cuidado a domicilio”, y el acto de la acusada es “un acto que tiene una estrecha relación con el acto de ejecución del negocio de la empresa acusada, ya que se realizó en ocasión de la ejecución del negocio”, por lo que la empresa debería entender que sigue teniendo la misma obligación hacia el demandante incluso después de que se rescindió el contrato debido a la naturaleza de la obligación de confidencialidad, y por lo tanto,

  • asume la responsabilidad por actos ilícitos (responsabilidad del empleador) por violación de la privacidad y difamación debido a los artículos durante el contrato, y
  • asume la responsabilidad por incumplimiento de la obligación debido a la divulgación de secretos en los artículos después del despido.

Por lo tanto, se le ordenó pagar un total de 1,3 millones de yenes, que es 1 millón de yenes (responsabilidad del empleador) + 300,000 yenes (responsabilidad por incumplimiento de la obligación).

El tribunal declaró que,

Considerando la situación actual en la que es fácil para las personas difundir información en Internet, como proveedor de servicios de cuidado a domicilio, se debe instruir y supervisar adecuadamente a los empleados para que no violen la privacidad y la reputación de los usuarios al seleccionar y supervisar a los empleados. Sin embargo, en la empresa acusada, no se prestó ninguna atención a este respecto con respecto a la acusada. Por lo tanto, no se puede reconocer que la empresa acusada haya tomado la debida precaución en la selección y supervisión de la acusada.

Sentencia del Tribunal de Distrito de Tokio, 4 de septiembre de 2015 (2015)

Esto es lo que se indica.

https://monolith.law/reputation/disease-information-and-privacy-infringement[ja]

Responsabilidad del empleador en la contratación de empleados

Los empleadores pueden tener una amplia responsabilidad por las acciones de los empleados que contratan.

En este artículo, explicaremos en detalle un caso que mencionamos en otro artículo de nuestro sitio, “Estándares y métodos de cálculo para reclamaciones de daños y perjuicios por difamación”. El demandante es un ingeniero de sistemas que es propietario de un negocio individual, pero ha firmado un contrato de subcontratación integral con la empresa demandada y está trabajando como encargado del sistema. La empresa demandada es una empresa que se dedica a la venta, instalación y mantenimiento de equipos de telecomunicaciones, y el demandado era un empleado de la empresa.

El demandado, a través de Internet desde su teléfono móvil contratado, publicó en “2channel” que “el viejo de pelo hacia atrás” había “entrado al baño de mujeres con una bolsa de papel” y “¿Está bien que el video de voyeurismo del baño de mujeres de la empresa esté circulando en la red?” “Lo que has hecho es un crimen”, difamando claramente al demandante, que mide 164 cm de altura y tiene el pelo peinado hacia atrás, como si hubiera cometido un acto de voyeurismo.

El demandante, al ser señalado por los directivos de la empresa sobre el hecho de la publicación, y al serle dicho que puede que no tenga contrato para el próximo período, reclamó daños y perjuicios por actos ilícitos, alegando que estaba a punto de perder su trabajo. Además, argumentó que el demandado había cometido el acto ilícito durante su horario de trabajo en la empresa demandada, y reclamó la responsabilidad del empleador a la empresa demandada.

El tribunal primero reconoció la difamación por parte del demandado, diciendo: “La publicación en cuestión sugiere que el demandante ha cometido el delito de voyeurismo, por lo que es evidente que ha disminuido la evaluación social del demandante”. Ordenó al demandado que pagara 1 millón de yenes en daños morales, 100,000 yenes en honorarios de abogado, y 630,000 yenes en costos de investigación para identificar al demandado, para un total de 1.73 millones de yenes.

https://monolith.law/reputation/defamation-and-decline-in-social-reputation[ja]

https://monolith.law/reputation/provider-liability-limitation-law[ja]

Por otro lado, en cuanto a la responsabilidad de la empresa, el demandante argumentó que “el demandado hizo la publicación en cuestión durante su horario de trabajo en la empresa demandada, y la empresa demandada tiene la obligación de tener cuidado o supervisar a su empleado, el demandado, para que no infrinja los derechos e intereses de terceros. Por lo tanto, la empresa demandada tiene la responsabilidad del empleador. La publicación en cuestión del demandado se hizo durante el horario de trabajo de la empresa demandada, y la empresa demandada tiene la responsabilidad moral de administrar el teléfono móvil que se utiliza para el trabajo”. Sin embargo,

De las publicaciones hechas durante el horario de trabajo del demandado, sólo las publicaciones número 499 y número 507 no constituyen un acto ilícito contra el demandante. Las publicaciones número 503 y número 504, que señalan un acto delictivo, fueron hechas durante las vacaciones del demandado, no durante la ejecución de sus deberes en la empresa demandada, y además, no fueron hechas desde el teléfono móvil proporcionado por la empresa demandada, sino desde el teléfono móvil de propiedad personal del demandado. Por lo tanto, no surge la responsabilidad del empleador para la empresa demandada.

Sentencia del Tribunal de Distrito de Tokio, 31 de enero de 2012 (Año 2012 del calendario gregoriano)

En resumen,

  1. Una publicación hecha durante el horario de trabajo no constituye un acto ilícito por sí sola.
  2. La publicación que señalaba un acto de voyeurismo fue hecha durante las vacaciones.
  3. La publicación fue hecha no desde el teléfono móvil proporcionado por la empresa demandada, sino desde el teléfono móvil de propiedad personal del demandado.

En estos casos, no se reconoce la responsabilidad del empleador, y se decide que no se incurre en responsabilidad por daños y perjuicios.

https://monolith.law/reputation/compensation-for-defamation-damages[ja]

Resumen

El usuario puede ser ampliamente responsable de las acciones de aquellos que utiliza. Para evitar ser cuestionado sobre la responsabilidad del usuario, es necesario que se esfuerce en prestar atención y supervisar regularmente para prevenir que aquellos que utiliza realicen acciones que puedan causar daño a terceros.

Managing Attorney: Toki Kawase

The Editor in Chief: Managing Attorney: Toki Kawase

An expert in IT-related legal affairs in Japan who established MONOLITH LAW OFFICE and serves as its managing attorney. Formerly an IT engineer, he has been involved in the management of IT companies. Served as legal counsel to more than 100 companies, ranging from top-tier organizations to seed-stage Startups.

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