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¿Se puede establecer difamación a través de DM en LINE, Twitter, correo electrónico, etc.? Posibilidad de solicitar la identificación del remitente

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¿Se puede establecer difamación a través de DM en LINE, Twitter, correo electrónico, etc.? Posibilidad de solicitar la identificación del remitente

Se podría pensar que el caso típico de difamación y daño a la reputación en Internet es “se ha realizado una publicación que infringe el derecho al honor (difamación) en un tablón de anuncios anónimo”. En relación con estas publicaciones, es posible solicitar su eliminación o la identificación de su autor.

Entonces, ¿es posible identificar al remitente si se recibe un mensaje malintencionado por correo electrónico (en adelante, e-mail), LINE, Twitter DM, etc., no en la web como en un tablón de anuncios anónimo, sino que se considera difamatorio?

Para empezar con la conclusión, en términos generales, esto es difícil. Hay dos razones principales para esto.

  • En primer lugar, el envío de ese e-mail (LINE, Twitter DM, etc.) no constituye en principio una “difamación”
  • Incluso si se considera difamatorio de manera excepcional, ¿existe el derecho de solicitar la divulgación del remitente de LINE o Twitter DM?

Además de estos problemas, explicaremos en qué casos es posible identificar al delincuente.

¿Es “ilegal” enviar correos electrónicos y similares?

Se requiere “publicidad” para la infracción del derecho al honor

Para que se produzca una infracción del derecho al honor (difamación), es necesario “exponer” los hechos “públicamente”.

Y aquí el problema es la “publicidad”. “Publicidad” significa “dirigido a un número indeterminado de personas”, y este “número indeterminado” es “indeterminado o numeroso”. Si se cumple al menos uno de los dos, “indeterminado” o “numeroso”, es suficiente. “Indeterminado” se refiere, por ejemplo, a los transeúntes en una zona comercial, mientras que los compañeros de clase en la misma clase son “específicos”. “Numeroso” no tiene una línea clara, pero se considera “numeroso” si son decenas de personas. Por lo tanto, “todos los compañeros de clase en la misma clase” son “específicos y numerosos”, y como cumplen con uno de los dos, “indeterminado o numeroso”, se considera “público”.

Sin embargo, en el caso de “enviar un correo electrónico (LINE, DM de Twitter, etc.) a alguien”, puede ser simplemente una exposición de hechos a un “número específico y pequeño” y puede no cumplir con la condición de “público”.

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¿Qué es la teoría de la propagación?

Sin embargo, hay una excepción a lo anterior. Incluso si solo se le dice a una persona, si esa persona tiene la posibilidad de “propagar” a un número indeterminado de personas, se puede considerar igual a la exposición a un número indeterminado de personas. Por ejemplo, imagine un caso en el que se le cuenta un rumor a un periodista. Se espera que el periodista lo convierta en un artículo, y si se convierte en un artículo de periódico, un número indeterminado de personas leerá ese “rumor”. No ser castigado por esto sería un problema. Para hacer frente a estos casos, se reconoce una “excepción” como la “teoría de la propagación” mencionada anteriormente.

Sin embargo, en la mayoría de los casos, las personas que reciben correos electrónicos, LINE o DM de Twitter no necesariamente se lo contarán a otras personas. La “teoría de la propagación” solo se aplica en casos excepcionales.

También puede haber una infracción de derechos distintos al derecho al honor

En casos que no sean el “derecho al honor”, se convierte en un debate específico de cada derecho, pero al menos en los casos en los que se debería afirmar el derecho al honor, surgen problemas como los mencionados anteriormente. Y desde un punto de vista práctico, el derecho que se afirma en la gestión de daños a la reputación en Internet es el derecho al honor en la mayoría de los casos. Si no se puede utilizar el derecho al honor, es difícil afirmar la infracción de derechos.

Aunque puede parecer contrario a la intuición, no siempre es fácil afirmar que un correo electrónico malintencionado es “ilegal”.

Límites del derecho a solicitar la divulgación de información del remitente

Además, incluso si se reconoce la infracción de los derechos al honor y otros derechos, existe otro problema.

La solicitud de divulgación de información del remitente por parte de un abogado, es decir, la solicitud de “divulgar información como la dirección IP y la dirección del individuo que ha difamado”, se basa en las disposiciones de la “Ley Japonesa de Limitación de Responsabilidad del Proveedor” (Provider Liability Limitation Law). Aunque puede ser un poco difícil de entender, el derecho a identificar al culpable cuando ocurre un daño a la reputación no es un “derecho que se reconoce naturalmente por leyes básicas como el Código Civil”. Es un derecho que fue “establecido” por primera vez por la Ley de Limitación de Responsabilidad del Proveedor.

Y el derecho a solicitar la divulgación de información del remitente bajo la Ley de Limitación de Responsabilidad del Proveedor es, en general, el siguiente:

“El ‘Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones Específicos’ debe divulgar la información que posee sobre el autor en caso de infracción de derechos”

El problema es el ‘Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones Específicos’. Esta es la forma legal de decir ‘Proveedor’ en el momento de la ‘Ley de Limitación de Responsabilidad del Proveedor’. Y estrictamente hablando, significa ‘aquel que media en la comunicación para un número indeterminado de personas’.

¿Es un servidor de correo un ‘Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones Específicos’?

En otras palabras, en el caso de un sitio web, un sitio está abierto al ‘público en general’, por lo que el administrador del servidor es ‘aquel que media en la comunicación para un número indeterminado de personas’ y se clasifica como un ‘Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones Específicos’. Sin embargo, en el caso del correo electrónico, es una comunicación ‘para una persona específica’. Por lo tanto, el servidor de correo es ‘aquel que media en la comunicación para un número limitado de personas’ y no se clasifica como un ‘Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones Específicos’.

Por lo tanto, incluso si se recibe un correo electrónico que podría ser difamatorio, no se puede solicitar al servidor de correo que revele la información del remitente.

Identificar al culpable en un caso civil es difícil

Este es un problema de los ‘límites del sistema legal actual’. A pesar de que se trata de una infracción de derechos y se está cometiendo un acto ilegal en términos civiles, no hay medios preparados para obligar a aquellos que conocen al culpable (como los administradores de servidores de correo) a revelar quién es el culpable. Aunque es posible que este problema se resuelva con futuras enmiendas a la ley, y aunque creo que es muy necesario, bajo la ley actual, este problema no se ha resuelto.

Es posible identificar al delincuente en casos penales

Por supuesto, lo anterior se refiere únicamente a nivel civil. Si la policía interviene en un caso penal, la situación es diferente. La policía puede solicitar la divulgación de información a los proveedores no en virtud del “derecho de solicitud de divulgación de información del emisor bajo la Ley de Limitación de Responsabilidad del Proveedor” (Ley Japonesa de Limitación de Responsabilidad del Proveedor), sino en virtud de su derecho de investigación en casos penales. Por lo tanto, independientemente de si el “servidor de correo” se clasifica como un “proveedor de servicios de telecomunicaciones específico” (Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones Específico Japonés), puede obtener la divulgación de información como direcciones IP.

Es necesario que el envío de correos electrónicos, etc., constituya un “delito”

Sin embargo, la policía no actuará a menos que sea un “caso penal”. Como se mencionó anteriormente, el envío de correos electrónicos no constituye “difamación” en principio. Y en la gestión de daños a la reputación en Internet, después del derecho al honor, la invasión de la privacidad es lo que más se alega, pero la invasión de la privacidad no es un delito. Esto se debe a que no existe un delito como “delito de invasión de la privacidad”.

Por lo tanto, al final,

  • Infracción del derecho al honor: en muchos casos, no se establece a menos que se envíe solo a una persona (o a un número limitado de personas)
  • Invasión de la privacidad: no es un delito en primer lugar

Por lo tanto, se debe considerar la comisión de otro “delito”, como la obstrucción de negocios o la intimidación.

Presentación de una denuncia o acusación a la policía

En casos en que se comete un delito, como la obstrucción de negocios o la intimidación, se puede

  • presentar una denuncia a la policía si es un delito de denuncia no obligatoria
  • presentar una acusación si es un delito de denuncia obligatoria

Si se hace esto, la policía llevará a cabo una investigación y, como se mencionó anteriormente, es probable que la policía pueda identificar al delincuente.

Sin embargo, aunque es una historia común, la policía no siempre investigará activamente, incluso si se denuncia un daño. Puede haber varias razones para esto, pero por ejemplo, puede ser que la víctima no pueda explicar bien a la policía qué tipo de incidente es y qué tipo de investigación llevará a la identificación del delincuente, y la policía puede no entenderlo debido a la falta de conocimientos técnicos. En tales casos, puede ser posible promover una investigación policial solicitando a un abogado experto en IT y presentando una denuncia o acusación con el abogado.

Resumen: Medios para identificar a los autores de correos electrónicos ilegales y similares

Por lo tanto, la comunicación y la identificación de los autores de correos electrónicos, LINE, DM de Twitter, etc., llenos de malicia e ilegalidad, se pueden resumir de la siguiente manera:

Contenido que puede ser considerado difamatorio si se dirige a un número indeterminado de personas

Como la “difamación (infracción del derecho al honor)” requiere ser “pública”, en principio, no es ilegal ni en términos civiles ni penales, y no se puede identificar al autor en ningún sentido.

Invasión de la privacidad, etc.

Es ilegal en términos civiles, y si se sabe quién es el autor, puede convertirse en un problema de reclamación de daños y perjuicios. Sin embargo, dado que se trata de una comunicación uno a uno, no hay forma de identificar al autor en términos civiles. Esto se debe principalmente a la insuficiencia del sistema legal.

La invasión de la privacidad no es un “delito”, por lo que no se puede esperar que la policía identifique al autor.

Obstrucción de negocios, amenazas, etc.

Es un delito, y si la policía investiga, existe la posibilidad de identificar al autor.

Es ilegal también en términos civiles, pero al igual que en el caso anterior, dado que se trata de una comunicación uno a uno, no hay forma de identificar al autor en términos civiles.

Es posible identificar al remitente a través de una consulta a la Asociación de Abogados

Sin embargo, como una excepción a la “conclusión” mencionada anteriormente, y como un “último recurso” a nivel civil, existe la opción de solicitar la identificación del delincuente, como la divulgación de la dirección IP, no a través del “derecho a solicitar la divulgación de la información del remitente”, sino a través de la llamada “consulta a la Asociación de Abogados (consulta del artículo 23)”.

La consulta a la Asociación de Abogados, lógicamente, se puede utilizar en casos en los que:

  • Si se conoce al delincuente, es posible reclamar una indemnización por daños y perjuicios, pero
  • No se sabe quién es el delincuente

Por lo tanto, por ejemplo, es posible utilizarlo en situaciones como:

  • Quiero reclamar una indemnización por daños y perjuicios porque he sido víctima de amenazas debido a un correo electrónico enviado, pero
  • No sé quién envió el correo electrónico en cuestión

Por supuesto, si el servidor de correo electrónico, etc., revelará la información en respuesta a esta consulta es otra cuestión.

Resumen

En principio, no se permite la difamación asociada con el envío de mensajes directos en LINE, Twitter o correo electrónico. Además, actualmente es difícil obtener la aprobación para revelar la información del remitente.

Sin embargo, si se trata de lugares donde es probable que un “número indeterminado” de personas lo vean, como en la sección de respuestas de Twitter o en una lista de correo, hay mucho margen para que se establezca la difamación.

Nuestro despacho posee un amplio conocimiento especializado en litigios por difamación en el campo de la IT. Además, la difamación en el sector de la IT a menudo se expande hasta el punto de que no se puede ignorar si se deja sin control. Es necesario tomar medidas tempranas. No dude en consultarnos si tiene algún problema.

Managing Attorney: Toki Kawase

The Editor in Chief: Managing Attorney: Toki Kawase

An expert in IT-related legal affairs in Japan who established MONOLITH LAW OFFICE and serves as its managing attorney. Formerly an IT engineer, he has been involved in the management of IT companies. Served as legal counsel to more than 100 companies, ranging from top-tier organizations to seed-stage Startups.

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