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Solicitar edición de video a un trabajador en la nube: Explicación de los 6 puntos clave en un contrato de subcontratación de servicios

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Solicitar edición de video a un trabajador en la nube: Explicación de los 6 puntos clave en un contrato de subcontratación de servicios

Con el creciente popularidad de sitios de compartir videos como YouTube, creo que hay personas que están considerando publicar sus propios videos.

Es posible publicar un video que ha grabado sin editar, pero al editarlo, puede crear un video de mejor calidad.

Sin embargo, la edición de video requiere conocimientos y habilidades especializadas, como el manejo de software de edición, y cada vez más personas están subcontratando la edición de video a trabajadores en la nube.

Por lo tanto, en este artículo, explicaremos los puntos a tener en cuenta en los contratos al solicitar la edición de video a trabajadores en la nube para aquellos que están considerando hacerlo.

Riesgos y problemas asociados con los contratos de edición de video

Cuando se solicita la edición de video a un trabajador en la nube, si no se establece un contrato sólido, pueden surgir varios riesgos y existe la posibilidad de verse envuelto en problemas.

En particular, en lo que respecta a la edición de video, debido a su naturaleza, pueden surgir problemas relacionados con los derechos de autor, por lo que es necesario verificar cuidadosamente incluso los detalles más pequeños.

Seis puntos clave en el contrato de subcontratación de edición de video

Revisando el contrato de subcontratación de un trabajador en la nube

Es común firmar un contrato de subcontratación cuando se solicita la edición de video a un trabajador en la nube.

En el contrato de subcontratación de edición de video, los siguientes seis puntos son clave:

  • Cláusulas relacionadas con la entrega y aprobación del trabajo
  • Cláusulas relacionadas con la re-subcontratación
  • Cláusulas relacionadas con la confidencialidad
  • Cláusulas relacionadas con los derechos de autor (obras derivadas)
  • Cláusulas relacionadas con la conservación del original
  • Cláusulas relacionadas con la indemnización por daños y perjuicios

A continuación, explicaremos los puntos a tener en cuenta y proporcionaremos ejemplos de cláusulas para cada uno de estos puntos.

Cláusulas sobre la entrega y aceptación (inspección, etc.)

Desde el punto de vista de quien solicita la edición de un video a un trabajador en la nube, no tiene sentido si el video no se entrega a tiempo para cuando se desea utilizar.

Por lo tanto, es necesario establecer cláusulas sobre la fecha de entrega.

Concretamente, se pueden considerar cláusulas como la siguiente:

Artículo ● (Entrega)
El contratista debe entregar el video en cuestión de la manera requerida por el cliente antes del día ● del mes ● del año ●.

Además, en la edición de video, existe la posibilidad de que se entregue un producto final que difiere de lo que el cliente desea.

Por lo tanto, las cláusulas sobre la inspección también son importantes.

Concretamente, se pueden considerar cláusulas como la siguiente:

Artículo ● (Inspección)
1. El cliente debe inspeccionar el video en cuestión dentro de los ● días posteriores a su recepción y aceptar aquellos que pasen la inspección del cliente. Si el video en cuestión no cumple con el contenido de este contrato (en adelante, “incumplimiento del contrato”), el cliente puede solicitar al contratista que complete el cumplimiento mediante la reedición del video. En este caso, el contratista debe completar el cumplimiento mediante la reedición del video sin cargo dentro del plazo acordado por separado.
2. La entrega del video en cuestión se completa en el momento en que el cliente realiza la inspección mencionada en el párrafo anterior y decide que es aceptable.

Cláusulas sobre la Subcontratación

En lo que respecta a los trabajos de edición de vídeo, se considera que en muchos casos se trata de un contrato de obra (Artículo 632 del Código Civil Japonés) dado que el objetivo es la finalización del trabajo de edición de vídeo.

Si es un contrato de obra, el principio es que se puede subcontratar libremente.

Sin embargo, como cliente, es posible que desee que un trabajador en la nube específico realice la edición de vídeo, y también es posible que desee subcontratar la edición de vídeo. Además, si se realiza una subcontratación, existe el riesgo de que aumente la posibilidad de fuga de información.

Por lo tanto, si el cliente no desea que el trabajador en la nube subcontrate, se puede considerar la posibilidad de establecer una cláusula que prohíba la subcontratación.

Concretamente, se podría considerar una cláusula como la siguiente.

Artículo ● (Prohibición de Subcontratación)
1. El contratista no debe subcontratar todo o parte del trabajo objeto de este contrato a un tercero sin el consentimiento previo por escrito del cliente.
2. Si el contratista subcontrata el trabajo objeto de este contrato con el consentimiento previo por escrito del cliente, el contratista debe supervisar y controlar que el subcontratista cumpla con todas las cláusulas de este contrato, imponer al subcontratista las mismas obligaciones que tiene el contratista en virtud de este contrato, y asumir toda la responsabilidad ante el cliente por todas las acciones realizadas por el subcontratista en la ejecución del trabajo.

Cláusula sobre la confidencialidad

Persona verificando la confidencialidad y los derechos de autor en la PC

Cuando un trabajador en la nube realiza la edición de un video, naturalmente, terminará viendo el contenido del video.

Dependiendo del contenido del video, puede haber información que se quiera mantener en secreto de terceros, por lo que en tales casos, se puede considerar establecer una cláusula sobre la confidencialidad.

Concretamente, se podría considerar una cláusula como la siguiente:

Artículo ● (Confidencialidad)
1. El contratista no debe divulgar ni filtrar a terceros ninguna información (en adelante, “información confidencial”) sobre los negocios, la tecnología u otros aspectos del trabajo del cliente que haya obtenido en relación con este trabajo, sin el consentimiento previo por escrito del cliente. Además, solo debe usarla para el desempeño de sus tareas y no para otros fines. El método de divulgación de la información confidencial no importa, ya sea por escrito, verbalmente, a través de medios electromagnéticos, etc.
2. A pesar de lo dispuesto en el párrafo anterior, la información que corresponda a cualquiera de los siguientes ítems no se considerará información confidencial en este contrato:
(1) Información que ya era de conocimiento público en el momento de la divulgación
(2) Información que ya estaba en posesión del receptor en el momento de la divulgación
(3) Información que se hizo pública después de la divulgación sin culpa del receptor
(4) Información obtenida de un tercero con autoridad legítima sin la obligación de mantenerla en secreto
(5) Información desarrollada independientemente sin utilizar la información divulgada por el cliente
3. A pesar de lo dispuesto en el párrafo 1, el contratista puede divulgar la información confidencial a terceros sin el consentimiento por escrito del cliente en cualquiera de los siguientes casos:
(1) Cuando se divulga la información confidencial a los empleados, abogados, contadores o asesores fiscales del cliente o de las empresas relacionadas con el cliente, en la medida necesaria para el desempeño de sus tareas. Sin embargo, esto solo se aplica si la persona que recibe la divulgación tiene al menos la misma obligación de confidencialidad que la establecida en este artículo, ya sea por ley o por contrato.
(2) Cuando se requiere o se solicita la divulgación de la información confidencial a un gobierno, autoridad competente, autoridad reguladora, tribunal o bolsa de valores de acuerdo con las disposiciones de las leyes y regulaciones (incluyendo las reglas de la bolsa de valores), y se divulga la información confidencial en la medida razonablemente necesaria. En tales casos, el contratista debe notificar al cliente el contenido de dicha divulgación con antelación (o lo más pronto posible después de la divulgación si es difícil hacerlo por ley o regulación).

Cláusula sobre Derechos de Autor (Obras Derivadas)

Cuando se solicita a un trabajador en la nube que edite un video, dependiendo del contenido de la edición, es posible que el video editado se convierta en una obra derivada.

Las obras derivadas se definen en el Artículo 2, Párrafo 1, Ítem 11 de la Ley de Derechos de Autor de Japón (Ley de Derechos de Autor Japonesa) como sigue:

(Definición)
Artículo 2 En esta ley, el significado de los términos enumerados en cada uno de los siguientes ítems se determinará de acuerdo con lo estipulado en cada ítem.

Once: Obras Derivadas se refiere a las obras creadas traduciendo, arreglando, modificando, adaptando, cinematografizando, u otras formas de adaptación de una obra.

Una obra derivada (el video editado) es una obra separada de la obra original (el video antes de la edición), por lo que los derechos de autor del video editado pertenecerán al trabajador en la nube que editó el video.

Esto podría limitar el uso del video por parte del cliente. Por lo tanto, se podría considerar estipular que los derechos de autor del video editado pertenecen al cliente.

Sin embargo, al estipular una cláusula sobre la transferencia de derechos de autor, es necesario tener cuidado con la relación con el Artículo 61, Párrafo 2 de la Ley de Derechos de Autor de Japón (Ley de Derechos de Autor Japonesa).

(Transferencia de Derechos de Autor)

2 En un contrato para transferir derechos de autor, si los derechos estipulados en los Artículos 27 o 28 no se especifican explícitamente como el objeto de la transferencia, se presume que estos derechos se reservan para la persona que transfirió.

En relación con el Artículo 61, Párrafo 2 de la Ley de Derechos de Autor de Japón (Ley de Derechos de Autor Japonesa), es necesario tener cuidado de especificar explícitamente la transferencia de los derechos estipulados en los Artículos 27 y 28, de lo contrario, no se transferirán.

Como cláusula sobre la transferencia de derechos de autor del video editado, se podría considerar, por ejemplo, la siguiente cláusula:

Artículo ● (Transferencia de Derechos de Autor)
El contratista transferirá al cliente todos los derechos de autor relacionados con el video en cuestión (incluyendo los derechos estipulados en los Artículos 27 y 28 de la Ley de Derechos de Autor de Japón (Ley de Derechos de Autor Japonesa)).

https://monolith.law/corporate/copyright-infringement-precedent[ja]

Cláusula sobre la conservación del original

Dependiendo del método de entrega del video después de la edición, se puede considerar la obligación de que el trabajador en la nube conserve el video editado durante un cierto período de tiempo.

Concretamente, se podría considerar una cláusula como la siguiente.

Artículo ● (Conservación del original)
El contratista deberá conservar el original del video en cuestión, en principio, durante ●● años después de la entrega del video. La conservación del original después de la expiración del período de conservación será decidida por el cliente y el contratista mediante una discusión separada.

Cláusula sobre indemnización por daños y perjuicios

En el caso de un contrato relacionado con la edición de videos, existe la posibilidad de que se produzca un incumplimiento de obligaciones, como el retraso en la entrega de videos por parte del trabajador en la nube o la filtración de información relacionada con los videos.

Se puede considerar establecer una cláusula sobre indemnización por daños y perjuicios, ya que se puede considerar que el incumplimiento de las obligaciones por parte del trabajador en la nube puede causar daños al cliente.

Concretamente, se podría considerar una cláusula como la siguiente.

Artículo ● (Responsabilidad por indemnización de daños)
El cliente o el contratista asumirá la responsabilidad de indemnizar los daños (incluyendo los costos de abogado, pero no limitado a estos) que cause al otro en relación con este contrato.

Resumen

Trabajador en la nube editando video

En este artículo, hemos explicado los puntos a tener en cuenta en los contratos al solicitar la edición de videos a trabajadores en la nube, dirigido a aquellos que están considerando hacerlo.

Al firmar un contrato con un trabajador en la nube, se pueden ver casos en los que no se crea un contrato o se concluye con un contrato simple. Sin embargo, para evitar problemas legales, es esencial firmar un contrato con contenido sólido. Por lo tanto, si está considerando solicitar la edición de videos a un trabajador en la nube, recomendamos que consulte con un abogado con conocimientos especializados.

Presentación de las medidas propuestas por nuestro despacho

El despacho de abogados Monolith es una firma legal con alta especialización en IT, especialmente en aspectos de Internet y derecho. Al utilizar trabajadores en la nube, es necesario crear contratos. En nuestro despacho, creamos y revisamos contratos para una variedad de casos, desde empresas cotizadas en la primera sección de la Bolsa de Tokio hasta empresas emergentes. Si tiene problemas con los contratos, consulte el siguiente artículo.

Managing Attorney: Toki Kawase

The Editor in Chief: Managing Attorney: Toki Kawase

An expert in IT-related legal affairs in Japan who established MONOLITH LAW OFFICE and serves as its managing attorney. Formerly an IT engineer, he has been involved in the management of IT companies. Served as legal counsel to more than 100 companies, ranging from top-tier organizations to seed-stage Startups.

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